{"id":79696,"date":"2024-10-10T11:07:40","date_gmt":"2024-10-10T14:07:40","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=79696"},"modified":"2024-10-10T11:07:42","modified_gmt":"2024-10-10T14:07:42","slug":"el-gobierno-actualizo-las-bases-del-impuesto-por-debajo-de-lo-establecido-y-el-alivio-sera-muy-escaso-prometen-corregir-los-numeros","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=79696","title":{"rendered":"El Gobierno actualiz\u00f3 las bases del impuesto por debajo de lo establecido y el alivio ser\u00e1 muy escaso: prometen corregir los n\u00fameros"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p><button class=\"button ln-button font-bold border border-thin rounded-4 gap-8 bg-blue-500 text-light-0 h-40 px-16 py-12 --primary\" title=\"Escuchar nota\" type=\"button\" data-variant=\"primary\" disabled=\"\"><i class=\"icon --icon-24 --inherit\"><svg width=\"24\" height=\"24\" viewbox=\"0 0 24 24\" fill=\"currentColor\"><use href=\"http:\/\/www.lanacion.com.ar\/pf\/resources\/images\/la-nacion-ar-sprite-default.svg?d=1688#listen\"\/><\/svg><\/i><span class=\"text ln-text\">Escuchar<\/span><\/button><\/p>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">La AFIP public\u00f3<strong> un esquema actualizado para el c\u00e1lculo del impuesto a las ganancias<\/strong> que pesa sobre los ingresos de un grupo de trabajadores, y<a href=\"https:\/\/www.afip.gob.ar\/gananciasYBienes\/ganancias\/personas-humanas-sucesiones-indivisas\/deducciones\/deducciones-personales.asp\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\" title=\" los n\u00fameros consignados \" class=\"com-link\"> los n\u00fameros consignados <\/a>son el resultado de aplicarles a las variables involucradas <strong>un reajuste de un porcentaje menor al que se esperaba.<\/strong> En consecuencia, el alivio de la carga fiscal tambi\u00e9n ser\u00e1 <strong>m\u00e1s modesto<\/strong> que el previsto y, m\u00e1s a\u00fan: no se evita que en estos meses haya un aumento de la presi\u00f3n impositiva, dadas las subas nominales de salarios.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Es una situaci\u00f3n que <strong>se est\u00e1 viendo<\/strong> <strong>c\u00f3mo \u201csubsanar\u201d, <\/strong>seg\u00fan admiti\u00f3 ayer por la tarde un funcionario del Ministerio de Econom\u00eda, durante una reuni\u00f3n con diputados. La indexaci\u00f3n en cuesti\u00f3n es de car\u00e1cter \u201cexcepcional\u201d, fue <strong>establecida por la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes <\/strong>-aprobada por el Congreso en junio- y se previ\u00f3 para que tuviera un impacto concreto en los ingresos percibidos a partir de septiembre pasado.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">M\u00e1s all\u00e1 de que en los pr\u00f3ximos meses las empresas deber\u00e1n recalcular el impuesto de per\u00edodos ya pasados (dada la manera tard\u00eda en que se publicaron los nuevos valores), lo cierto es que <mark class=\"hl_underline\">para reajustar las variables que intervienen en la cuenta se tuvo en cuenta la inflaci\u00f3n de dos meses, cuando deber\u00edan haberse tomado tres, seg\u00fan ratificaron quienes participaron de la redacci\u00f3n de la ley.<\/mark><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Tanto los importes de la llamada ganancia no imponible y de las deducciones (generales y por familiares a cargo) que definen a partir de qu\u00e9 salarios se paga el impuesto, como tambi\u00e9n los montos de la tabla de al\u00edcuotas que determina cu\u00e1nto se tributa,<strong> se incrementaron en un 8,37%,<\/strong> tomando como punto de partida las cifras que hab\u00edan regido para lo percibido hasta agosto. La ley 27.743 dispuso un reajuste del esquema para septiembre de este a\u00f1o y defini\u00f3 que deb\u00eda usarse el coeficiente surgido de la variaci\u00f3n del \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC) \u201ccorrespondiente a los meses junio a agosto de 2024, inclusive\u201d. <strong>La suba efectivamente aplicada contempla la inflaci\u00f3n de julio y agosto, pero no la de junio. Por eso, el coeficiente result\u00f3 de 8,37% y no de 13,35%, <\/strong>que fue el aumento de precios que se acumul\u00f3 en los tres meses.