{"id":91045,"date":"2024-11-12T04:31:30","date_gmt":"2024-11-12T07:31:30","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=91045"},"modified":"2024-11-12T04:31:33","modified_gmt":"2024-11-12T07:31:33","slug":"polemica-entre-el-gobierno-y-las-empresas-por-la-inclusion-de-tasas-en-las-boletas-de-servicios-publicos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=91045","title":{"rendered":"Pol\u00e9mica entre el Gobierno y las empresas por la inclusi\u00f3n de tasas en las boletas de servicios p\u00fablicos"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">La Secretar\u00eda de Industria y Comercio<strong> imput\u00f3 a 95 empresas de servicios p\u00fablicos por haber incluido en sus facturas tasas o cargos ajenos al contrato preexistente entre el proveedor y el consumidor.<\/strong> Ahora, las compa\u00f1\u00edas tendr\u00e1n cinco d\u00edas h\u00e1biles para hacer su descargo. Cumplido ese plazo, <strong>las firmas sospechadas ser\u00e1n plausibles de ser sancionadas con multas que pueden alcanzar hasta $2130 millones.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Consultadas al respecto, algunas empresas imputadas afirmaron que se trata de una confusi\u00f3n. <strong>Seg\u00fan explicaron, hay una cuesti\u00f3n estrictamente conceptual del t\u00e9rmino que aparece en la factura, pero nada fuera de lo normal y que no se pueda aclarar<\/strong>, ya que el \u00edtem que aparece como \u201cTasa Mun Desagregada\u201d son en realidad tributos asociados a la propia prestaci\u00f3n del servicio, aprobados por los entes reguladores. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En este sentido, desde una distribuidora comentaron: \u201c<strong>La resoluci\u00f3n 267-2024 de la Secretar\u00eda de Industria y Comercio prohibi\u00f3 oportunamente la inclusi\u00f3n de conceptos ajenos al servicio prestado en factura, y eso se respeta a rajatabla. <\/strong>Lo que la Secretar\u00eda prohibi\u00f3 eran conceptos m\u00e1s vinculados a tasas de seguridad e higiene, uso de espacio p\u00fablico, que los municipios aleatoriamente sub\u00edan a la factura de los servicios p\u00fablicos\u201d. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En otra de las compa\u00f1\u00edas imputadas respondieron que la Secretar\u00eda est\u00e1 cometiendo un error. \u201c<strong>Est\u00e1n confundiendo la tasa municipal que se cobraba, que est\u00e1 desde el d\u00eda uno y dentro del contrato de concesi\u00f3n, con la tasa de alumbrado p\u00fablico, que es lo que ellos prohibieron. <\/strong>Confundieron lo que s\u00ed se puede sacar de la factura con lo que no. En alg\u00fan momento tendr\u00e1n que corregir ese error\u201d, explicaron.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Pese a los argumentos de las empresas, fuentes de la Secretar\u00eda de Industria y Comercio <strong>ratificaron las imputaciones<\/strong>. Y explicaron: \u201cDesde que pusimos en marcha el canal, el 11 de octubre pasado, recibimos 2705 denuncias. <strong>Se analizaron una por una y por empresa demandada. En todos los casos est\u00e1 comprobado el presunto incumplimiento a la Resoluci\u00f3n 267, lo que implica que se incorporaron en las facturas conceptos que son ajenas a la prestaci\u00f3n<\/strong>\u201d.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Adem\u00e1s, en la Secretar\u00eda <strong>ratificaron que buscan que al consumidor de todo el pa\u00eds le llegue la factura por lo que tiene que pagar por el servicio de contrato<\/strong>. \u201cNosotros no vamos contra la autonom\u00eda municipal, sino que lo que decimos es que no pueden cobrar eso enganchado a una factura que nada tiene que ver con lo que se quiere cobrar al consumidor\u201d, comentaron. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Asimismo, agregaron que <strong>en las 95 imputaciones no hay ning\u00fan caso que surja de los municipios que han logrado medidas cautelares ante la Justicia<\/strong>. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan pudo saber <strong>LA NACION<\/strong>, se abrieron 244 expedientes vinculados a las imputaciones, uno por cada localidad donde las empresas incumplieron la norma, tras recibirse 2705 reclamos. <strong>Las actuaciones corresponden a facturas con vencimiento posterior al 11 de octubre, cuando entr\u00f3 en vigencia la Resoluci\u00f3n 267\/2024, que determin\u00f3 la prohibici\u00f3n de incluir en los recibos conceptos indebidos, seg\u00fan precis\u00f3 el Gobierno.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La autoridad de aplicaci\u00f3n indic\u00f3 que continuar\u00e1 con la instrucci\u00f3n de sumarios para los pr\u00f3ximos vencimientos de noviembre y diciembre. Al momento <strong>se imputaron empresas del centro porte\u00f1o y de Buenos Aires, Misiones, San Juan, Entre R\u00edos, Santa Fe, C\u00f3rdoba, Santa Cruz, Chubut, Chaco, Jujuy, Neuqu\u00e9n, R\u00edo Negro, Mendoza, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Luis, Santiago del Estero y Tucum\u00e1n.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Desde que reciben la notificaci\u00f3n, las compa\u00f1\u00edas tendr\u00e1n cinco d\u00edas h\u00e1biles para hacer su descargo. <strong>Cumplido ese plazo, la Secretar\u00eda de Industria y Comercio sancionar\u00e1 a aquellas que no cumplieron la norma, de acuerdo a lo previsto por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que en su art\u00edculo 47 inciso b contempla multas de hasta $2130 millones<\/strong>. Algunas de las firmas apercibidas fueron Edesur, Edenor, Edelap, Metrogas, Naturgy, Edesa,  Camuzzi Gas del Sur, con reclamos de clientes que llegaron desde Neuqu\u00e9n, Chubut, R\u00edo Negro y Buenos Aires; Camuzzi Gas Pampeana; la Empresa Distribuidora de Energ\u00eda Norte S.A.; y Gasnea S.A., de Entre R\u00edos, entre otras.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El organismo estatal indic\u00f3 que \u201clas denuncias fueron recibidas en el correo electr\u00f3nico habilitado para tal fin, denunciatufactura@comercio.gob.ar\u201d. <strong>En la resoluci\u00f3n por la que estas empresas fueron sancionadas se indic\u00f3 que con el transcurso del tiempo se volvi\u00f3 una pr\u00e1ctica generalizada que las prestadoras de servicios p\u00fablicos domiciliarios facturaran sumas o conceptos indebidos, ajenos a aquellos contratados por los consumidores<\/strong>.<\/p>\n<section class=\"border border-bottom border-thin border-neutral-light-100 py-24 mb-32\">\n<div class=\"w-100 flex flex-column gap-4\"><span class=\"text ln-text text-12\">Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/span><\/div>\n<\/section>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Secretar\u00eda de Industria y Comercio imput\u00f3 a 95 empresas de servicios p\u00fablicos por haber incluido en sus facturas tasas o cargos ajenos al contrato preexistente entre el proveedor y el consumidor. 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