{"id":92861,"date":"2024-11-15T11:32:04","date_gmt":"2024-11-15T14:32:04","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=92861"},"modified":"2024-11-15T11:32:08","modified_gmt":"2024-11-15T14:32:08","slug":"quienes-tendran-que-pagar-el-impuesto-a-los-bienes-personales-por-sus-patrimonios-de-este-ano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=92861","title":{"rendered":"Qui\u00e9nes tendr\u00e1n que pagar el impuesto a los Bienes Personales por sus patrimonios de este a\u00f1o"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">El <strong>impuesto a los Bienes Personales <\/strong>correspondiente a este a\u00f1o alcanzar\u00e1 a quienes tengan patrimonios que al 31 de diciembre pr\u00f3ximo est\u00e9n valuados en m\u00e1s de <strong>$293 millones. <\/strong>La vivienda, en tanto, estar\u00e1 exenta hasta un valor de <strong>$1025,5 millones. <\/strong>Las cifras surgen de aplicar la actualizaci\u00f3n prevista por la ley, que consiste en incrementar los montos vigentes en igual porcentaje que<strong> la variaci\u00f3n interanual del \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC) al mes de octubre.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan inform\u00f3 el martes el Indec, entre octubre de 2023 y ese mes de este a\u00f1o <strong>la inflaci\u00f3n fue de 193%. <\/strong>Los n\u00fameros mencionados en el p\u00e1rrafo anterior son aproximados, porque los definitivos -que deber\u00e1 publicar la ARCA (exAFIP)- depender\u00e1n del redondeo del \u00edndice de precios.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Dado lo establecido por la normativa, tambi\u00e9n <strong>suben los importes expresados en el cuadro de al\u00edcuotas, <\/strong>algo que influye a la baja en los montos a pagar por quienes quedan incluidos en la obligaci\u00f3n fiscal. Adem\u00e1s, en funci\u00f3n de una reforma impulsada por el actual gobierno e incluida en la Ley de Medidas Fiscales Relevantes y Paliativas, para el c\u00e1lculo del impuesto correspondiente a 2024 <strong>se elimina la al\u00edcuota m\u00e1s alta<\/strong> que estuvo vigente para el impuesto de 2023.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">De esa manera, si el valor de los bienes gravados se excede del monto no gravado (es decir, de los $293 millones) en hasta $40.107.900 (aproximadamente), se abonar\u00e1 el tributo que resulte de aplicar la al\u00edcuota m\u00e1s baja, que es de 0,5%. Si el monto del patrimonio que excede de los $293 millones se ubica entre $40.107.900 y $86.900.460, el impuesto tendr\u00e1 un componente de monto fijo de $200.540 m\u00e1s el 0,75% del excedente de $40.107.900. Por ejemplo, con bienes sujetos al impuesto valuados en $350 millones, <strong>el tributo ser\u00e1 de alrededor de $327.230.<\/strong><\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">El proyecto de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes fue convertido en ley por el Congreso Nacional a fines de junio \u00faltimo<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Ricardo Pristupluk<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan los \u00faltimos cambios aprobados para el esquema de imposici\u00f3n, <strong>a\u00f1o a a\u00f1o se reduce la cantidad de al\u00edcuotas, <\/strong>hasta llegar al ejercicio fiscal <strong>2027.<\/strong> Para ese entonces habr\u00e1 una \u00fanica tasa, \u201cde 0,25% sobre el valor total de los bienes que exceda el m\u00ednimo no imponible\u201d.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201cCreo que si la cotizaci\u00f3n del d\u00f3lar sigue estable, <strong>esta actualizaci\u00f3n es superbeneficiosa para el contribuyente\u201d, <\/strong>sostuvo la contadora Florencia Fern\u00e1ndez Sabella, del estudio Lai\u00fan, Fern\u00e1ndez Sabella &amp; Smudt. Si un patrimonio est\u00e1 dolarizado, agreg\u00f3, el monto de $100 millones que fij\u00f3 el umbral de imposici\u00f3n por 2023 representaban unos US$124.000, mientras que los $293 millones del ejercicio 2024 equivaldr\u00e1n al 31 de diciembre pr\u00f3ximo (la fecha a la que se deber\u00e1 valuar el conjunto de bienes) a una cifra en d\u00f3lares que<strong> duplica y a\u00fan m\u00e1s a aquella del a\u00f1o pasado.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Y quien tiene patrimonio en pesos, por ejemplo, con varios inmuebles en el pa\u00eds, <strong>\u201ccon esta actualizaci\u00f3n queda cubierto\u201d; <\/strong>es decir, si en los \u00faltimos ejercicios fiscales qued\u00f3 fuera del impuesto, tambi\u00e9n ser\u00e1 as\u00ed por 2024.