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">De acuerdo con la normativa, <strong>los n\u00fameros resultantes de esta actualizaci\u00f3n \u201cexcepcional\u201d de las bases son los que se usar\u00e1n para la liquidaci\u00f3n definitiva del impuesto por lo percibido este a\u00f1o<\/strong> (la aclaraci\u00f3n es porque, como se explicar\u00e1 m\u00e1s adelante, para las<strong> retenciones de los pr\u00f3ximos meses<\/strong> se usar\u00e1 otro esquema, con valores intermedios). Esa liquidaci\u00f3n final del impuesto 2024 se har\u00e1 con los sueldos de abril de 2025. Con la aplicaci\u00f3n del 8,37%, el menor salario mensual promedio de este a\u00f1o alcanzado por Ganancias, para alguien que no tiene deducciones ni por familiares ni por gastos, sube de $1.800.000 a $1.950.685. Si se considerara el 13,35% (la inflaci\u00f3n de junio a agosto), <a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/economia\/ganancias-se-incrementan-este-mes-los-pisos-salariales-para-pagar-el-impuesto-nid12092024\/\" target=\"_self\" title=\"la remuneraci\u00f3n m\u00e1s baja alcanzada por Ganancias ser\u00eda de $2.040.300. \" class=\"com-link\" rel=\"noopener\">la remuneraci\u00f3n m\u00e1s baja alcanzada por Ganancias ser\u00eda de $2.040.300. <\/a>No es el \u00fanico aspecto en el que influye qu\u00e9 coeficiente se utilice, porque, l\u00f3gicamente, cuanto mayor sea el porcentaje de actualizaci\u00f3n, mayor ser\u00e1 el impacto en cuanto a un alivio de los montos a tributar, y eso es v\u00e1lido para cualquier nivel de ingresos.<\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">El secretario de Hacienda, Carlos Guberman, y el diputado Jos\u00e9 Luis Espert, durante la reuni\u00f3n de Comisi\u00f3n de Presupuesto y Hacienda que se realiz\u00f3 ayer en Diputados<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Santiago Filipuzzi<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>El tema le fue planteado ayer al secretario de Hacienda, Carlos Guberman, por el diputado Nicol\u00e1s Massot<\/strong> (Buenos Aires &#8211; Encuentro Federal), durante la mencionada reuni\u00f3n en el Congreso. <strong>\u201cNos desayunamos con que se contabilizaron dos meses,<\/strong> nada m\u00e1s, porque se tom\u00f3 punta a punta el \u00edndice [es decir, el IPC desde fines de junio a fines de agosto] y no la inflaci\u00f3n acumulada de los tres meses, que era el esp\u00edritu [de lo aprobado por el Congreso]\u201d, sostuvo el legislador, tras plantear, adem\u00e1s, diferencias con el Gobierno respecto de la indexaci\u00f3n futura del esquema impositivo.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La respuesta de <strong>Guberman <\/strong>en relaci\u00f3n con la actualizaci\u00f3n de septiembre fue que se est\u00e1 \u201cen el mismo entendimiento\u201d, respecto de que \u201cel ajuste que se hizo no fue de tres meses, sino que fue de dos meses\u201d. Y a\u00f1adi\u00f3:<strong> \u201cEstamos en conversaciones con la AFIP para ver c\u00f3mo subsanamos el tema ese\u201d.<\/strong> De all\u00ed se desprende que habr\u00e1 <strong>una revisi\u00f3n<\/strong> de lo ya publicado por el organismo encargado de la recaudaci\u00f3n fiscal.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Este medio hab\u00eda consultado tanto al Ministerio de Econom\u00eda como a la AFIP respecto de la interpretaci\u00f3n dada a la ley para la actualizaci\u00f3n del esquema, pero no obtuvo respuesta.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan record\u00f3 Massot en di\u00e1logo con LA NACION, la manera en que se ir\u00eda actualizando el esquema de Ganancias fue<strong> una de las negociaciones claves <\/strong>que hubo durante el tratamiento del proyecto de ley de Medidas Fiscales. Seg\u00fan dijo, desde su bloque se plante\u00f3 en marzo que el piso salarial para tributar deb\u00eda ser de una cifra tal que <strong>respondiera a una actualizaci\u00f3n por inflaci\u00f3n de la \u00faltima cifra vigente antes de los cambios<\/strong> hechos por la gesti\u00f3n anterior. Entonces, se acord\u00f3 que la menor remuneraci\u00f3n imponible ser\u00eda de $1.800.000.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>\u201cPero eso fue en marzo, y la ley se termin\u00f3 aprobando a fines de junio\u201d, <\/strong>afirm\u00f3. Agreg\u00f3 que tambi\u00e9n se hab\u00eda pactado que se dispusieran actualizaciones semestrales, en enero y julio de este a\u00f1o, y que solo en 2024, excepcionalmente, se hiciera<strong> un reajuste en septiembre.