Cambian los recibos de sueldo: cuáles serán las novedades desde este mes

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Los recibos de sueldo correspondientes a marzo podrían presentar cambios para algunos trabajadores. A partir de las modificaciones introducidas por la reforma laboral, las empresas deberán comenzar a detallar las contribuciones patronales, incorporando conceptos que hasta ahora no figuraban de manera explícita.

De este modo, los comprobantes deberán incluir ítems como SIPA (12,35%), INSSJyP (1,58%), Asignaciones Familiares (5,40%), Fondo Nacional de Empleo (1,07%), obra social (5,10%), ANSSAL (0,90%) y ART, entre otros.

Sin embargo, no todas las firmas aplicarían estos cambios de inmediato. Algunas optaron por esperar la reglamentación que el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado anunció en los últimos días. Desde la Secretaría de Trabajo, en tanto, adelantaron que no habrá sanciones para quienes aún no hayan adecuado sus sistemas.

“La reforma del artículo 140 entró en vigencia junto con la Ley 27.802, el 6 de marzo de este año. No obstante, surgieron múltiples dudas que, entiendo, motivaron el anuncio de una reglamentación por parte del ministro Federico Sturzenegger”, explicó Gabriela Mera, vicepresidenta de la Subcomisión de Seguridad Social y Rentas del Trabajo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la ciudad de Buenos Aires.

Según detalló, el nuevo esquema apunta a transformar el recibo en una suerte de “hoja de costos” que refleje la carga tributaria a cargo del empleador.

De acuerdo con lo anticipado por el ministro, la reglamentación no solo establecerá modelos oficiales de recibos, sino que también introducirá un cambio en la forma de presentar la información salarial.

El diseño dejará de construirse desde la remuneración bruta hacia el salario neto, como ocurre en la actualidad, y pasará a organizarse a partir del costo laboral total, incorporando todos los componentes de la relación laboral. En ese esquema, se parte del costo laboral total; de allí se descuentan las contribuciones patronales para obtener la remuneración bruta y, luego, tras deducir los aportes personales, se llega al salario neto a cobrar.

La reglamentación también definirá los campos obligatorios, la estructura del documento y los formatos oficiales, aspectos que aún no están normados y resultan clave para su implementación en los sistemas de liquidación.

Según Marcos Felice, editor del Blog del Contador, algunas empresas ya realizaron adaptaciones parciales en sus sistemas de sueldos, mientras que otras decidieron postergar los cambios hasta contar con definiciones oficiales.

En cuanto a la implementación, persisten dudas sobre el nivel de detalle con el que deberán informarse las contribuciones, ya sea en un único ítem o desagregadas por cada subsistema. Una situación similar se presenta con los aportes sindicales.

Otro punto en discusión es la utilización del término “abonadas” en la norma, dado que las contribuciones se ingresan al mes siguiente. Desde el punto de vista técnico, especialistas consideran que hubiera sido más adecuado referirse a montos “devengados”.

Fuentes del Gobierno señalaron que los recibos correspondientes a marzo podrían no reflejar en su totalidad los nuevos requisitos previstos por la ley, sin que ello implique sanciones para las empresas.