{"id":226246,"date":"2026-02-16T17:05:49","date_gmt":"2026-02-16T20:05:49","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=226246"},"modified":"2026-02-16T17:05:50","modified_gmt":"2026-02-16T20:05:50","slug":"el-silencioso-mal-que-sufren-las-empresas-argentinas-y-que-ahora-esta-en-el-ojo-de-la-tormenta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=226246","title":{"rendered":"El silencioso mal que sufren las empresas argentinas y que ahora est\u00e1 en el ojo de la tormenta"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">La ausencia de trabajadores durante la jornada laboral impacta de manera directa en la productividad de las empresas y genera costos que no siempre pueden recuperarse. <strong>En la Argentina, el a\u00f1o pasado el 58% de las compa\u00f1\u00edas privadas registr\u00f3 al menos una ausencia mensual, <\/strong>lo que implica que el <strong>ausentismo laboral afect\u00f3 a seis de cada diez firmas. <\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La causa m\u00e1s frecuente fueron las<strong> enfermedades no laborales,<\/strong> que explicaron el<strong> 49% de los casos. <\/strong>Seg\u00fan datos de la <strong>Secretar\u00eda de Trabajo<\/strong> citados en un informe del Instituto para el Desarrollo Social Argentino (Idesa), <strong>un 20% de las ausencias correspondi\u00f3 a faltas sin aviso, mientras que el 31% restante obedeci\u00f3 a otros motivos.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">De acuerdo con la normativa vigente, ante accidentes o enfermedades no laborales,<strong> el empleador debe mantener el pago del salario durante un per\u00edodo que var\u00eda entre tres y doce meses<\/strong>, seg\u00fan la antig\u00fcedad del trabajador y la existencia de familiares a cargo. Adem\u00e1s, si el empleado queda con una secuela incapacitante y la empresa decide extinguir el v\u00ednculo laboral, corresponde una indemnizaci\u00f3n especial.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El proyecto de modernizaci\u00f3n laboral aprobado en el Senado introduce cambios en este esquema. <strong>Establece que, ante una enfermedad no laboral, el trabajador percibir\u00e1 el 50% del salario si la afecci\u00f3n fue producto de una actividad voluntaria y consciente del riesgo para la salud. Si no lo fuera, la prestaci\u00f3n ser\u00e1 equivalente al 75% del salario.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Tambi\u00e9n se reduce el per\u00edodo de cobertura a tres o seis meses, seg\u00fan el trabajador tenga o no cargas de familia, y se elimina la extensi\u00f3n adicional por antig\u00fcedad. La indemnizaci\u00f3n especial en caso de despido no fue modificada.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Idesa cuestion\u00f3 el<strong> dise\u00f1o vigente de la Ley de Contrato <\/strong>de Trabajo para cubrir enfermedades no laborales y lo calific\u00f3 como \u201c<strong>extremadamente r\u00fastico\u201d. <\/strong>Seg\u00fan el informe, en casos leves puede incentivar ausencias dif\u00edciles de controlar, mientras que en enfermedades de larga duraci\u00f3n resulta oneroso \u2014especialmente para las empresas peque\u00f1as\u2014 y puede generar incentivos a la desvinculaci\u00f3n del trabajador, aun con el costo de la indemnizaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El instituto tambi\u00e9n compar\u00f3 el esquema argentino con el de otros pa\u00edses. En varios <strong>sistemas europeos,<\/strong> durante <strong>los primeros d\u00edas de ausencia no existe obligaci\u00f3n de pago del salario; luego el empleador cubre una parte de la remuneraci\u00f3n \u2014entre 50% y 80%\u2014 por un per\u00edodo acotado, tras lo cual la seguridad social asume la prestaci\u00f3n por plazos que pueden extenderse entre uno y tres a\u00f1os.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Otro caso citado es el de <strong>Uruguay,<\/strong> donde durante los <strong>primeros tres d\u00edas no hay obligaci\u00f3n de pago y, a partir del cuarto, la seguridad social abona una prestaci\u00f3n equivalente al 70% del salario que puede extenderse hasta dos a\u00f1os.