{"id":92519,"date":"2024-11-14T19:42:09","date_gmt":"2024-11-14T22:42:09","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=92519"},"modified":"2024-11-14T19:42:28","modified_gmt":"2024-11-14T22:42:28","slug":"reabren-una-causa-y-anulan-el-sobreseimiento-de-funcionarios-k-que-le-sacaron-tierras-al-ejercito-y-se-las-dieron-a-los-mapuches","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=92519","title":{"rendered":"Reabren una causa y anulan el sobreseimiento de funcionarios K que le sacaron tierras al Ej\u00e9rcito y se las dieron a los mapuches"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2024\/11\/9mbgc2EH1S_2000x1500__1-1.jpg\"\/>   <\/p>\n<p>Por segunda vez, la C\u00e1mara Federal porte\u00f1a <strong>revoc\u00f3<\/strong> este jueves el sobreseimiento que el juez federal Daniel Rafecas hab\u00eda dictado en beneficio de cuatro ex altos funcionarios del ministerio de Defensa y de la Procuraci\u00f3n del Tesoro en la causa en que se investigaci\u00f3n la apelaci\u00f3n tard\u00eda a un pol\u00e9mico fallo que <strong>concedi\u00f3 180 hect\u00e1reas del Ej\u00e9rcito en Bariloche a una comunidad mapuche.<\/strong><\/p>\n<p>El fallo del tribunal tambi\u00e9n <strong>anul\u00f3<\/strong> la decisi\u00f3n de Rafecas de no hacer lugar a la solicitud de declaraci\u00f3n testimonial del actual presidente de Parques Nacionales Cristian Larsen y de archivar las actuaciones.<\/p>\n<p>Ante la apelaci\u00f3n presentada por el fiscal Carlos Stornelli, y frente a lo sostenido por el juez Rafecas, el voto de la mayor\u00eda del Tribunal compuesto por Mart\u00edn Irurzun y Eduardo Farah<strong> entendi\u00f3 que existen l\u00edneas de investigaci\u00f3n que deben ser profundizadas sobre el rol del ministerio de Defensa en la maniobra.<\/strong><\/p>\n<p>En primer lugar, se se\u00f1al\u00f3 que \u201clas evidencias del caso muestran que <strong>la voluntad formada dentro del servicio jur\u00eddico del Ministerio de Defensa<\/strong> y transmitida a la abogada que llevaba el caso fue la de no apelar la sentencia, y que la apelaci\u00f3n presentada fue producto de la insistencia de funcionarios del Ej\u00e9rcito Argentino\u201d. El ministro de Defensa era entonces Jorge Taiana.<\/p>\n<p>Se agreg\u00f3 que \u201chabida cuenta de la trascendencia institucional que evidentemente ten\u00eda el tema para el Ej\u00e9rcito, lucen fundadas las sospechas en torno al hecho de que el Ministerio de Defensa se haya abocado a la conducci\u00f3n del caso (luego de apartar expresamente al servicio jur\u00eddico del Ej\u00e9rcito), para <strong>despu\u00e9s plantear su ajenidad respecto a la cuesti\u00f3n planteada<\/strong>\u201d.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se resalt\u00f3 que deb\u00eda ahondarse<strong> en el rol que le cupo a la Procuraci\u00f3n del Tesoro de la Naci\u00f3n,<\/strong> en manos del dirigente K Carlos Zannini: \u201cdadas las previsiones normativas (\u2026) y el rol de auditor\u00eda que efectivamente ejerci\u00f3 ex post facto la PTN al requerirle un descargo administrativo a V\u00e1zquez\u201d. <\/p>\n<p>Entonces, \u201cno queda claro es si (a pesar de la responsabilidad primaria en cabeza de los servicios jur\u00eddicos respectivos), aquel ente deber\u00eda haber intermediado en la transmisi\u00f3n de las directivas (\u2026). De ser as\u00ed, podr\u00eda verificarse <strong>otra irregularidad en la conducci\u00f3n del caso por parte de los aqu\u00ed imputados<\/strong>\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, se indic\u00f3 la existencia de indicios de que la actuaci\u00f3n de la entonces titular del Instituto Nacional de Asuntos Ind\u00edgenas (que tampoco apel\u00f3 la sentencia de amparo en cuesti\u00f3n) exhiben irregularidades a priori pasibles de revestir relevancia penal. El INAI estuvo a cargo de la dirigente K Magdalena Odarda.<\/p>\n<p>Concluyeron que \u201clos puntos se\u00f1alados (\u2026) muestran una sucesi\u00f3n de eventos (el apartamiento al Ej\u00e9rcito y la auto- exclusi\u00f3n del caso realizados por el servicio jur\u00eddico del Ministerio de Defensa, la brusca modificaci\u00f3n verificada en la posici\u00f3n del INAI frente a la pretensi\u00f3n de la parte actora en el amparo)\u201d a favor de los mapuches.<\/p>\n<p>La apelaci\u00f3n tard\u00eda al fallo de una jueza que cedi\u00f3 los terrenos \u201ctuvieron -al menos- el efecto de <strong>dejar indefenso al Estado Nacional en un asunto potencialmente perjudicial para su patrimonio<\/strong>\u201d por lo que \u201clos sobreseimientos resultan prematuros\u201d.<\/p>\n<p>Luego el fallo agrega que \u201cla situaci\u00f3n de quienes hasta hoy fueron imputados quedar\u00e1 regida por las previsiones del art. 309 C.P.P.N., hasta tanto sus conductas puedan ser reevaluadas en funci\u00f3n del marco f\u00e1ctico m\u00e1s amplio que aqu\u00ed se se\u00f1al\u00f3\u201d.<\/p>\n<p>En cambio, el camarista y ex abogado de Cristina Kirchner, Roberto Boico,<strong> vot\u00f3 en disidencia confirmando los sobreseimientos de los imputados.<\/strong><\/p>\n<p>En las veinte consideraciones sobre los elementos probatorios que hizo en su voto,<strong> el juez concluy\u00f3 que las intervenciones de los imputados \u201cno constituyen conductas <\/strong>penalmente relevantes\u201d.