Resolvieron un tema clave en el juicio que inició Cristina Kirchner para recuperar sus jubilaciones de privilegio

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La Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó la excusación presentada por el juez de primera instancia Ezequiel Pérez Nami, quien había intentado no tener que pronunciarse sobre las dos asignaciones de privilegio que, hasta noviembre de 2024, cobraba Cristina Kirchner. La resolución judicial referida a la incumbencia del tema se dio en el marco de un reclamo presentado meses atrás por la expresidente, quien desde ayer cumple prisión domiciliaria, tras ser condenada por el delito de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.

Así, más allá de lo que ocurra a partir de la ratificación de la sentencia por corrupción y del cumplimiento de la prisión, Pérez Nami quedó a cargo de la demanda, iniciada por Cristina Kirchner luego de que la Anses dio de baja en 2024 las dos prestaciones.

Una de las asignaciones en cuestión es por haber ejercido la presidencia de la Nación, en tanto que la otra se deriva de tratarse de la viuda del expresidente Néstor Kirchner. Entre marzo de 2021 y noviembre de 2024 CFK percibió ambos beneficios, pese a una incompatibilidad establecida por un artículo de ley 24.018, que regula cómo son estos beneficios para expresidentes en particular. El tema del cobro simultáneo de dos beneficios tiene otra causa abierta en la Justicia.

El expediente en el cual se rechazó la excusación del juez Pérez Nami, es el referido al juicio promovido por la expresidente para recuperar las prestaciones, que son consideradas de privilegio porque, para obtenerlas, no se requiere el cumplimiento de requisitos ni de edad ni de cantidad de aportes.

A mediados de noviembre de 2024, el entonces director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, firmó la resolución 1092, con la cual se dieron de baja ambas prestaciones, que en noviembre último sumaron $35.255.297,73 en bruto, y $21.828.203,92 luego de descuentos, incluyendo entre ambas un pago de aproximadamente $6 millones en concepto de plus por zona austral, ya que CFK declaró domicilio en Santa Cruz, aunque era de público conocimiento que no residía en el sur del país. Esto último provocó una denuncia penal por parte de la Anses.

Mariano de los Heros, exdirector ejecutivo de la Ansesricardo-pristupluk-11511

La resolución del organismo de la seguridad social -que Cristina pide que sea declarada nula- se basó en una interpretación de la ley 24.018, que indica que las asignaciones vitalicias para expresidentes y exvicepresidentes no les corresponden a quienes, “previo juicio político, o en su caso, previo sumario, fueren removidos por mal desempeño de sus funciones”.

En este caso no hubo juicio político ni remoción, pero se argumentó que la expresión de la ley hace que sea incompatible cobrar el beneficio con haber cometido delitos al ejercer un cargo público, algo que fue probado por la Justicia. De hecho, la baja de las prestaciones se decidió luego de que la Cámara de Casación Penal confirmó el fallo en contra de la exfuncionaria en la causa Vialidad, ratificada la semana pasada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Luego de que el reclamo de CFK recayera en su juzgado, Pérez Nami resolvió excusarse “por razones graves de decoro y delicadeza” debido a que, según argumentó, es una causa que debería ser resuelta por alguien que sea titular de un juzgado y no por alguien que ocupa el lugar en subrogancia, como es su caso.

Es decir, como se trata de un juez que está ternado para ocupar la titularidad de un juzgado, consideró que no correspondía tomar el caso. “Me encuentro ternado en el Concurso N° 440 del Consejo de la Magistratura de la Nación (llamado del 20/05/21) para ocupar uno de los cuatro cargos vacantes en la Justicia Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social, de CABA», había señalado Pérez Nami en el escrito de su excusación.

Y agregó: “En dicho contexto toda y cualquier decisión adoptada en estos actuados, ya sea en beneficio o perjuicio de cualquiera de las dos partes, puede ser incorrectamente interpretada como comprometida con el proceso de selección y nombramiento de magistrados, generándose así una posible lesión a la confianza pública, que torne susceptible de poner en duda la necesaria imparcialidad”.

El juez Ezequiel Pérez Nami se excusó de resolver en la causa de las jubilaciones de privilegio de Cristina Kirchner, pero la excusación fue rechazada por jueces de segunda instancia del fuero previsional

En abril último, el expediente había pasado al juzgado N°1, a cargo de la jueza Karina Alonso Candis, quien manifestó su disidencia con lo expresado Pérez Nami para excusarse. En consecuencia, rechazó el envío de la causa a su juzgado y planteó, así, una situación que ahora fue resuelta, tal como se consignó, por los jueces camaristas de la sala 3 del fuero, Sebastián Russo y Adriana Cammarata.

Según el criterio de estos magistrados, la excusación presentada por quien está a cargo del juzgado N° 10 resulta “improcedente”, por cuanto “la admisión de dicho criterio podría generar numerosas excusaciones encadenadas, provocando un serio riesgo de denegación de justicia e importantes dilaciones”.

Según Luis Herrero, exjuez de la sala 2 de la Cámara Federal de la Seguridad Social, además de no existir la causal de excusación invocada, un hecho cierto es que “Pérez Nami no se había excusado en la demanda anterior de Cristina Kirchner, cuando ella era gobierno ejerciendo la vicepresidencia de la Nación, y había dictado sentencia el 29 de diciembre de 2020 disponiendo la procedencia de la acumulación de sus dos asignaciones privilegiadas, pese a estar esa acumulación prohibida expresamente por el artículo 5 de la ley 24018″.

El exjuez del fuero de la seguridad social, Luis HerreroArchivo

Según el exmagistrado, la actitud demuestra “la total falta de imparcialidad de este juez, y la ilicitud de la sentencia de 2020″, que podría quedar firme según qué decisión tome la Corte Suprema respecto de un recurso de queja interpuesto por la legisladora porteña Graciela Ocaña, quien reclama que sea declarada nulo el desistimiento (renuncia) de la apelación presentada por la Anses contra el fallo dictado por Pérez Nami (en la causa por el cobro acumulativo de dos prestaciones).

Al concretar ese desistimiento, el organismo de la seguridad social estaba a cargo de la camporista Fernanda Raverta quien, incluso con un proceso judicial abierto sobre la cuestión, resolvió restituir el pago de una de las dos asignaciones de privilegio, que había sido suspendida durante el gobierno de Mauricio Macri, bajo el argumento de la incompatibilidad marcada por la ley.