El Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Secretaría de Gobierno, Justicia y DDHH, detalla los pasos y requisitos necesarios para formalizar el cese de una unión convivencial previamente inscrita. Este trámite es fundamental para finalizar formalmente los efectos legales del proyecto de vida en común y mantener la seguridad jurídica de ambas partes.
Formas de gestionar el cese
Desde el organismo explicaron que existen diversas vías para realizar este procedimiento en San Juan, según la situación de los convivientes:
- Mutuo acuerdo: ambos integrantes de la pareja se presentan de manera conjunta ante el Registro Civil para manifestar la interrupción de la convivencia. Esta es la vía más ágil y directa.
- Unilateral: si solo una de las partes desea registrar el cese, debe haber notificado previamente a la otra persona mediante carta documento. En este caso, el solicitante debe presentar el acuse de recibo correspondiente.
- Por matrimonio de los convivientes: en caso de que la pareja decida contraer enlace, se debe presentar la partida de matrimonio para formalizar el cese de la unión previa.
- Por fallecimiento: si uno de los convivientes fallece, el sobreviviente debe presentar la partida de defunción para acreditar el cese.
- Por matrimonio con un tercero: cuando uno de los convivientes celebra matrimonio con otra persona, la unión convivencial previa queda sin efecto. Si bien el oficial público solicita acreditar el estado civil antes del enlace, el cese queda registrado mediante anotación marginal.
Requisitos para el trámite
Los interesados deben concurrir a la Sede Central del Registro Civil (Santa Fe 54 Oeste, Capital) o a la delegación departamental donde se efectuó la inscripción original, con la siguiente documentación:
- DNI original de las partes.
- Copia del acta de unión convivencial (la certificación entregada al momento de la inscripción).
- Nota de solicitud dirigida a la dirección del Registro Civil, detallando los datos de ambos integrantes y los datos del acta (tomo, folio y año).
- Firma ante oficial público: el acto debe ser ratificado de manera presencial.
- Documentación adicional según el caso: acta de matrimonio, partida de defunción o original de carta documento y acuse de recibo de notificación para trámites unilaterales.
Efectos y nueva registración
El registro del cese deja sin efecto la protección legal que otorga la unión convivencial, permitiendo a las personas acreditar su nueva situación de hecho ante organismos públicos, privados o de seguridad social.
Es importante destacar que, una vez registrado el cese mediante anotación marginal, las personas recuperan la libertad para iniciar una nueva convivencia. No obstante, para poder registrar una nueva unión convivencial con otra persona, el Código Civil establece que se requiere acreditar una antigüedad mínima de convivencia de dos años.