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La base imponible de $100 millones para tributar Bienes Personales correspondiente a 2023 (cuyo vencimiento ocurri\u00f3 durante este a\u00f1o) tuvo vigencia por <strong>una decisi\u00f3n del gobierno actual.<\/strong> La cifra fue expresamente incluida en la iniciativa de ley sobre cambios impositivos impulsada por el Poder Ejecutivo y aprobada por el Congreso, que <strong>incluy\u00f3 un plan de blanqueo de capitales.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Justamente, se busc\u00f3 aliviar el tributo sobre el patrimonio como una de las maneras de<strong> incentivar la declaraci\u00f3n de activos. <\/strong>Adem\u00e1s, se aprob\u00f3 un plan de pago anticipado del impuesto, que incluy\u00f3 hasta 5 per\u00edodos anuales, con lo cual hay personas de altos patrimonios para las cuales, dado que adhirieron a esa opci\u00f3n, <strong>no hay obligaci\u00f3n con el Estado, por este impuesto,<\/strong> durante los pr\u00f3ximos a\u00f1os.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Si se hubiera aplicado el criterio de actualizar la cifra de 2022 seg\u00fan la inflaci\u00f3n interanual a octubre (esa pauta de reajuste ya rigi\u00f3 en los \u00faltimos a\u00f1os), Bienes Personales deber\u00eda haber sido pagado por quienes tuvieron patrimonios, al 31 de diciembre pasado, <strong>superiores a los $27,33 millones. <\/strong>Esa cifra fue reemplazada por la de $100 millones.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La actualizaci\u00f3n para el ejercicio 2024 <strong>superar\u00e1 ampliamente la inflaci\u00f3n de este a\u00f1o, <\/strong>seg\u00fan destac\u00f3 Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Econ\u00f3micas de la Ciudad de Buenos Aires. Eso ocurre porque, al considerarse el dato interanual a octubre, <strong>entran en el c\u00e1lculo los meses de noviembre y diciembre de 2023,<\/strong> que fueron de alta inflaci\u00f3n y, a la vez, no se consideran los \u00faltimos dos meses de este a\u00f1o, con \u00edndices mucho m\u00e1s reducidos.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La actualizaci\u00f3n del esquema lleva a que los importes de los <strong>anticipos <\/strong>que deben pagar los contribuyentes inscriptos en el impuesto puedan eventualmente <strong>recalcularse,<\/strong> seg\u00fan consider\u00f3 Mart\u00edn Caranta, del estudio Lisicki, Litvin &amp; Asociados. El contador explic\u00f3 que si la AFIP no modifica la metodolog\u00eda de c\u00e1lculo, el contribuyente deber\u00e1 evaluar su caso, para determinar si el impuesto ahora proyectado -sobre la base de las actualizaciones y de su situaci\u00f3n patrimonial- es tal que los anticipos actuales (estimados sobre la base del impuesto 2023) implican un ingreso de montos \u201cen exceso\u201d. En ese supuesto, dijo, <strong>\u201cpodr\u00eda solicitar la reducci\u00f3n de anticipos\u201d.<\/strong><\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">A partir de la actualizaci\u00f3n del esquema de Bienes Personales, los contribuyentes podr\u00edan generar una reducci\u00f3n del monto de los anticipos<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">PeopleImages.com &#8211; Yuri A &#8211; Shutterstock<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En principio, afirm\u00f3 Caranta, esa reducci\u00f3n podr\u00eda hacerse a partir del vencimiento del <strong>tercer anticipo, que ser\u00e1 en febrero <\/strong>(luego habr\u00e1 otros, en marzo y en abril). El contador agreg\u00f3 que la rebaja opera <strong>si el contribuyente hace un tr\u00e1mite a trav\u00e9s del servicio interactivo Cuentas Tributarias <\/strong>(ingresando con su clave fiscal). La ARCA podr\u00eda requerir dentro de un determinado plazo \u201clos elementos de valoraci\u00f3n y documentaci\u00f3n que estime necesarios\u201d, para evaluar si es adecuada la reducci\u00f3n de los montos.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan record\u00f3 Russo, Bienes Personales es un gravamen con baja incidencia en la recaudaci\u00f3n. Los datos del per\u00edodo enero a octubre de este a\u00f1o muestran que lo obtenido por el fisco <strong>equivale al 2% de los recursos tributarios. <\/strong>La contadora estim\u00f3 que es probable que ese indicador siga as\u00ed o que incluso disminuya, por causas como el incremento de los montos exentos y la existencia del r\u00e9gimen especial de <strong>adelanto del impuesto <\/strong>por los per\u00edodos fiscales de 2023 a 2027. Quienes adhirieron a ese sistema, llamado ReiBP, no pagar\u00e1n Bienes Personales durante los pr\u00f3ximos a\u00f1os.