Sturzenegger fustigó a Biogénesis Bagó tras un fallo favorable al Gobierno

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, que hace tiempo puso en el centro de sus críticas a la empresa Biogénesis Bagó, por considerar que supuestamente el costo de su vacuna contra la aftosa es muy superior al registrado en países vecinos, celebró en su cuenta de X que la Justicia le haya rechazado una medida cautelar donde objetaba resoluciones del Senasa. Sturzenegger consideró que la empresa recurrió a la Justicia, como otras, como “último bastión” presuntamente para no “perder sus privilegios” y que su planteo era un “chiste”. El ministro dijo que el mercado de esa vacuna está “dominado” por Biogénesis Bagó. En rigor, si bien es la más importante, no es la única, ya que también produce y vende CDV.

Durante la gestión del expresidente del Senasa Pablo Cortese, entre otras medidas el organismo flexibilizó la normativa para que se pudieran importar productos veterinarios, como vacunas contra la aftosa, con un mecanismo de “equivalencia”. Se estableció que, si los productos veterinarios estaban autorizados y registrados en un grupo de importantes mercados, como Estados Unidos, Canadá, Alemania, Francia, España, Italia, Países Bajos, se aplicaba la “equivalencia” para acelerar los tiempos del ingreso a la Argentina. También se sumó Uruguay y, como en la normativa se había omitido la inclusión de Brasil, país que, si bien ahora no vacuna contra la aftosa, tiene un laboratorio que iba a proveer al grupo argentino Tecnovax, se terminó incorporando a esta nación bajo el paraguas Mercosur. Después de rechazos del Senasa a una prueba, Tecnovax está otra vez haciendo los trámites para la habilitación de su producto desde Brasil.

En su planteo ante el juez federal Enrique Lavié Pico, Biogénesis Bagó solicitó la suspensión de la vigencia y efectos de las resoluciones del Senasa 333/25, 338/25 y 525/25; esta última estableció en concreto los requisitos de ingresos para los países fundadores del Mercosur, como el caso de Brasil.

Entre otros argumentos, según el escrito del juez que rechazó la cautelar de Biogénesis Bagó, la empresa señalaba ante su oficina que “las resoluciones impugnadas son nulas de nulidad absoluta, en tanto generan un riesgo y perjuicio para la sanidad animal y la salud pública y para sus derechos y garantías constitucionales, en particular, el de igualdad, propiedad, el de ejercer industria lícita y competir en el mercado sin distorsiones. Además, aclara que fueron dictadas en un procedimiento, en el cual corroboró varias irregularidades”.

Respecto de esto último, la firma, según se lee en el escrito del magistrado, las resoluciones “están viciadas en su causa, toda vez que derogan las leyes 13.636 y 27.233, de orden público y de interés nacional y establecen el marco regulatorio para el cuidado de la sanidad animal, vulnerando el principio de jerarquía dentro del sistema normativo”. Agrega que “estos vicios también se verifican en que no existe equivalencia regulatoria entre la Argentina y los socios del Mercosur, cuestión que aumenta el riesgo sanitario”. El juez señala que la empresa dice que se otorga “el mismo tratamiento regulatorio (…) a un champú para perros y a la vacuna anti-aftosa”.

‎El Senasa fija las políticas sanitarias

Entre otros puntos, la firma alegó que el establecido procedimiento de autorización por equivalencia no requiere que los productos veterinarios sean elaborados en los países de un anexo sino solo comercializados en dichos países. “Aclara que la diferencia es sustancial porque implica el producto puede ser elaborado en cualquier país del mundo y, por ende, no estar sujeto a las habilitaciones de las autoridades sanitarias de los países del Anexo y a sus normas de Buenas Prácticas de Manufactura, o contar con meros certificados de exportación de su lugar de origen”, se lee en el escrito del juez.

No obstante, tras mencionar las funciones del Senasa otorgadas por ley, en su fallo el magistrado dijo que “la demandante no probó, en este incidente preliminar, el recaudo de verosimilitud del derecho invocado ni la supuesta ilegitimidad de las resoluciones Senasa 333/25, 338/25 y 525/25, con el rigor que se necesita para adelantar una solución favorable, respecto de la materia sometida a consideración”.

El Senasa flexibilizó la importación de diversos productos veterinarios

El juez le reconoce competencias al Senasa para dictar las normas. “En efecto, es dable señalar que, no obstante el contenido de las resoluciones que impugna, de la plataforma normativa citada, se advierte, en principio, que el Senasa es competente para dictar toda la normativa relativa a autorizaciones de productos veterinarios por equivalencia y los procedimientos o requisitos que deben ser cumplidos a los fines de obtener esas autorizaciones”. Indica que la firma, al hablar de daño, “no individualiza los productos que pudieran provocarlo…”

Tras el fallo, Sturzenegger indicó: “Como he ido comentando en varias ocasiones, la Argentina tiene un problema serio de competencia en la provisión de la vacuna aftosa, un insumo importante para la producción ganadera. El mercado está dominado por una empresa: Biogénesis Bagó. Hasta hace un año la competencia era casi imposible porque se exigían cuatro cepas, dos de las cuales no existían en el mundo hace décadas (aunque sí parece que estaban en el laboratorio de Biogénesis Bagó). Informado el presidente @Jmilei de esta anomalía, en pocas horas revirtió a una versión de dos cepas, que es la que se usa en todo el mundo”.

Según señaló, “cuando la casta se encuentra pronta a perder sus privilegios recurre a la Justicia como último bastión”. Al respecto, afirmó que “Biogénesis Bagó no fue la excepción y presentó un pedido de cautelar sobre las últimas disposiciones de @SenasaAR , presentándose como una suerte de autoridad sanitaria de la República”.

Apuntó: “Su pedido, si no estuviera de por medio el elevadísimo costo de la vacuna en relación con la de otros países, sería cómico, porque argumenta ‘que las resoluciones generan un perjuicio para sus derechos y garantías constitucionales, en particular, el de igualdad, propiedad y competir en el mercado sin distorsiones’. Parece un chiste viniendo de una empresa que se vio favorecida por una norma que le daba prácticamente la exclusividad de un mercado por más de dos décadas”.

Sobre el final del escrito, entre otras cosas, Sturzenegger indicó: “Celebramos que el juez Lavié Pico haya denegado la medida cautelar, argumentando lo obvio: que corresponde a @SenasaAR la gestión, evaluación y autorización de las medidas de sanidad animal del país”.

LA NACION consultó a Biogénesis Bagó si iba a realizar declaraciones sobre los dichos del ministro, pero hasta el momento no se pronunció.

En medio de esta polémica, la semana pasada el Senasa modificó la vacunación contra aftosa. Desde la segunda vacunación de 2026, con fecha a definir, se dejarán de inocular vaquillonas, novillos, novillitos y toritos y en ese momento solo se hará para terneros y terneras. El ministro de Economía, Luis Caputo, dijo que la producción ganadera se ahorrará US$25 millones.