Embargan las cuentas de Flybondi por una deuda con ARCA de más de $1500 millones

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Después de que trascendiera que Flybondi dejó de pagar la obra social de sus empleados y en medio de versiones que indican que podría presentar un concurso preventivo, la primera low cost argentina sufrió otro embate, ya que la Justicia dispuso la ejecución fiscal de sus cuentas por una deuda con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) que asciende a $1525 millones.

ARCA inició esta semana al menos seis ejecuciones fiscales contra Flybondi por deudas tributarias correspondientes a distintos períodos comprendidos entre marzo y junio de 2026. Las causas tramitan ante los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias de la Ciudad de Buenos Aires.

De acuerdo con la documentación judicial relevada, en cinco de los seis expedientes el capital reclamado suma aproximadamente $1525 millones. El monto total podría ser mayor, dado que todavía no se cuenta con el detalle de la deuda correspondiente al sexto expediente identificado.

Las demandas fueron presentadas el 11 de agosto de 2026 y, al día siguiente, los tribunales intervinientes ordenaron embargos generales sobre los fondos bancarios de la compañía. Si se contempla el 15% adicional fijado judicialmente para cubrir intereses y costas, el embargo alcanza aproximadamente los $1754 millones.

Los reclamos incluyen obligaciones vinculadas principalmente con el impuesto a las ganancias, retenciones y percepciones de IVA y otros regímenes tributarios. Una parte significativa corresponde a sumas respecto de las cuales la empresa habría actuado como agente de retención o percepción: es decir, fondos que debe recaudar de terceros para luego ingresarlos al Fisco.

Las líneas aéreas deben actuar como agentes de recaudación en determinadas operaciones. Entre esas obligaciones se encuentra el ingreso del IVA correspondiente a los servicios que prestan y, en determinados casos, la retención del Impuesto a las Ganancias sobre pagos realizados a proveedores. En estos últimos casos, la compañía descuenta del pago al proveedor el importe que corresponde retener y luego debe ingresarlo a ARCA.

El Régimen Penal Tributario contempla el delito de apropiación indebida de tributos para el agente de retención o percepción que no deposite el dinero retenido o percibido dentro del plazo establecido. Actualmente, la norma establece una pena de dos a seis años de prisión cuando el monto no ingresado supera los $10 millones por cada mes y transcurren 30 días corridos desde el vencimiento del plazo de ingreso.

La norma no establece una responsabilidad penal automática para la empresa por el solo hecho de que exista una deuda tributaria. Cuando el hecho fue cometido en nombre, con la ayuda o en beneficio de una persona jurídica, la responsabilidad penal recae sobre las personas físicas que hayan intervenido en la conducta. Entre ellas pueden encontrarse directores, gerentes, síndicos, administradores, mandatarios, representantes o autorizados que hubieran intervenido en el hecho.

El escenario de mayor exposición penal sería aquel en el que se acreditara que la compañía retuvo o percibió fondos destinados al Fisco y, deliberadamente, decidió no ingresarlos, por ejemplo, para destinarlos a otros pagos u obligaciones. En cambio, una situación de dificultades financieras o de falta de liquidez no equivale por sí misma a la comisión del delito y deberá analizarse en función de las circunstancias concretas de cada obligación y de la conducta de las personas responsables.

En los últimos días se conoció que la empresa del exagente de inteligencia y empresario Leonardo Scatturice ya acumula sueldos adeudados de junio, julio y el medio aguinaldo para el personal que todavía sigue en relación de dependencia. Además, más de 700 exempleados llevan más de tres meses sin cobrar las indemnizaciones por despidos sin causa y los acuerdos de retiro voluntario que la propia compañía firmó y homologó.

Por otro lado, el jueves 6 de agosto, la falta de pago de aportes patronales dejó a empleados activos y exempleados sin cobertura de medicina prepaga ni obra social, interrumpiendo tratamientos y controles médicos. Desde ese día Flybondi no vuela, pero sigue vendiendo pasajes.

Esta conducta de default casi total es prácticamente una certeza de que la compañía tomaría la decisión de presentar un concurso preventivo en pocos días. Tal como publicó LA NACION, el remedio judicial es una manera de congelar la deuda a la fecha de inicio para abrir un proceso de renegociación y quita. Y desde ese mojón, regularizar la situación. De hecho, en la Justicia Comercial ya se acumulan varios pedidos de quiebra que por ahora no avanzaron, pero que podrían terminar por declarar fallida a la compañía.

Fuentes cercanas a la línea aérea y al empresario confirmaron a este diario que analizan alternativas para continuar con la vida comercial de Flybondi pero que aún no está decidido el camino.