El Gobierno recortó el beneficio de Zona Fría a quienes tienen más de un medidor a su nombre

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El Gobierno dispuso una quita parcial de subsidios para usuarios residenciales del régimen de Zona Fría que cuenten con más de un medidor de gas registrado a su nombre. A través de la resolución 219/2025, publicada este lunes en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía ordenó que esos usuarios dejen de recibir el descuento del 50% en la tarifa plena y pasen a pagar el 70%, salvo que acrediten una situación de vulnerabilidad mediante el canal habilitado por la Anses.

Según consta en los considerandos de la normativa, la decisión se basa en una evaluación técnica que detectó 137.975 CUIT o CUIL con subsidios aplicados de forma simultánea a más de un medidor, lo que sugiere la posesión o uso de múltiples inmuebles y, por ende, una condición patrimonial incompatible con el nivel más alto de subsidio. La medida ya está vigente y apunta a limitar el alcance de los descuentos automáticos previstos por la ley 27.637, que rige para los usuarios de gas natural en zonas de bajas temperaturas.

Hasta ahora, los usuarios dentro del régimen de Zona Fría Ampliada que cobran menos de cuatro salarios mínimos y contaban con más de un medidor o suministro a su nombre, podían acceder al beneficio del 50% de descuento en todos ellos. Eso cambia para los 137.842 usuarios detectados en esa situación: a partir de esta resolución, podrán acceder al subsidio del 50% en solo uno de sus suministros. En los restantes, se aplicará la bonificación general del 30%, prevista por ley.

En la normativa publicada en el Boletín Oficial también se aclara que los usuarios podrán presentar evidencia de su situación social a través del “Modelo de Gestión Unificada – Ventanilla Única Social” de la Anses, que evaluará caso por caso para determinar si corresponde restituir el beneficio del 50%.

“Quienes consideren que tienen motivos fundados para acceder al beneficio completo podrán presentar su solicitud de revisión a través de la web de Anses”, dice el comunicado de la Secretaría de Energía.

La resolución también advierte sobre la superposición de beneficios, ya que un mismo usuario puede recibir simultáneamente el descuento por Zona Fría, los subsidios establecidos por la segmentación tarifaria vigente y la Tarifa Social Federal de gas. Esta acumulación, según el texto oficial, complica la transparencia de las facturas y genera un uso ineficiente de los recursos destinados al sistema de subsidios.

La ley de Zona Fría Ampliada es una extensión del Régimen de Zona Fría, creado en 2002 para asistir a provincias con climas extremos, como las del sur argentino, donde el consumo de gas es vital y elevado. Sin embargo, en 2021, a través de una ley sancionada en el Congreso, el gobierno anterior impulsó la extensión del régimen, al incorporar zonas consideradas cálidas y templadas cálidas, como Rosario, Córdoba, San Luis y gran parte del territorio bonaerense.

El resultado fue un esquema mal focalizado, regresivo y deficitario, que terminó beneficiando a quienes no lo necesitaban. Esta decisión forma parte del proceso de ordenamiento y racionalización de subsidios que el Gobierno Nacional impulsa desde diciembre de 2023. El compromiso es claro: eliminar privilegios, corregir distorsiones y administrar con responsabilidad los recursos del Estado”, dijo la Secretaría de Energía.

“Esta modificación responde a una realidad evidente: los subsidios a la Zona Fría Ampliada son financiados por las tarifas que pagan todos los usuarios del país. Por ejemplo, una persona que vive en Chaco, que es una zona cálida, cubre con el pago de su tarifa el subsidio a zonas consideradas, por Ley, como ‘frías’ a Córdoba o Santa Fe. Esto, además de injusto, resulta deficitario para las arcas públicas”, agregó.

En la resolución se indica que la decisión se inscribe en el marco del “Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados” establecido por el Decreto 465/2024, que se extiende hasta el 31 de mayo de este año, prorrogado por la Secretaría de Energía mediante la Resolución 384/2024. Dentro de ese esquema, se habilitó a las autoridades a revisar los padrones y redefinir criterios de elegibilidad para asegurar que los subsidios lleguen a quienes más los necesitan.

El Gobierno había declarado en diciembre la emergencia del sector energético hasta fines de 2024, luego prorrogada hasta el 9 de julio de 2025. Además, en paralelo, rige la emergencia pública en múltiples áreas, incluida la tarifaria, hasta diciembre de 2025, lo que habilita a la Secretaría de Energía a reestructurar el sistema de subsidios por vía administrativa.