Dan más plazo para las obligaciones de Ganancias y Bienes Personales

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó hoy que extenderá hasta el jueves próximo, 26 de junio, el plazo para presentar las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y a los Bienes Personales y para pagar los saldos resultantes. La norma que establece que habrá más días para cumplir con esas obligaciones se publicará mañana en el Boletín Oficial.

Originalmente, los vencimientos de iban a producir entre el 11 y el 13 de junio, en caso de las declaraciones juradas, y entre el 12 y el 17 también de este mes, para los pagos. A fines de mayo se decidió extender el plazo y se estableció que habría tiempo hasta hoy, lunes 23, para la presentación de las declaraciones juradas, y hasta mañana, martes 24, para los pagos. Ahora se decidió que ambas fechas se trasladarán al jueves 26.

El comunicado de ARCA en el que se anunció la prolongación de los plazos se afirmó que en abril se pusieron a disposición los aplicativos para las presentaciones, tanto de Ganancias como de Bienes Personales, “con más de 60 días de antelación al vencimiento de las presentaciones, cumpliendo con el compromiso asumido por las autoridades en febrero con las entidades profesionales”.

La prórroga había sido solicitada por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, que nuclea a las 24 entidades de profesionales que hay en el país. En un comunicado, la federación sostuvo que hizo la solicitud “ante los inconvenientes reportados en el acceso” al sitio web de ARCA, “lo que afectó el normal cumplimiento de las obligaciones fiscales”.

Los vencimientos están referidos a las obligaciones correspondientes a 2024. En cuanto a Bienes Personales, la carga fiscal alcanza a quienes al último día del año pasado tenían activos valuados en al menos $292.994.964,89, según la cifra que oficializó ARCA al publicarla en su página. El monto surge de aplicar una actualización por inflación al valor que rigió por los patrimonios que se tenían a fines de 2023.

La vivienda está exenta hasta los $1.025.482.377,13. Si el inmueble tiene un valor de hasta ese monto –según las reglas de valuación del esquema de este tributo–, no queda alcanzado por la carga fiscal. Si la cifra es superior, la imposición se aplica sobre el excedente.

Quienes están inscriptos en los impuestos deben hacer las presentaciones correspondientes, más allá de que por 2024 en particular les toque abonar o no el impuesto.