En la exAFIP -ahora la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)-, el Gobierno había comenzado una batalla por la libertad sindical. En la previa del 1° de mayo, había anunciado a todos sus trabajadores que podían elegir afiliarse o desafiliarse de los gremios con solo apretar un botón. La Justicia hoy ordenó eliminar esa opción.
Más precisamente, el Juzgado Nacional número 17 de 1ra instancia hizo lugar a un amparo en favor de uno de los gremios, la Asociación de Empleados Fiscales e Ingresos Públicos (Aefip), y resolvió -según fallo al que accedió LA NACION-, “hacer lugar a la medida cautelar articulada en el inicio y ordenar que la demandada suspenda para todos sus trabajadores el acceso digital a los sitios (o solapas, o funciones) de su Sistema de Administración de Recursos Humanos (Sarha) en los que se gestiona de modo automático la afiliación y la desafiliación gremial”.
El falló además desestima la excepción de incompetencia planteada por la demandada, según dice la resolución de la sentencia.
En el Gobierno dijeron a este medio que el falló “será apelado”. Hasta el momento, había generado 294 desafiliados y 24 afiliados.
El 30 de abril pasado, la cúpula de ARCA les había anunciado a los 19.270 trabajadores del organismo que había habilitado un botón en el legajo digital de cada uno para facilitar la desafiliación de los tres sindicatos que allí operan. En caso de que alguno de los empleados de la Agencia decidiera desafiliarse, el sistema le avisaría qué porcentaje de su salario volvería a su bolsillo en su próximo recibo mensual.
Los destinatarios de ese mensaje eran la Aefip y el Sindicato Único del Personal Aduanero de la República Argentina (Supara), principalmente, aunque en ARCA también opera la Unión del Personal Superior de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Upsafip).
No era un tema menor. Una fuente oficial contó que ARCA provee ese mismo sistema administrativo interno -el Sarha- a todo el Gobierno. Algunos veían este intento como un principio de avanzada.
“La entidad gremial es la que tiene la facultad -y, por tanto, el derecho- de afiliar o de desafiliar a los trabajadores que pueda agrupar (…) y el Estado empleador no puede arrogarse su ejercicio”, dicen los considerandos del fallo. “Debo señalar, además, que incluso pasando por alto la fuerte protección legal que se encuentra aquí en juego (tanto por las normas internacionales involucradas como por la propia ley 23551), carecería de toda razonabilidad que el empleador asumiera para sí, y por su unilateral decisión, el acto formal de la inscripción (y eventualmente la renuncia o la desafiliación) del trabajador a cualquier entidad civil, gremio, asociación, cooperativa o club (menciono estos entes sólo a modo de ejemplo)”, estimó la Justicia en su fallo.
“La parte actora [el gremio] argumenta que la demandada ‘ha diseñado y puesto en práctica un sistema que recibe, gestiona y resuelve, pedidos de afiliación o desafiliación sindical de sus dependientes, sustituyendo en tales funciones al sindicato, interfiriendo de ese modo en un vínculo estatutario e intrasindical que le es ajeno y del cual se encuentra marginado por imperio constitucional y legal’ y le asiste razón”, señaló el fallo.
“El sistema que la demandada ha diseñado no tiende tan solo a facilitar al trabajador la comunicación de descuentos que pretende o no pretende hacer o aceptar, sino antes bien a sustituir a la aquí actora en una competencia propia de esta última”, estimó y cerró: “Como adelanté, entiendo que existen elementos suficientes para disponer de modo cautelar que la demandada suspenda para todos sus trabajadores el acceso digital a los sitios (o solapas, o funciones) de su Sistema de Administración de Recursos Humanos en los que se gestiona la afiliación y la desafiliación gremial”. Aclara que no define el fondo de la cuestión.
“Nuevo acceso en Sarha [el sistema administrativo interno] para gestionar tu afiliación gremial”, se tituló el mensaje enviado entonces por la cúpula de ARCA a todos los trabajadores del organismo.
“En el marco de las medidas comunicadas el pasado viernes y con el objetivo de facilitar el ejercicio de tu derecho de asociación sindical en absoluta libertad, habilitamos un nuevo acceso en Sarha, opción ‘Mi Legajo’, para que puedas notificar de manera ágil el alta o baja de afiliación a una entidad gremial, según tu decisión”, indicaron.
“Esta herramienta tiene como objetivo agilizar y simplificar el proceso, brindándote una opción más rápida, directa, sin trámites ni demoras innecesarias, con notificación simultánea al sindicato. Además, el sistema te informará -en caso de afiliación- qué porcentaje de tu salario se derivará al sindicato y, en caso de desafiliación, qué porcentaje recuperarás en tu próximo recibo mensual”, explicaron las autoridades.
“Ponemos a disposición este canal claro, seguro y transparente que te permite ejercer libremente tu elección particular. El acceso estará disponible durante la tarde del miércoles 30 de abril ingresando a Sarha > Mi Legajo >”, informaron entonces las autoridades.
El gremio Aefip, conducido por Pablo Flores, celebró la decisión de la Justicia en un comunicado. “Como dimos a conocer el 12 de mayo del corriente, hemos presentado una acción judicial en contra de la grave injerencia de las autoridades del organismo, quienes diseñaron y aplicaron en forma unilateral un mecanismo para la afiliación y desafiliación de los trabajadores reemplazando a nuestra, siendo ésta la única y legítima entidad habilitada por el marco normativo vigente para gestionar altas y bajas en la afiliación”, dijo el texto.
“Una vez más se demuestra que estas mediocres y repudiables políticas tendientes a promover la desafiliación y socavar la unidad, fueron, son y serán desestimadas por el conjunto de las y los trabajadores”, dijeron en el comunicado titular “la Justicia garantiza la libertad sindical”.