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El diputado hab\u00eda expresado en su momento sus cuestionamientos al decreto reglamentario de la ley, que se conoci\u00f3 en julio. Ese decreto, el 652, establece que <strong>la actualizaci\u00f3n del impuesto para enero de 2025 tomar\u00e1 en cuenta \u201cel coeficiente que surja de la variaci\u00f3n del \u00edndice de Precios al Consumidor (&#8230;) correspondiente a los meses septiembre a diciembre de 2024, inclusive\u201d.<\/strong><\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">El diputado Nicol\u00e1s Massot plante\u00f3 sus diferencias con el Gobierno respecto de la indexaci\u00f3n que tendr\u00e1 el a\u00f1o pr\u00f3ximo el esquema del impuesto a las ganancias<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Fabi\u00e1n marelli &#8211; LA NACION<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan Massot, <strong>deber\u00eda tomarse completo el segundo semestre de este a\u00f1o, <\/strong>mientras que la reglamentaci\u00f3n <strong>se saltea<\/strong> <strong>julio y agosto.<\/strong> El reajuste hecho con efecto desde septiembre es por una <strong>excepcionalidad <\/strong>(dado el retraso de los montos frente a la inflaci\u00f3n de este a\u00f1o) y, por tanto, de acuerdo con su interpretaci\u00f3n, no deber\u00eda ponerse como excusa no poder repetir, en dos actualizaciones diferentes, el uso de la inflaci\u00f3n de julio y agosto.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201cNosotros hab\u00edamos planteado que para la actualizaci\u00f3n de septiembre<strong> se usara el IPC de abril, mayo y junio\u201d,<\/strong> dado que los n\u00fameros incluidos en la ley se hab\u00edan fijado ya en marzo. Pero el oficialismo decidi\u00f3 que se tomara otro per\u00edodo.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La actualizaci\u00f3n que, en la pr\u00e1ctica y al menos por ahora es de 8,37% (y que, subsanada, ser\u00eda de 13,35%) mostrar\u00e1 sus efectos completos reci\u00e9n <strong>cuando se haga la liquidaci\u00f3n definitiva del impuesto de 2024,<\/strong> algo que, como se consign\u00f3, se har\u00e1 con los sueldos de abril de 2025.<\/p>\n<div class=\"content-media cursor-pointer\">\n<section class=\"mod-media ratio-16-9\">\n<div class=\"mod-video\">\n<div class=\"video-player bg-black ratio-16-9\">\n<div id=\"facade-2HEYDduv\" class=\"content-facade-jw relative bg-black ratio-16-9\"><picture><source media=\"(min-width: 768px)\" srcset=\"https:\/\/cdn.jwplayer.com\/v2\/media\/2HEYDduv\/poster.jpg?width=720\"\/><\/picture><\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>Para las retenciones mensuales correspondientes a los ingresos cobrados entre septiembre y diciembre la AFIP estableci\u00f3 una tabla con valores intermedios,<\/strong> que contemplan un aumento escaso de las deducciones. Por eso, y m\u00e1s all\u00e1 de que esos valores sean o no luego corregidos, <strong>en los descuentos de los pr\u00f3ximos meses no se percibir\u00e1 un cambio muy significativo. <\/strong>Las empresas, eso s\u00ed, deber\u00e1n recalcular el tributo de los salarios de agosto (si fueron cobrados en el mes siguiente) y de septiembre, y eso conllevar\u00e1 alg\u00fan alivio de la carga fiscal.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Con los <strong>salarios de abril de 2025,<\/strong> en tanto, deber\u00e1 recalcularse todo el impuesto cobrado este a\u00f1o, porque solo para ese momento (en el cual se har\u00e1 la liquidaci\u00f3n anual del tributo) <strong>se aplicar\u00e1n de manera completa los importes reajustados en funci\u00f3n de la indexaci\u00f3n extraordinaria ya explicada. <\/strong>Entonces, deber\u00e1 haber una compensaci\u00f3n por los montos que, en funci\u00f3n del esquema actualizado, hayan sido retenidos de m\u00e1s. <strong>Y no est\u00e1 previsto que esos importes tengan alg\u00fan ajuste,<\/strong> para reparar los efectos de la p\u00e9rdida del poder adquisitivo de los pesos.