El auge de las viviendas móviles como alternativa habitacional plantea un interrogante clave: ¿es legal vivir en una casa rodante de forma permanente? En Argentina, no existe una ley nacional que regule esta situación de manera específica. Por eso, la respuesta depende de lo que establezca cada municipio. Mientras algunas localidades permiten estacionarlas en campings o zonas habilitadas por tiempo limitado, otras imponen restricciones más severas. La clave está en entender las diferencias entre circular, pernoctar y fijar residencia, así como en conocer los requisitos de habilitación, seguridad e higiene que exige cada jurisdicción.
En términos jurídicos, no hay una norma nacional que prohíba ni autorice expresamente vivir en una casa rodante. La Ley Nacional de Tránsito 24.449 regula cómo deben circular este tipo de vehículos, sus dimensiones, equipamiento y condiciones técnicas, pero no aborda su uso como vivienda.
El artículo 227 del Código Civil y Comercial de la Nación establece que son inmuebles aquellos bienes adheridos permanentemente al suelo o que no pueden trasladarse sin quebranto. Por su naturaleza móvil, una casa rodante se considera un bien mueble registrable, como un vehículo, y por ello no puede inscribirse como propiedad inmueble ni ser garantía hipotecaria. Esto implica que tampoco puede constituirse en domicilio legal para trámites oficiales.
En ese sentido, Salvador Papantonio —abogado especialista en la materia y socio del Ranchomóvil Club Argentino— explicó a LA NACION que, aunque una persona pueda residir habitualmente en una casa rodante, esta no cumple con las condiciones para fijar un domicilio legal según el Código Civil y Comercial. “Un motorhome no puede ser considerado domicilio válido para trámites, notificaciones o correspondencia oficial”, agregó.
Esto genera uno de los principales obstáculos para quienes adoptan este estilo de vida, ya que para trámites administrativos —como renovar el DNI o inscribirse en ANSES— se requiere declarar un domicilio con dirección catastral, es decir, una ubicación física registrada oficialmente, algo que un vehículo no puede proporcionar por sí solo. Por eso, muchas personas quedan fuera del sistema o dependen de domicilios prestados o ficticios.
Dado que no existe una normativa nacional que regule el uso de casas rodantes como vivienda permanente, la posibilidad de residir en ellas depende casi exclusivamente de ordenanzas municipales, códigos urbanísticos y reglamentos locales. En muchos casos, estas normativas no contemplan la vivienda móvil, lo que puede derivar en sanciones si el vehículo permanece estacionado por largos períodos en la vía pública o en terrenos sin habilitación. En otros, las autoridades toleran la situación mientras no existan denuncias o conflictos vecinales, creando una zona gris legal.
En ese sentido, Papantonio ratificó que un motorhome no puede constituirse como domicilio legal para trámites, notificaciones o correspondencia oficial, ya que no está considerado jurídicamente un inmueble.
Otra pregunta habitual es si una persona puede vivir en una casa rodante instalada en su propio terreno. En estos casos, el uso del suelo es lo que determina la legalidad. Si el terreno está en una zona urbana, es probable que esté regido por un código de edificación que exija construcciones permanentes, conexión a servicios y una superficie mínima para ser considerado un espacio habitable. Incluso en zonas rurales, hay limitaciones relacionadas con higiene, residuos y salubridad.
De hecho, Papantonio aclaró que si el vehículo cumple con las condiciones que imponga la autoridad local y está ubicado en un terreno habilitado, es posible utilizar esa dirección para fines postales o radicar ciertos trámites administrativos; sin embargo, eso no implica que se pueda establecer un domicilio legal pleno.
En general, sólo en algunos lotes habilitados como campings o espacios recreativos, las municipalidades permiten el uso de casas rodantes como vivienda temporaria. Pero incluso allí, no suele admitirse fijar residencia permanente.
El abogado también aclaró que, en el caso de los barrios cerrados, la posibilidad de residir en una casa rodante dependerá del reglamento interno. “Si está permitido por el reglamento, podría admitirse, aunque no es lo habitual”, dijo. En cambio, dentro de una propiedad horizontal, como un edificio, no está permitido vivir en una cochera, tal como lo prohíben los códigos de edificación urbanos de ciudades como Buenos Aires.
Como explicó Papantonio, aunque no está legalmente reconocida como inmueble ni es posible fijar domicilio legal en una casa rodante, en la práctica puede funcionar como vivienda, ya que cuenta con servicios básicos (luz, agua, gas) que permiten residir con confort. Sin embargo, esta modalidad carece de un marco regulatorio nacional específico para su uso como residencia permanente, y cada municipio aplica sus propias reglas. Además, estas viviendas móviles deben cumplir con obligaciones propias de vehículos, como patente, seguro, VTV y homologaciones técnicas.
La vida en una casa rodante representa mucho más que una alternativa habitacional: es una forma de vivir con mayor flexibilidad, menor carga económica y un vínculo distinto con el entorno. Sin embargo, en la Argentina, esta elección aún no encuentra un marco legal claro que la reconozca como opción residencial estable. Mientras tanto, quienes apuestan por esta modalidad deben navegar entre normativas locales dispares, vacíos legales y soluciones improvisadas. En ese escenario, la necesidad de repensar las regulaciones urbanas y habitacionales para incluir formas de vivienda no tradicionales se vuelve cada vez más evidente.