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201cSi pensamos los impuestos en t\u00e9rminos de redistribuci\u00f3n del ingreso, sucede que <strong>tenedores de grandes patrimonios quedar\u00e1n fuera del alcance de la imposici\u00f3n<\/strong> -evalu\u00f3 Russo-. Y los sectores m\u00e1s vulnerables contin\u00faan afectados por la incidencia de impuestos como los <strong>indirectos al consumo, <\/strong>cuyo efecto en la econom\u00eda dom\u00e9stica es altamente regresivo\u201d.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">M\u00e1s all\u00e1 del r\u00e9gimen de anticipos, la obligaci\u00f3n de presentar la declaraci\u00f3n jurada y eventualmente abonar el tributo por 2024 (o el saldo que reste) llegar\u00e1 en principio <strong>a mediados de 2025.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Entre los <strong>activos alcanzados por Bienes Personales <\/strong>est\u00e1n los inmuebles (con la ya mencionada exenci\u00f3n para la vivienda), los autom\u00f3viles (que quedan liberados de la carga despu\u00e9s de 5 a\u00f1os de su ingreso al patrimonio), los ahorros en billetes, los bienes muebles registrables, los saldos de cuentas corrientes bancarias, los t\u00edtulos, acciones, cuotas o participaciones sociales, las criptomonedas, los saldos de billeteras virtuales, los patrimonios de empresas o explotaciones unipersonales, los cr\u00e9ditos y los bienes y dep\u00f3sitos en el exterior.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Est\u00e1n<strong> libres de esta carga <\/strong>los saldos de dep\u00f3sitos a plazo fijo y de cajas de ahorro, las cuentas individuales de seguro de retiro, las cuotas sociales de cooperativas, los inmuebles rurales, los t\u00edtulos y bonos emitidos por el Estado y las obligaciones negociables y cuotapartes de fondos comunes de inversi\u00f3n que cumplan con ciertas condiciones.<\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">Los inmuebles y los autos est\u00e1n alcanzados por el impuesto a los Bienes Personales; en el caso de la vivienda hay una exenci\u00f3n, aunque tiene un l\u00edmite<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Gonzalo Colini<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El valor a declarar por los <strong>inmuebles <\/strong>es el mayor de dos: el de adquisici\u00f3n o ingreso al patrimonio tras descontarse una amortizaci\u00f3n (un porcentaje) anual, o el fiscal. En el segundo caso, y de no mediar cambios, debe observarse el monto informado para fines de 2017 por la jurisdicci\u00f3n en la que est\u00e1 ubicada la propiedad, y debe ajustarse esa cifra por la inflaci\u00f3n acumulada hasta el 31 de diciembre de este a\u00f1o.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En el caso de los inmuebles en la <strong>ciudad de Buenos Aires <\/strong>existe desde hace a\u00f1os una controversia respecto del valor a declarar: si la Valuaci\u00f3n Fiscal Homog\u00e9nea (VFH) informada en las boletas del impuesto local, o ese valor multiplicado por la Unidad de Sustentabilidad Contributiva (UCS), que es igual a cuatro. La UCS es un multiplicador creado por la legislatura en 2012. El \u00faltimo dictamen de la AFIP, de 2022, indica que debe declararse la valuaci\u00f3n multiplicada por cuatro. Pero un dictamen del organismo no es de cumplimiento obligatorio para el contribuyente.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En cuanto a las tenencias de <strong>moneda extranjera,<\/strong> para la conversi\u00f3n a pesos se considera el valor del tipo de cambio que publica la AFIP para este impuesto, que se corresponde con el precio tipo comprador del Banco Naci\u00f3n al 31 de diciembre del a\u00f1o al que corresponde el tributo. En el caso de ciertas<strong> inversiones alcanzadas por el impuesto <\/strong>y de los <strong>veh\u00edculos<\/strong>, deben observarse los valores que informa la AFIP en su p\u00e1gina.<\/p>\n<section class=\"border border-bottom border-thin border-neutral-light-100 py-24 mb-32\">\n<div class=\"w-100 flex flex-column gap-4\"><span class=\"text ln-text text-12\">Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/span><\/div>\n<\/section>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El impuesto a los Bienes Personales correspondiente a este a\u00f1o alcanzar\u00e1 a quienes tengan patrimonios que al 31 de diciembre pr\u00f3ximo est\u00e9n valuados en m\u00e1s de $293 millones. La vivienda, en tanto, estar\u00e1 exenta hasta un valor de $1025,5 millones. 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