<\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">En el actual esquema impositivo se habilitan deducciones por hijos y c\u00f3nyuge a cargo y tambi\u00e9n por determinados gastos hechos por el empleado<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Freepik<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En estos \u00faltimos meses, como los salarios tuvieron reajustes a causa de la elevada inflaci\u00f3n, la modesta actualizaci\u00f3n planteada con efectos desde septiembre <strong>no alcanza para evitar un incremento de la presi\u00f3n tributaria. <\/strong>Entre abril y agosto el IPC avanz\u00f3 un 28,5%. Aplicar ese \u00edndice (cosa que no ocurrir\u00e1) llevar\u00eda el piso salarial para tributar a un monto que, en t\u00e9rminos reales (corregido por inflaci\u00f3n) ser\u00eda cercano al que reg\u00eda hasta septiembre de 2023.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Hasta los ingresos percibidos en agosto de este a\u00f1o el piso salarial para tributar era de $1.800.000 (en bruto) para un empleado sin deducciones por familia, en tanto que<strong> la cifra era de $2.400.800 para un asalariado con c\u00f3nyuge y dos hijos menores a cargo, y de $2.094.799 si se aplica deducci\u00f3n solo por dos hijos.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Para los ingresos que se cobren <strong>entre septiembre y fin de a\u00f1o <\/strong>los pisos depender\u00e1n de los ingresos que se hayan acumulado en los \u00faltimos meses, pero no ser\u00e1n sustancialmente diferentes a los citados. Y en la liquidaci\u00f3n que se har\u00e1 el a\u00f1o pr\u00f3ximo regir\u00e1n deducciones que llevar\u00e1n, dada la interpretaci\u00f3n de la ley hecha por la AFIP, la remuneraci\u00f3n m\u00e1s baja para tributar a <strong>$1.950.685,<\/strong> en bruto, en el caso de un trabajador sin cargas de familia. Si se hace la correcci\u00f3n para que la indexaci\u00f3n sea en funci\u00f3n de la inflaci\u00f3n de tres meses, la cifra ser\u00e1 de $2.040.300.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Que el efecto de la actualizaci\u00f3n se ver\u00e1 en mayor medida reci\u00e9n en 2025 es algo que ya estaba previsto, dado lo establecido por <strong>la resoluci\u00f3n 5531 de la AFIP. <\/strong>All\u00ed se dispuso que, si bien los valores actualizados tendr\u00e1n vigencia por todo 2024, la correcci\u00f3n de lo descontado en los \u00faltimos meses se har\u00e1 <strong>cuando se concrete la cuenta final del tributo.<\/strong><\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">La AFIP public\u00f3 nuevos valores para el c\u00e1lculo del impuesto a las ganancias, pero los datos ser\u00edan revisados<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Rodrigo Nespolo<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El impuesto sobre los ingresos laborales y previsionales de las personas fue modificado por el Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo, a mediados de este a\u00f1o, aunque <strong>la aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica de las nuevas reglas lleg\u00f3 con los salarios de agosto. <\/strong>Por el momento en que se aprobaron las reglamentaciones, las empresas no llegaron a adecuar los sistemas para la liquidaci\u00f3n de las remuneraciones de julio, para las cuales ya reg\u00eda, en teor\u00eda, el nuevo esquema. Por eso, con los sueldos de agosto se hicieron reajustes retroactivos.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El <strong>desfase temporal <\/strong>se repetir\u00e1 con cada actualizaci\u00f3n del esquema. \u00bfPor qu\u00e9? Porque, por ejemplo, para definir el esquema vigente a partir de los ingresos percibidos el 1\u00b0 de enero, se dispuso que las variables deber\u00e1n actualizarse seg\u00fan la inflaci\u00f3n de un per\u00edodo finalizado en diciembre. Y el dato del IPC de ese mes reci\u00e9n se conocer\u00e1 a mediados de enero. Eso llevar\u00e1 a que, <strong>con la liquidaci\u00f3n de los salarios a cobrar en enero, se haga la cuenta de una determinada manera, que luego deber\u00e1 ser corregida.<\/strong><\/p>\n<section class=\"border border-top border-bottom border-thin border-neutral-light-100 py-24 mb-32\">\n<div class=\"w-100 flex flex-column gap-4\"><span class=\"text ln-text text-12\">Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/span><\/div>\n<\/section>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Escuchar La AFIP public\u00f3 un esquema actualizado para el c\u00e1lculo del impuesto a las ganancias que pesa sobre los ingresos de un grupo de trabajadores, y los n\u00fameros consignados son el resultado de aplicarles a las variables involucradas un reajuste de un porcentaje menor al que se esperaba. 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