{"id":213302,"date":"2025-10-29T12:09:21","date_gmt":"2025-10-29T15:09:21","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=213302"},"modified":"2025-10-29T12:09:23","modified_gmt":"2025-10-29T15:09:23","slug":"la-justicia-ordeno-ampliar-la-cobertura-de-medicamentos-al-100-en-todo-el-pais","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=213302","title":{"rendered":"La Justicia orden\u00f3 ampliar la cobertura de medicamentos al 100% en todo el pa\u00eds"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">Una resoluci\u00f3n judicial dictada en Mendoza <strong>le ordena al PAMI suspender a todo el pa\u00eds la aplicaci\u00f3n de dos resoluciones emitidas el a\u00f1o pasado, <\/strong>a trav\u00e9s de las cuales se estableci\u00f3 una serie de requisitos y se dispuso la vigencia de un tr\u00e1mite administrativo para que los afiliados puedan acceder a la <strong>cobertura de medicamentos al 100%.<\/strong> <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En consecuencia, la obra social de los jubilados y pensionados y que tiene unos 5 millones de afiliados, <strong>deber\u00e1 otorgar de manera amplia los remedios incluidos en un vadem\u00e9cum, <\/strong>tal como lo hac\u00eda antes de que se emitieran las medidas que est\u00e1n ahora en revisi\u00f3n (la Justicia a\u00fan no las cuestion\u00f3, porque queda pendiente la definici\u00f3n sobre el fondo de la cuesti\u00f3n, pero s\u00ed orden\u00f3 que por ahora no se apliquen).<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Lo dispuesto por el juez <strong>Pablo Oscar Quir\u00f3s, <\/strong>del Juzgado Federal de Mendoza N\u00b0 2 es, en rigor, una extensi\u00f3n a todo el pa\u00eds de la medida cautelar que hab\u00eda sido ya dictada con alcance para varias jurisdicciones. El pedido de una disposici\u00f3n con efecto para los afiliados al PAMI en todo el pa\u00eds fue promovido por la <strong>Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En el mencionado juzgado se gestionan <strong>todas las demandas de car\u00e1cter colectivo <\/strong>sobre esta cuesti\u00f3n, m\u00e1s all\u00e1 de la jurisdicci\u00f3n a la que pertenezca el grupo que busca ser representado. En los \u00faltimos meses, fueron emitidas medidas cautelares contra las resoluciones de 2024 con alcance para las <strong>provincias de Mendoza, Tucum\u00e1n, Salta, C\u00f3rdoba y Buenos Aires y para la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires.<\/strong> <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La nueva orden judicial, a la que accedi\u00f3 LA NACION, est\u00e1 fechada el 22 de octubre y le otorga a la obra social 10 d\u00edas para presentar un informe -una formalidad prevista para estas causas- sobre los fundamentos de las resoluciones que se suspenden. <strong>Se estima que el PAMI apelar\u00e1 la decisi\u00f3n del juez, <\/strong>como lo hizo con las cautelares previas. Esas apelaciones fueron concedidas con \u201cefecto devolutivo\u201d, lo que implica que, mientras la Justicia analiza el recurso,<strong> la obra social sigue obligada a cumplir con la orden judicial<\/strong>.<\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">En 2024, el PAMI modific\u00f3 su pol\u00edtica de acceso a los medicamentos<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan explic\u00f3 a LA NACION Mabel Sessa, abogada patrocinante de la demanda de la APDH, lo resuelto implica <strong>que se restituya la vigencia del programa \u201cVivir Mejor\u201d, lanzado en 2020, <\/strong>y la normativa que habilitaba el acceso a un conjunto de medicamentos con cobertura del 100%, sin las limitaciones establecidas en 2024.