Por los ingresos cobrados durante este año y según lo que surge de una reciente actualización del esquema del impuesto, están alcanzados por Ganancias los empleados con un sueldo neto mensual promedio de al menos $2.909.508, equivalente a una remuneración bruta de $3.505.431, si no se declaran deducciones por familiares ni por gastos (es el caso que comúnmente se conoce como el del trabajador “soltero”, aunque no necesariamente se dé esa condición).
Y, por ejemplo, para un empleado que deduce dos hijos menores de 18 años, el salario neto promedio a partir del cual se tributa es de $3.386.018, que equivale a un valor en bruto de $4.079.540. Con un hijo a cargo, los montos son, respectivamente, de $3.147.763 y $3.792.485.
Más allá de esas cifras y a causa de la forma en que se calcula el tributo, en los próximos meses puede haber descuentos en sueldos inferiores, a la vez que, ya durante 2027, habrá devoluciones de parte de lo retenido este año.
Los montos mencionados fueron estimados a partir del nuevo esquema para el cálculo del tributo de todo el año, publicado en su página por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Tal como LA NACION informó días atrás que ocurriría, todas las variables que definen quiénes y cuánto tributan fueron incrementadas en un 16,85%, un índice que replica la inflación que hubo, según el Indec, en la primera mitad del año. Esa actualización genera una suba del piso salarial para estar alcanzado por la carga fiscal, y también un alivio en los montos del impuesto.
En cuanto a las jubilaciones y pensiones, rige una regla particular. Sin familia a cargo ni gastos deducibles declarados, en julio el descuento alcanza a quienes tienen ingresos netos superiores a $3.295.914,64, cifra que resulta de multiplicar por ocho el haber mínimo del sistema general de la Anses, sin contar el bono. Para que se aplique ese valor como piso imponible, se deben cumplir ciertas condiciones; en caso contrario, las bases para tributar son iguales que para los asalariados.
Dos cuadros para el cálculo
Días después de conocerse el dato de inflación semestral, ARCA publicó dos cuadros de datos diferentes, vinculados con el cálculo de Ganancias.
Uno es el que se usará para estimar las retenciones (descuentos) de los salarios cobrados en lo que resta del año.
El otro contempla los valores para hacer la cuenta del impuesto por todo lo percibido durante 2026, y es el que se utilizará cuando se liquiden los sueldos de abril de 2027 (en el caso de los jubilados, los haberes de mayo o junio), porque para entonces está previsto que se haga la cuenta definitiva del tributo por el año actual.
Es decir: una cosa es determinar el valor de las retenciones mensuales y otra es calcular el impuesto por todo el año. El cuadro para estimar las retenciones en lo que resta del año tiene aplicada parte de la actualización basada en la inflación semestral, en tanto que el reajuste completo se toma en cuenta recién para cuando se haga la liquidación de las remuneraciones del cuarto mes del año próximo.
En ese entonces, se hará el cálculo definitivo del impuesto por todo 2026 y, a causa de cómo se realiza la actualización, surgirán montos a favor de las personas. Es lo que ocurrió ya con el tributo de 2024 y de 2025. Así, parte del efecto del reajuste por inflación se sentirá en los bolsillos cuando se cobren los sueldos de abril de 2027.
La actualización alcanza a las deducciones personales (importes del ingreso libres del impuesto) y a los valores incluidos en la tabla de alícuotas (el rango de ingresos en el que alguien se ubique determina la tasa de imposición). Además, se actualizaron los montos máximos deducibles por el alquiler de la vivienda, el salario del servicio doméstico y los gastos de educación de los hijos.
Sueldos de julio
Habrá, por otra parte, una devolución de montos más cercana en el tiempo. Será con el cobro de los salarios de este mes o, eventualmente, de agosto, dependiendo del empleador. Eso ocurrirá porque la reciente modificación del esquema de Ganancias tiene impacto en lo percibido a partir del primer día de julio. Y cuando las empresas liquidaron las remuneraciones que se cobraron en los primeros días de este mes, consideraron los valores entonces disponibles, es decir, los que todavía no tenían aplicado el reajuste por inflación.
Al considerarse próximamente el esquema actualizado para el cálculo de las retenciones, surgirán saldos a favor de los empleados, en compensación por lo descontado en los sueldos de junio.
En el primer semestre de este año, los descuentos se aplicaron a partir de salarios netos de $2.490.038 ($3.000.045, en bruto) en el caso de un empleado sin deducciones ni por familia a cargo, ni por gastos. Con el reajuste por inflación, ese piso se eleva, para el sueldo neto promedio de 2026 y tal como se consignó, a $2.909.609.
Sin embargo, en los próximos meses habrá retenciones en algunos salarios más bajos y, además, los montos descontados no serán los definitivos, sino que de un recálculo posterior surgirán devoluciones.
En agosto, por ejemplo, un empleado sin cargas de familia estará alcanzado por el impuesto si el promedio salarial de los meses transcurridos en el año supera un valor neto de alrededor de $2,6 millones, equivalente a un sueldo bruto de casi $3,13 millones.
En el caso de un asalariado que deduce cónyuge y dos hijos menores de 18 años, el tributo por los ingresos cobrados durante todo este año afectará -teniendo en cuenta los valores de la tabla para el cálculo que se hará en abril de 2027- a partir de un salario neto mensual en 2026 de $3.858.461 netos. Pero en agosto, por ejemplo y por lo ya explicado, habrá descuentos de retenciones a partir de un sueldo neto promedio mensual (entre enero y agosto) de $3,44 millones.
Los casos citados son ejemplos. La situación frente a Ganancias depende de los familiares declarados a cargo (cónyuge prácticamente sin ingresos propios, e hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo) y de los gastos deducibles que sean informados.
Además, hay que tener en cuenta que hay ingresos fuera del salario habitual que se suman al monto sujeto al impuesto, y también que, para calcular la carga fiscal, al importe del sueldo de cada mes el empleador le agrega una doceava parte, para que el descuento de Ganancias correspondiente al aguinaldo quede distribuido durante todo el año.
Jubilaciones
En el caso de las prestaciones previsionales, las condiciones a cumplir para que se aplique el piso de ingresos especial para tributar -este mes, de $3.295.914,64- son dos: que el jubilado o pensionado no reciba ingresos de fuente no previsional mayores a un monto que por todo 2026 será de $6.019.671,36, y que no esté alcanzado por el impuesto a los Bienes Personales. Por 2025, el valor de los activos al 31 de diciembre para pagar ese tributo al patrimonio es de $384.728.044,57.
Ese piso específico para jubilados se incrementa todos los meses por inflación, tal como ocurre con los haberes del sistema general de la Anses. Por eso, en agosto será de $3.358.207,43 y el promedio mensual por todo 2026 rondará los $3,23 millones, en términos netos.