<\/strong> Seg\u00fan Idesa, este esquema busca desalentar el ausentismo injustificado, distribuir los costos y reforzar la protecci\u00f3n de quienes padecen enfermedades prolongadas.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En ese contexto, <strong>el instituto fue tambi\u00e9n cr\u00edtico con los cambios introducidos en el proyecto aprobado por el Senado. \u201cNo solo mantiene la responsabilidad en el empleador y profundiza la desprotecci\u00f3n a los trabajadores con enfermedades de larga duraci\u00f3n, sino que <\/strong><mark class=\"hl_underline\"><strong>incorpora una diferencia seg\u00fan el origen de la enfermedad que es imposible de llevar a la pr\u00e1ctica\u201d, <\/strong><\/mark>advirti\u00f3. Adem\u00e1s, <strong>recomend\u00f3 que en la C\u00e1mara de Diputados se introduzcan modificaciones, por ejemplo, adoptando un esquema similar al uruguayo.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En el Gobierno admiten que el revuelo pol\u00edtico y p\u00fablico generado por el cambio en las licencias m\u00e9dicas podr\u00eda complicar una aprobaci\u00f3n que, tras la votaci\u00f3n favorable en el Senado, se daba por encaminada. Por eso, comenzaron a analizar alternativas para desactivar la controversia sin alterar el texto ya aprobado.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Fuentes oficiales se\u00f1alaron a<strong> LA NACION <\/strong>que la estrategia ser\u00eda convocar, una vez sancionada la ley, a la renegociaci\u00f3n de los <a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/economia\/para-blindar-la-reforma-laboral-el-gobierno-analiza-una-solucion-a-la-polemica-de-las-licencias-nid15022026\/\" target=\"_self\" title=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/economia\/para-blindar-la-reforma-laboral-el-gobierno-analiza-una-solucion-a-la-polemica-de-las-licencias-nid15022026\/\" class=\"com-link break-word\" data-mrf-recirculation=\"n_link_parrafo\">convenios colectivos. <\/a>El Poder Ejecutivo impulsar\u00eda la incorporaci\u00f3n de una cl\u00e1usula que establezca que, <strong>cuando la imposibilidad de prestar tareas est\u00e9 debidamente acreditada, se adicione a los importes previstos en el art\u00edculo 208 \u2014que regula las licencias m\u00e9dicas\u2014 un adicional no remunerativo destinado a completar el 100% del salario neto.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan explicaron, tambi\u00e9n se buscar\u00eda garantizar el aporte a la obra social durante el per\u00edodo de enfermedad y evaluar eventuales ajustes en la duraci\u00f3n de las licencias.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Algunos hab\u00edan planteado la posibilidad de introducir cambios v\u00eda reglamentaci\u00f3n, pero especialistas en derecho laboral advierten que esta no puede exceder lo que establece la ley. En cambio, los convenios colectivos s\u00ed permitir\u00edan ajustes. <strong>\u201cSe asumir\u00eda un compromiso pol\u00edtico p\u00fablico\u201d,<\/strong> explicaron desde el oficialismo ante las dudas sobre la viabilidad de la propuesta.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Uno de los interrogantes que abre esta alternativa es qu\u00e9 ocurrir\u00e1 con los trabajadores fuera de convenio, que podr\u00edan quedar al margen de esos acuerdos. En el Gobierno, sin embargo, consideran que en la pr\u00e1ctica las empresas no aplicar\u00edan reg\u00edmenes diferenciados y que el adicional terminar\u00eda funcionando como un beneficio generalizado.<\/p>\n<section class=\"container-center-100 mb-40 border border-bottom border-thin border-neutral-light-700\">\n<hr\/>\n<\/section>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La ausencia de trabajadores durante la jornada laboral impacta de manera directa en la productividad de las empresas y genera costos que no siempre pueden recuperarse. 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