El Ministerio de Educación informa que las personas que poseen Contratos Administrativos de Servicios de Colaboración deberán presentar la factura electrónica correspondiente al mes de agosto de 2025 a su directivo, para que sea firmada y sellada al dorso.
La factura podrá realizarse a partir del día 21 de agosto y deberá ser presentada en el Centro Cívico, según el siguiente cronograma:
Servicios Generales (porteros)
DNI terminado en 0, 1, 2 y 3; el lunes 25 de agosto de 2025 de 8 a 14,30 en Mesa de Entrada 2do Piso Núcleo 1 del Ministerio de Educación.
DNI terminado en 4, 5 y 6; el martes 26 de agosto de 2025 de 8 a 14,30 en Mesa de Entrada 2do Piso Núcleo 1 del Ministerio de Educación.
DNI terminado en 7, 8 y 9; el miércoles 27 de agosto de 2025 de 8 a 14,30 en Mesa de Entrada 2do Piso Núcleo 1 del Ministerio de Educación.
Administrativos
Presentarán la factura en la Oficina de Personal Administrativo con el monto correspondiente a cada contrato, los días 25; 26 y 27 de agosto de 2025 de 7,30 a 12,30.
Departamentos alejados
Las personas contratadas que viven en los departamentos de Calingasta, Iglesia, Jáchal y Valle Fértil deberán llevar la factura para que su director la firme. Se entregarán a sus respectivas unidades de gestión
Para tener en cuenta
Las facturas deberán ser electrónicas y confeccionadas de la siguiente manera:
Factura mes de agosto de 2025
Fecha emisión: 29/08/2025
Periodo facturado: desde 01/08/2025 hasta 31/08/2025
Vencimiento: 30/09/2025
CUIT Gobierno de la Provincia: 30-99901516-2
Condición frente al IVA: IVA Sujeto Exento
Condición de venta: Otra
Detalle: Pago de honorarios por Contrato Administrativo de Servicios de Colaboración correspondiente al mes de agosto de 2025.-
Monto a facturar (para porteros): $380.000,00.-
Conformación de factura
Al dorso de la factura (en la parte de atrás) deberá colocar lo siguiente:
“Artículos 6° y 11º Ley Nº 793-A. Cláusula cuarta del contrato administrativo de Servicios de Colaboración”.
San Juan, 29 de agosto de 2025. –
Firma y sello del directivo
Presentación del seguro: constancia de pago del mes de agosto de 2025, (fotocopia legible con datos del asegurado y legalizada en el frente por el directivo). En caso de presentar libre de deuda, el mismo debe tener fecha de agosto de 2025. Sin excepción.
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