<\/p>\n<p>En su voto en minor\u00eda, Boico concluy\u00f3 que \u201clas actividades procesales de la abogada encargada de patrocinar al Estado en el juicio de amparo tramitado ante el circuito federal de Gral. Roca, m\u00e1s all\u00e1 de su acierto u error en la traza de su estrategia, o en todo caso en la presentaci\u00f3n de los escritos que le fueron remitidos, no alcanza \u2013 de ning\u00fan modo \u2013<strong> a ingresar en el umbral del derecho penal<\/strong>\u201c.<\/p>\n<p>\u201cLo mismo cabe decir, manifest\u00f3, de aquellos que desde el ministerio pertinente condujeron el proceso de amparo e impart\u00edan las instrucciones a la aludida abogada. A ello se agrega la propia actividad de los sujetos que intervinieron por el Ej\u00e9rcito Argentino\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>Antecedentes. La causa se abri\u00f3 el 2022 por una denuncia efectuada por un grupo de diputados de Juntos por el Cambio contra Silvia V\u00e1zquez letrada asistente del Cuerpo de Abogados del Estado y designada por la Procuraci\u00f3n del Tesoro para asumir la representaci\u00f3n estatal ante el Juzgado Federal de Bariloche. <\/p>\n<p>Seg\u00fan la acusaci\u00f3n, esta abogada habr\u00eda presentado extempor\u00e1neamente un recurso de apelaci\u00f3n por parte del Ej\u00e9rcito Argentino contra la sentencia emitida el 2 de febrero de 2022 por el jueza federal de Bariloche, <strong>dejando as\u00ed firme la cesi\u00f3n a favor de los mapuches.<\/strong><\/p>\n<p>Entonces, la jueza entonces a cargo de dicho juzgado, Dra. Silvina Dom\u00ednguez, resolvi\u00f3 \u201cordenar al Poder Ejecutivo Nacional a que en el t\u00e9rmino de 60 d\u00edas \u2013 a partir de que quedara firme -, <strong>transfiriera a t\u00edtulo gratuito al Instituto Nacional de Asuntos Ind\u00edgenas (INAI)<\/strong> el dominio de las tierras a los efectos de su adjudicaci\u00f3n \u2014en forma inmediata\u2014, en propiedad a la Comunidad accionante\u201d<\/p>\n<p>Los denunciantes remarcaron que \u201cello sin perjuicio que es de suponer que las autoridades de las m\u00e1s altas esferas del Ministerio de Defensa pudieron haber tenido no solo conocimiento de lo que estaba ocurriendo, <strong>sino tambi\u00e9n haber dado la orden de dejar vencer los plazos y tambi\u00e9n haber dado la orden de montar una `mise en scene`<\/strong> tendiente a dar apariencia de una m\u00ednima diligencia para que el verdadero sentido con el que se actu\u00f3 -otorgar las tierras por esta v\u00eda a la comunidad- apareciera solapado\u201d.<\/p>\n<p>En el 2022, el fiscal Stornelli solicit\u00f3 al juez federal Daniel Rafecas el procesamiento de cuatro altos funcionarios del ministerio de Defensa y de la Procuraci\u00f3n del Tesoro en la causa en que se investigaci\u00f3n la apelaci\u00f3n tard\u00eda a un pol\u00e9mico fallo que concedi\u00f3 180 hect\u00e1reas del Ej\u00e9rcito en Bariloche a una comunidad mapuche. Rafecas los sobresey\u00f3 y la C\u00e1mara Federal anul\u00f3 esa primera decisi\u00f3n.<\/p>\n<p>El a\u00f1o pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n anul\u00f3 toda la causa en la que se cedi\u00f3 a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue un predio de 180 hect\u00e1reas registradas a nombre del Ej\u00e9rcito Argentino sobre la ladera oeste del cerro Otto, en San Carlos de Bariloche. El M\u00e1ximo Tribunal tom\u00f3 esa decisi\u00f3n porque en el caso se omiti\u00f3 dar intervenci\u00f3n a la provincia de R\u00edo Negro, cuya citaci\u00f3n resultaba necesaria para que pudiera ejercer su derecho de defensa en juicio.<\/p>\n<p>Se trata de las tierras de la Escuela de Instrucci\u00f3n Andina de Bariloche que el gobierno K quer\u00eda entregar a esa comunidad mapuche luego de un proceso administrativo irregular y en el marco de ocupaciones ilegales en el lago Mascardi. El caso provoc\u00f3 movilizaciones de apoyo de ciudadanos de Bariloche para que no se consumara la entrega<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por segunda vez, la C\u00e1mara Federal porte\u00f1a revoc\u00f3 este jueves el sobreseimiento que el juez federal Daniel Rafecas hab\u00eda dictado en beneficio de cuatro ex altos funcionarios del ministerio de Defensa y de la Procuraci\u00f3n del Tesoro en la causa en que se investigaci\u00f3n la apelaci\u00f3n tard\u00eda a un pol\u00e9mico fallo que concedi\u00f3 180 hect\u00e1reas [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":92520,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[],"class_list":["post-92519","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/92519","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=92519"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/92519\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":92522,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/92519\/revisions\/92522"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/92520"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=92519"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=92519"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=92519"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}