{"id":68529,"date":"2024-02-01T14:56:45","date_gmt":"2024-02-01T17:56:45","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=68529"},"modified":"2024-02-01T14:56:48","modified_gmt":"2024-02-01T17:56:48","slug":"un-juez-archivo-una-denuncia-que-pedia-penalizar-a-los-supermercados-por-el-aumento-de-los-precios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=68529","title":{"rendered":"Un juez archiv\u00f3 una denuncia que ped\u00eda penalizar a los supermercados por el aumento de los precios"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2024\/02\/h1Bqg5ttV_1200x630__1-1.jpg\"\/><\/p>\n<p>El juez en lo penal econ\u00f3mico Marcelo Aguinsky <strong>desestim\u00f3 la denuncia formulada por el abogado Osvaldo Oscar Albano<\/strong> contra supermercados y industrias alimenticias por el aumento de los precios y archiv\u00f3 la causa por inexistencia de delito.<\/p>\n<p>En <strong>diciembre del 2023, el abogado Osvaldo Oscar Albano present\u00f3 una denuncia contra dos grupos de empresarios de la industria alimenticia y farmac\u00e9utica por &quot;especular&quot; con el aumento de los precios. <\/strong>El abogado plante\u00f3 que esta suba de precios &quot;se deb\u00eda a especulaciones, negociaciones o coaliciones que afectaban al orden p\u00fablico&quot;.<\/p>\n<p>En cambio, para el juez, <strong>este escenario es \u201cel reflejo de una angustiante situaci\u00f3n de desequilibrio econ\u00f3mico que atraviesa esta naci\u00f3n, en un contexto temporal de cambios de signo pol\u00edtico que s\u00f3lo profundizan incertidumbres sobre el futuro de la econom\u00eda nacional\u201d<\/strong>.<\/p>\n<p>Aguinsky record\u00f3 que \u201cla especulaci\u00f3n y el control de precios han sido <strong>problemas recurrentes en la econom\u00eda a lo largo de la historia<\/strong> con la l\u00f3gica repercusi\u00f3n en el mundo del Derecho. Desde la piedra normativa del Rey Hammurabi y sus precios regulados (a\u00f1o 1750 a.c.)&quot; hasta los controles de precios de hoy.<\/p>\n<p>En el contexto &quot;de desequilibrio econ\u00f3mico que vivimos, no puede negarse que <strong>existan casos de especulaci\u00f3n<\/strong>. En s\u00ed, a mayor incertidumbre mayor especulaci\u00f3n. Pero creo no equivocarme que el clima de especulaci\u00f3n que se vive en los \u00faltimos tiempos <strong>no es de lucro, sino de resguardo<\/strong>. Dudo que los fen\u00f3menos especulativos actuales est\u00e9n todos dirigidos a \u201cganar m\u00e1s\u201d, sino que est\u00e1n intentando \u201cperder menos\u201d.<\/p>\n<p>Pero &quot;<strong>no es la ley penal,<\/strong> en este caso, la herramienta normativa adecuada para tratar de poner orden a este caos de precios que consterna al denunciante y seguramente a gran parte de la poblaci\u00f3n&quot;, agreg\u00f3 el juez en su resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para el juez, el \u00e1mbito para resolver <strong>esta denuncia es la secretaria de Comercio de la Naci\u00f3n<\/strong>. &quot;S\u00f3lo hay que observar la cantidad de leyes y reglamentaciones que tienen a la Secretar\u00eda de Comercio como autoridad de aplicaci\u00f3n. Ese vadem\u00e9cum de normas constituye, en gran parte, el marco jur\u00eddico del mercado competitivo y de defensa de los consumidores&quot;, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>&quot;La ley penal es un remedio de \u00faltima instancia y <strong>no un comod\u00edn para hacer populismo judicial<\/strong>. El principio de intervenci\u00f3n m\u00ednima deriva del car\u00e1cter fragmentario y subsidiario del derecho penal&quot;, subray\u00f3 el juez.