En medio de un repunte sostenido del mercado de motos, cada vez más usuarios deciden comprar estos vehículos como alternativa para moverse por la ciudad. Entre enero y mayo de este año se patentaron 256.832 motos en la Argentina, lo que representa un crecimiento del 50,5% respecto del mismo período de 2024, según cifras de la Asociación de Concesionarios de la República Argentina (Acara).
Al mismo tiempo, muchos usuarios también apuestan por un modelo usado, que a diferencia de la compra de un vehículo nuevo —donde muchas veces los concesionarios gestionan la documentación—, el proceso de transferencia recae directamente en las partes involucradas y requiere atención tanto legal como económica.
Transferir una moto usada no es un paso clave para resguardar los derechos del comprador y liberar de responsabilidades al vendedor. Según la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA), el arancel principal varía según el origen de la moto: si fue fabricada en el país, la tarifa es del 1,5% sobre el valor oficial del vehículo; en cambio, si es importada, el porcentaje asciende al 2%. Ese valor de referencia puede consultarse en la web oficial de la DNRPA, que publica mensualmente una tabla con estimaciones actualizadas.
Por ejemplo, una Honda CB125F Twister modelo 2018 está tasada en $1.000.000, por lo que su costo de transferencia es aproximadamente de $15.000. A estos montos se le suman otros conceptos, como el Formulario 08, indispensable para efectuar el cambio de titularidad y el costo de certificación de firmas.
El trámite de transferencia puede realizarse por distintos motivos —compraventa, sucesión o donación—, y requiere la participación presencial o virtual de ambas partes o de sus representantes legales. Entre la documentación necesaria figuran los DNI del comprador y del vendedor (y de sus cónyuges si el bien es ganancial), el título de propiedad o la constancia de asignación y todas las cédulas asociadas al vehículo. Si la moto estuviera afectada a una prenda o contrato de leasing, deberá acreditarse la notificación al acreedor.
La gestión del Formulario 08 —que puede iniciarse online o completarse de forma presencial— debe realizarse dentro de los 30 días hábiles posteriores a la compraventa. Además, la modalidad electrónica permite avanzar en distintas etapas si las partes no están disponibles al mismo tiempo, mientras que en la versión papel ambas deben firmar ante el registro.
En la práctica, el comprador es quien asume la mayor parte de los costos y responsabilidades del trámite, incluyendo la inscripción del nuevo titular en el registro. El vendedor, por su parte, solo debe garantizar su presencia o firma en el momento indicado.
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