El Gobierno resolvió hoy, a través de la resolución 98 de la Secretaría de Agricultura, con la firma de su titular Sergio Iraeta, derogar una resolución y sus modificatorias y complementarias que impusieron un peso mínimo para la faena de animales bovinos.
En 2007, la resolución 68 de la entonces Secretaría de Agricultura estableció un peso mínimo de 99 kilos por media res, en balanza oficial, para las categorías novillitos y vaquillonas. Allí mismo se decidió sancionar la comercialización con destino a faena de animales bovinos machos cuyo peso res con hueso logrado sea inferior a 165 kilos y de hembras con menos de 140 kg. En esa oportunidad eso se fijó para evitar que vayan a faena animales de bajo peso y lograr, en cambio, tratar de impulsar más producción de carne.
Luego, entre otros cambios, la resolución N° 547 del 11 de enero de 2008 estableció un procedimiento para los operadores en infracción y en 2010 se puso un peso mínimo de 99 kilos por media res, en balanza oficial, para las categorías novillitos y vaquillonas, y castigos para la comercialización con destino a faena o la faena comercial de animales bovinos de las categorías mamones y terneros (machos y hembras) con un peso de res inferior a 165 kg. A todo esto, en 2019 se impusieron pesos mínimos diferenciados según el sexo de los animales, en 165 kilos para machos y 140 kilos para hembras, “e incorporando excepciones vinculadas a razones sanitarias o nutricionales y al destino comercial de los animales”.
En este marco, el artículo 1° de la resolución firmada por Iraeta deroga las resoluciones 68 de 2007, la 547 de 2008 y las siguientes modificaciones. Entre los fundamentos se cita el decreto 70/2023 del presidente Javier Milei, que impulsó una amplia desregulación del comercio, servicios e industria y se remarcó “que esta administración ha asumido el compromiso de restablecer el marco de libertad económica, promoviendo reglas claras, estables y orientadas a fortalecer la iniciativa privada como motor del desarrollo productivo”.
Además, el Gobierno señaló “que las regulaciones vinculadas al peso mínimo exigido para la faena de animales bovinos, resultan innecesarias en el contexto actual, toda vez que los productores cuentan con los conocimientos técnicos, la experiencia y las herramientas de gestión adecuadas para determinar el momento óptimo de faena en función de sus propios objetivos productivos, comerciales y sanitarios”.
“Libertad para producir y vender a lo que el productor crea más conveniente. No hay más peso mínimo de faena”, dijo una fuente que estaba al tanto de la medida oficial. Pese a la derogación se seguirá el trámite por infracciones constatadas con anterioridad al 1 de enero de 2026.
En los considerandos también se dijo “que la implementación de la eliminación de las restricciones vinculadas al peso mínimo de faena requiere instrumentarse en un plazo razonable, a fin de permitir a los actores del sector ganadero y a los establecimientos faenadores adecuar sus procesos productivos, logísticos y comerciales al nuevo marco normativo, así como para garantizar una transición ordenada y efectiva hacia un régimen basado en la libre determinación del momento óptimo de faena por parte del productor”.