{"id":219198,"date":"2025-12-09T17:02:21","date_gmt":"2025-12-09T20:02:21","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=219198"},"modified":"2025-12-09T17:02:22","modified_gmt":"2025-12-09T20:02:22","slug":"impacto-en-el-precio-de-los-autos-ganancias-para-empresas-y-cambios-en-alquileres-y-ventas-de-inmuebles","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=219198","title":{"rendered":"Impacto en el precio de los autos, Ganancias para empresas, y cambios en alquileres y ventas de inmuebles"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">El Gobierno presentar\u00e1 un cap\u00edtulo tributario que <strong>busca eliminar impuestos internos para autos y motos, entre otros, para abaratar los precios de esos bienes; incentivar el alquiler para agregar oferta; abaratar la compra-venta de propiedades; bajar el impuesto a las ganancias que pagan las empresas y crear un miniRIGI para pymes con la intenci\u00f3n de impulsar la inversi\u00f3n en la econom\u00eda<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Va a haber un \u201cr\u00e9gimen de Incentivo para Medianas Inversiones; exenci\u00f3n de IVA a la energ\u00eda el\u00e9ctrica usada en industrial; eliminaciones impositivas importantes, entre los que se destacan impuestos internos a los electr\u00f3nicos, autos, motos, aeronaves, embarcaciones, telefon\u00eda celular, seguros, servicios audiovisuales, cine, alquileres destinados a vivienda, etc\u00e9tera; y se eliminan los impuestos cedulares a renta financiera y enajenaci\u00f3n de inmuebles\u201d, dijo el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, en una conferencia de prensa sin dar detalles de los anuncios. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Un borrador que circulaba entre empresas ya daba algunas precisiones de los cambios que trabaja el Gobierno y que, a grandes rasgos, termin\u00f3 de ratificar el jefe de los ministros hoy.<strong> Sin embargo, ni Casa Rosada ni el Ministerio de Econom\u00eda confirmaron los detalles finales de la reforma laboral ni del cap\u00edtulo que contiene cambios tributarios. <\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u00bfQu\u00e9 pasar\u00eda con las propiedades? Con relaci\u00f3n al Impuesto a las Ganancias, seg\u00fan el borrador que circul\u00f3 en estos d\u00edas entre las empresas, <strong>se eximir\u00edan las ganancias por alquiler de inmuebles con destino a casa habitaci\u00f3n. En sinton\u00eda, tambi\u00e9n se eximir\u00edan a partir del 1ro de enero de 2026 los resultados derivados de la venta de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre inmuebles que hubieran sido adquiridos a partir del 1ro de enero de 2018.<\/strong> Con estos cambios, tras eliminar el ITI, se dar\u00eda de baja el impuesto cedular.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Adem\u00e1s, <strong>no pagar\u00eda Ganancias \u201ctodo resultado derivado de renta financiera de fuente argentina (inclusive acciones y obligaciones negociables sin cotizaci\u00f3n, ADRs, entre otras)\u201d. En cambio, s\u00ed estar\u00e1n alcanzadas las monedas digitales.<\/strong> Con relaci\u00f3n a los establecimientos de invernada, se permitir\u00eda \u201cla opci\u00f3n de asimilar la valuaci\u00f3n de un establecimiento de invernada con uno de cr\u00eda, beneficiando la actividad\u201d, seg\u00fan el borrador al que accedi\u00f3 <strong>LA NACION. <\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>Tambi\u00e9n habr\u00eda cambios en la tasa de impuestos a las sociedades de capital (las empresas).<\/strong> Por caso, para ejercicios fiscales iniciados a partir del 1ro de enero de 2026 se modifican las tasas media y m\u00e1xima de la escala: la 2da escala pasar\u00e1 de 30% a 27%; y la 3era escala, de 35% a 31,50%. La 1ra escala se mantiene el 25%, seg\u00fan el texto. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Habr\u00eda otra novedad importante para las empresas:<strong> los quebrantos Impositivos se podr\u00e1n actualizar por IPC (\u00edndice de precios al consumidor), se menciona en el borrador. <\/strong>Esa posibilidad ser\u00e1 para aquellos quebrantos generados en ejercicios fiscales que inicien a partir del 1ro de enero de 2025, bajo el argumento que dejar\u00eda de regir la supuesta limitaci\u00f3n actualmente prevista, lo que est\u00e1 alineado con la reciente interpretaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Nacional de Impuestos<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Con relaci\u00f3n al IVA, <strong>\u201cla al\u00edcuota por el suministro de energ\u00eda el\u00e9ctrica utilizada para sistemas de riego del sector agroindustrial se establece en 10,50%\u201d,<\/strong> indic\u00f3 el borrador que no fue confirmado ni por el Ministerio de Econom\u00eda que dirige Luis Caputo ni por Casa Rosada. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>Seg\u00fan el borrador, habr\u00eda una eliminaci\u00f3n de impuestos internos para Seguros; Servicios de telefon\u00eda celular y satelital; Objetos suntuarios (piedras preciosas, joyer\u00eda, monedas de otro y plata determinadas prendas de vestir, alfombras y tapices); Veh\u00edculos autom\u00f3viles y motores, embarcaciones de recreo o deportes y aeronaves;<\/strong> mientras que se mantendr\u00edan a los sectores de Tabaco; Bebidas alcoh\u00f3licas; Cervezas; Bebidas analcoh\u00f3licas, jarabes, extractos y concentrados. <strong>\u201cSe deroga por completo la Ley de Impuestos Internos vinculados a \u2018Productos Electr\u00f3nicos y Otros Bienes\u2019\u201d, <\/strong>dice la letra chica del supuesto proyecto del Gobierno. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>El Gobierno prev\u00e9 adem\u00e1s la creaci\u00f3n del R\u00e9gimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que tendr\u00e1 como objetivo \u201cincentivar las Medianas Inversiones (nacionales y extranjeras) en la Argentina, buscando promover el desarrollo econ\u00f3mico, la competitividad y las exportaciones\u201d.<\/strong> Ser\u00e1 para personas jur\u00eddicas constituidas y habilitadas en el pa\u00eds que realicen inversiones productivas. Se considerar\u00e1n las inversiones realizadas durante los dos primeros a\u00f1os de vigencia del r\u00e9gimen. Seg\u00fan la norma, podr\u00e1n entrar la adquisici\u00f3n, elaboraci\u00f3n, fabricaci\u00f3n y\/o importaci\u00f3n de bienes muebles nuevos amortizables (excepto autom\u00f3viles), y realizaci\u00f3n de obras, destinadas a actividades productivas (a reglamentar por ARCA). <strong>Quedar\u00e1n excluidos las inversiones en activos financieros, de portfolio y bienes de cambio. <\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>Los montos m\u00ednimos de inversi\u00f3n ser\u00e1n:<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Micro Empresas: US$150.000<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Peque\u00f1as Empresas: US$600.000<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Medianas Empresas (Tramo 1): US$3.500.000<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Medianas Empresas (Tramo 2): US$9.000.000<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Resto de Empresas: US$30.000.000<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u00bfQu\u00e9 beneficios fiscales se prev\u00e9n? <strong>Amortizaci\u00f3n acelerada en el caso de Ganancias. Seg\u00fan la letra del borrador al que accedi\u00f3 este medio, <\/strong>se puede optar por un r\u00e9gimen de amortizaci\u00f3n acelerada a partir del per\u00edodo fiscal de afectaci\u00f3n del bien; bienes muebles amortizables (generales): en dos cuotas anuales, iguales y consecutivas; y obras: cuotas anuales que surjan de su vida \u00fatil reducida al 60% de la estimada. Tambi\u00e9n entran los equipos espec\u00edficos (mayor aceleraci\u00f3n): equipos de riego agr\u00edcola y\/o equipos de alta eficiencia energ\u00e9tica: en uns cuota (totalmente el primer a\u00f1o); mallas antigranizo: en una cuota (totalmente el primer a\u00f1o); bienes semovientes amortizables: en dos cuotas anuales, iguales y consecutivas; minas y canteras: se multiplica en 1,6 la amortizaci\u00f3n ya admitida. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Con relaci\u00f3n al IVA (devoluci\u00f3n de cr\u00e9ditos fiscales), el borrador de la norma prev\u00e9 que<strong> los cr\u00e9ditos fiscales generados por las inversiones productivas son susceptibles de devoluci\u00f3n<\/strong>; adem\u00e1s dice que se podr\u00e1n computar para devoluci\u00f3n luego de transcurridos tres per\u00edodos fiscales desde la opci\u00f3n; y que el r\u00e9gimen opera con un cupo presupuestario m\u00e1ximo anual determinado por Econom\u00eda.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>Con relaci\u00f3n a la caducidad y las exclusiones, el RIMI prev\u00e9 sobre estas \u00faltimas que no pueden acceder quienes est\u00e9n declarados en quiebra, registren deudas fiscales firmes o accedan al RIGI por la misma inversi\u00f3n, ni quienes tengan condenas firmes por delitos tributarios,<\/strong> aduaneros o de la Ley N\u00b0 27.401 (responsabilidad penal aplicable a las personas jur\u00eddicas privadas). De la misma manera, la ocurrencia de tales supuestos con posterioridad a la adhesi\u00f3n a los beneficios ser\u00e1 causal de caducidad total;<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Sobre la caducidad (bienes en patrimonio), indica que los bienes deben permanecer en el patrimonio del beneficiario por dos a\u00f1os fiscales desde su afectaci\u00f3n, salvo reemplazo o destrucci\u00f3n; y sobre las sanciones, seg\u00fan el borrador, en caso de revocaci\u00f3n, el beneficiario deber\u00e1 restituir al fisco los cr\u00e9ditos devueltos o el impuesto ingresado en defecto, m\u00e1s intereses resarcitorios y una multa de hasta dos veces la franquicia usufructuada. <\/p>\n<section class=\"container-center-100 mb-40 border border-bottom border-thin border-neutral-light-700\">\n<hr\/>\n<\/section>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno presentar\u00e1 un cap\u00edtulo tributario que busca eliminar impuestos internos para autos y motos, entre otros, para abaratar los precios de esos bienes; incentivar el alquiler para agregar oferta; abaratar la compra-venta de propiedades; bajar el impuesto a las ganancias que pagan las empresas y crear un miniRIGI para pymes con la intenci\u00f3n de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":219199,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-219198","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/219198","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=219198"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/219198\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":219200,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/219198\/revisions\/219200"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/219199"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=219198"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=219198"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=219198"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}