Obligada por la Justicia, la Andis restituye pensiones que había suspendido: cuántas y de qué lugar

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Tras recibir una orden judicial, la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) emitió una resolución que deja sin efecto las suspensiones de alrededor de 16.000 pensiones por invalidez laboral en la provincia de Formosa, que habían sido dispuestas en los últimos meses. Para esos casos, se abrirá ahora un plazo de 90 días, en los que deberá completarse una evaluación que determine si corresponden o no las prestaciones.

La medida administrativa llegó un mes después de una resolución dictada por el Juzgado Federal N° 2 de Formosa, a cargo de la jueza María Belén López Macé. Esa sentencia, que dio lugar a la medida cautelar solicitada por los damnificados, fue dictada el 19 de agosto y confirmada en segunda instancia a principios de septiembre por la Cámara Federal de Resistencia (que tiene competencia sobre la provincia vecina).

Concretamente, en la causa caratulada como “Defensoría del Pueblo de la provincia de Formosa y otros c/ Estado Nacional Agencia Nacional de Discapacidad s/ medida cautelar”, se le ordenó al Gobierno dejar sin efecto “en el plazo de 24 horas” la medida de “retención y/o suspensión de las pensiones no contributivas por incapacidad laboral dispuestas en todo el territorio de la provincia de Formosa, liberando los fondos depositados en las entidades bancarias que se encuentran retenidos en las cuentas de los beneficiarios”.

La novedad de las últimas horas es que la dependencia oficial, hoy a cargo del interventor Alejandro Vilches, envió al juzgado una notificación, con copia de la resolución que dispone lo ordenado por la medida cautelar. La medida administrativa consta en el expediente de la causa, publicado en la página oficial del Poder Judicial, y fue firmada por Vilches el jueves 18 de este mes.

La resolución le encomienda a la Dirección de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación la tarea de informar a las personas sobre la restitución de los beneficios que, según la orden judicial, se seguirán percibiendo en principio por tres meses. En ese lapso, deberán hacerse los trámites requeridos y regularizar la situación (es decir, cumplir con los controles dispuestos, para que se verifique si corresponde el cobro de cada prestación). Además, se resolvió comunicar la decisión a la Anses, para la reactivación de los pagos.

Alejandro Vilches, interventor de la Agencia Nacional de DiscapacidadSantiago oroz

La nota remitida a la Justicia por la agencia estatal pide que, al cumplirse lo sentenciado, se revoquen las astreintes (multas) que, por $100.000 diarios, habían sido establecidas por la mora. Además de esa sanción, se había elevado una denuncia contra Vilches.

Se adjuntó, además, un anexo con 660 páginas, en las que constan datos de las personas con pensiones suspendidas. El recurso judicial había sido interpuesto por la Defensoría del Pueblo de Formosa y un grupo de pensionados.

Con causas colectivas e individuales que se tramitan en diferentes otras jurisdicciones, las decisiones judiciales que se empiezan a conocer interfieren en los planes del Gobierno, que prevé reducir el número de prestaciones, tras un proceso de auditorías para detectar irregularidades, muy cuestionado por sus formas.

Según el proyecto de Presupuesto 2026, la intención de las autoridades nacionales es que durante ese año se reduzca de 1.133.549 a 977.943 el número de prestaciones.

Las pensiones no contributivas por invalidez equivalen al 70% del haber mínimo del sistema previsional de la Anses. Este mes el importe es de $224.194, al que se suma el bono de $70.000 para totalizar $294.194.

Las pensiones no contributivas por invalidez laboral son este mes de $294.194, incluyendo el bono de $70.000G. Soler Tomasella – Shutterstock

En el escrito con el cual habilitó la medida cautelar a favor de la reanudación de los pagos, la jueza López Macé señaló que hubo “irregularidades” en la manera en que se hicieron las auditorías.

Describió que quienes no asistieron a las revisiones, “ya fuera por no haber recibido la citación o por la imposibilidad material de concurrir en la fecha y hora asignadas”, hicieron reiteradamente consultas sobre “la eventual apertura de un segundo llamado” para presentar la documentación requerida. Esa segunda oportunidad, según la jueza, no fue otorgada.

Según la sentencia, a partir de julio comenzaron a suspenderse los pagos, y los afectados se enteraban “únicamente al intentar percibir el haber y constatar la inexistencia de fondos en sus cuentas, viéndose súbitamente privados de su sustento económico diario”. También se indica que muchos fueron anoticiados de que debían ir a una sucursal del Correo Argentino a retirar una carta documento, que estaba escrita con “un lenguaje técnico jurídico inaccesible”, algo que hace difícil el derecho la defensa.

Para justificar la decisión de ordenar la restitución provisoria de los beneficios, la Justicia de Formosa evaluó que, dada la situación descripta, se les puso a personas en situación de vulnerabilidad “una carga desproporcionada para acceder a la información esencial vinculada con la continuidad de su sustento económico”.

El articulado de la resolución de la Andis que restituye el pago de pensiones en Formosa

La decisión de primera instancia había sido apelada por la Andis, que justo por aquellos días de agosto estaba en el medio de la tormenta, por la difusión de los audios en los que el extitular de la Agencia, Diego Spagnuolo, hablaba de supuestas coimas a funcionarios del Gobierno en los procesos de compra de medicamentos. De hecho, Spagnuolo dejó el cargo del 20 de agosto.

Pero el recurso oficial no tuvo respuesta favorable: la Cámara Federal de Resistencia ratificó el fallo. La sentencia en este caso evalúa que en el reclamo hay “una cuestión especial de salud involucrada”.

“El cobro del beneficio previsional suspendido constituiría para los actores su medio de subsistencia destinado a alimentación, compra de medicamentos y demás gastos generales que hacen a una ‘vida digna’, la cual se va actualmente menoscabada” ante la imposibilidad de acceder a los fondos, concluyen las juezas.

Además del caso de Formosa, en Catamarca hubo días atrás un fallo de primera instancia que ordena una restitución de las prestaciones suspendidas para quienes viven en esa provincia.

En la causa “Defensor del Pueblo y otros c. Andis s/ Amparo Ley 16.986 c/ Cautelar”, el Juzgado Federal N°2 de la provincia, a cargo de Guillermo Díaz Martínez, le indicó una semana atrás a la Andis que en 24 horas debía restablecer “la totalidad de las pensiones” y pagar “el importe de los haberes de pensión retenidos a la fecha”, a la vez que le ordena abstenerse de continuar con las auditorías hasta que haya sentencia definitiva.

Según el exjuez previsional y expresidente de la Cámara Federal de la Seguridad Social, Luis Herrero, ese fallo sigue los lineamientos de la sentencia emitida por la Sala 2 de la mencionada cámara -que él integró-, en la demanda hecha en su momento por la Red Argentina por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI). Ese fallo, de 2019, suspendió vía una medida cautelar una decisión de la entonces ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, de anular pensiones por invalidez.

En aquella sentencia, cuyo expediente espera resolución final en la Corte Suprema desde 2020, se había enfatizado que los controles deben ser “individuales y con respeto del derecho de defensa de los beneficiarios”, según recordó Herrero.

En la causa REDI se declaró la inconstitucionalidad de una resolución de 2018, por las cargas que les imponían a los titulares de pensiones no contributivas por invalidez, respecto de las gestiones a realizar para no perder los beneficios. Además, el citado fallo declaró inconstitucionales algunas disposiciones del decreto 432 de 1997, referidas a condiciones para los cobros. Como la Corte aún no se pronunció, sostiene Herrero, la Andis “no puede suspender ni quitar prestaciones” sobre la base de esa norma.

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