<\/p>\n<p>Record\u00f3 que la Constituci\u00f3n Nacional en su art\u00edculo  42 establece, entre otros lineamientos, que \u201clas autoridades proveer\u00e1n \u2026 a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsi\u00f3n de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales\u2026\u201d<\/p>\n<p>Entonces, &quot;la m\u00e1xima norma argentina propicia la existencia de un marco jur\u00eddico del mercado competitivo&quot;, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>Nuestra Carta Magna &quot;acepta la idea de \u201cla mano invisible\u201d para generar un mercado libre que beneficie al conjunto, pero al indicar que los derechos que all\u00ed se hagan valer deber\u00e1n ser ejercidos \u201cconforme a las leyes que reglamenten su ejercicio\u201d, la misma Norma Fundamental establece<strong> un &quot;ring visible&quot; con reglas de juego para una competencia justa y provechosa<\/strong>.\u201d<\/p>\n<p>La denuncia fue desestimada luego del dictamen del fiscal en lo penal econ\u00f3mico Emilio Guerberoff.<\/p>\n<p>Seg\u00fan <strong>Albano, estas empresas estar\u00edan infringiendo el art\u00edculo 300, punto 1 del C\u00f3digo Penal<\/strong>. El cual lee \u201cSer\u00e1n reprimidos con prisi\u00f3n de seis (6) meses a dos (2) a\u00f1os: 1. El que hiciere alzar o bajar el precio de las mercader\u00edas por medio de noticias falsas, negociaciones fingidas o por reuni\u00f3n o coalici\u00f3n entre los principales tenedores de una mercanc\u00eda o g\u00e9nero, con el fin de no venderla o de no venderla sino a un precio determinado\u201d.<\/p>\n<p>A su vez, <strong>Albano tambi\u00e9n los denunci\u00f3 por los art\u00edculos 209 y 210. El 209 plantea que hay una instigaci\u00f3n a cometer delitos. Este dice que ser\u00e1 penado<\/strong> \u201cel que p\u00fablicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona o instituci\u00f3n, ser\u00e1 reprimido, por la sola instigaci\u00f3n, con prisi\u00f3n de dos a seis a\u00f1os, seg\u00fan la gravedad del delito y las dem\u00e1s circunstancias establecidas en el art\u00edculo 41\u201d.<\/p>\n<p><strong>El 210 habla de las asociaciones il\u00edcitas<\/strong>, lee \u201cSer\u00e1 reprimido con prisi\u00f3n o reclusi\u00f3n de tres a diez a\u00f1os, el que tomare parte en una asociaci\u00f3n o banda de tres o m\u00e1s personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociaci\u00f3n. Para los jefes u organizadores de la asociaci\u00f3n el m\u00ednimo de la pena ser\u00e1 de cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n o reclusi\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>El planteo del abogado sosten\u00eda que \u201clos empresarios sub\u00edan sus precios acorde a las subas del d\u00f3lar blue para evitar perder patrimonio en caso de una devaluaci\u00f3n\u201d. Luego, cuando asumi\u00f3 un nuevo gobierno el 10 de diciembre y \u201cse hizo una devaluaci\u00f3n del d\u00f3lar oficial a 820, los empresarios plantearon que deb\u00edan hacer una suba correspondiente al aumento de ese d\u00f3lar\u201d. Esto para el abogado, \u201ces una sumatoria artificial doble de los precios\u201d.<\/p>\n<p>Para Albano, esto no presenta \u201csentido com\u00fan\u201d. El abogado asegur\u00f3 que \u201c<strong>es un aumento desorbitado y artificial de los precios<\/strong>\u201d. Agreg\u00f3 que \u201c<strong>los empresarios argentinos ten\u00edan un claro acuerdo t\u00e1cito o hasta posiblemente expreso y oculto entre ellos<\/strong>\u201d.<\/p>\n<p>Este <strong>acuerdo<\/strong>, seg\u00fan el abogado era entre \u201c<strong>empresarios industriales, mayoristas, proveedores y comerciantes, para as\u00ed poder lograr un sistema de ganancias en su beneficio, causando as\u00ed un \u2018da\u00f1o indeterminado a un n\u00famero impreciso de personas\u2019&quot;.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Tabatha Barrera Carlini, Maestr\u00eda de Clar\u00edn\/ Universidad de San Andr\u00e9s. <\/strong><\/p>\n<p>La entrada Un juez archiv\u00f3 una denuncia que ped\u00eda penalizar a los supermercados por el aumento de los precios se public\u00f3 primero en DIARIO DIGITAL MORENO MEDIOS.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El juez en lo penal econ\u00f3mico Marcelo Aguinsky desestim\u00f3 la denuncia formulada por el abogado Osvaldo Oscar Albano contra supermercados y industrias alimenticias por el aumento de los precios y archiv\u00f3 la causa por inexistencia de delito. 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