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Esas medidas de la gesti\u00f3n de <strong>Esteban Legu\u00edzamo<\/strong>, director de la obra social, provocaron varios reclamos judiciales colectivos. El <strong>primer pronunciamiento<\/strong> del juzgado de Mendoza ocurri\u00f3 en diciembre de 2024, a pedido de la Asociaci\u00f3n de Jubilados y Pensionados de Mendoza (Jubypen). La cautelar fue ratificada por la C\u00e1mara Federal de Mendoza, integrada por los jueces <strong>Gustavo Enrique Casti\u00f1eira de Dios, Manuel Alberto Pizarro y Juan Ignacio P\u00e9rez Curci. <\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Por falta de cumplimiento de lo ordenado, ese expediente deriv\u00f3 en<strong> la imposici\u00f3n de <\/strong><strong>astreintes <\/strong>(multas) tanto personales (contra funcionarios) como institucionales, y en presentaciones de la obra social contra esas disposiciones sancionatorias. Es un tema lateral que hoy se debate en el \u00e1mbito judicial.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Las resoluciones que aplica hoy el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) implican que haya <strong>una cobertura de 100% de medicamentos para enfermedades cr\u00f3nicas y agudas solo en el caso de quienes gestionen un subsidio <\/strong>por razones sociales y les sea aprobado. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Se deben cumplir los siguientes requisitos: tener <strong>ingresos netos que no superen el equivalente a 1,5 haberes jubilatorios m\u00ednimos<\/strong> (o 3 haberes m\u00ednimos si un integrante del hogar tiene discapacidad); <strong>no estar afiliado a una prepaga; <\/strong>no ser propietario de m\u00e1s de un inmueble; no tener aeronaves o embarcaciones de lujo; no tener un veh\u00edculo con menos de 15 a\u00f1os de antig\u00fcedad; no poseer activos societarios que demuestren \u201ccapacidad econ\u00f3mica plena\u201d. Se determin\u00f3 tambi\u00e9n que, si se tienen ingresos mayores a 1,5 haberes m\u00ednimos o prepaga y, a la vez, el costo de los medicamentos es igual o mayor al 15% del ingreso, <strong>se puede pedir el subsidio como medida de excepci\u00f3n.<\/strong><\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">Esteban Legu\u00edzamo, director del PAMI<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">PAMI<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">S\u00ed se garantiza, para todos los afiliados, <strong>la cobertura al 100%<\/strong> de medicamentos para tratamientos de diabetes, trasplantes, trastornos hematopoy\u00e9ticos, artritis, oncol\u00f3gicos, oncohematol\u00f3gicos, de hemofilia, de VIH y hepatitis B y C; de enfermedades fibroqu\u00edsticas, de osteoartritis, de insuficiencia renal cr\u00f3nica e hiperparatiroidismo, y para tratamientos oftalmol\u00f3gicos intrav\u00edtreos.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Por fuera de eso, se otorgan <strong>descuentos de entre 50% y 80% <\/strong>para diferentes patolog\u00edas, y <strong>una cobertura de 40% <\/strong>en remedios de uso eventual.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Los pronunciamientos judiciales <strong>no cuestionan las resoluciones de 2024 en cuanto su contenido, <\/strong>sino que ordenan suspender por el momento su aplicaci\u00f3n. De todas maneras, el juez Quir\u00f3s se\u00f1ala en su escrito reciente que las normas administrativas, \u201cal establecer nuevos par\u00e1metros socioecon\u00f3micos y requisitos de acreditaci\u00f3n para la cobertura integral de medicamentos, <strong>imponen a los afiliados bajo tratamiento m\u00e9dico una carga que, en este estadio inicial [de an\u00e1lisis de la demanda] luce irrazonable y desproporcionada\u201d. <\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Y agrega que <strong>la informaci\u00f3n que se les pide a los afiliados es de f\u00e1cil acceso para el Estado,<\/strong> de forma que el tr\u00e1mite para acceder a los medicamentos (si se cumplen los requisitos)<strong> se contradice con \u201clos principios de eficiencia burocr\u00e1tica, simplificaci\u00f3n administrativa, razonabilidad y proporcionalidad<\/strong> introducidos en la Ley de Procedimientos Administrativos (art. 1\u00b0 bis, Ley 19.549), as\u00ed como la obligaci\u00f3n del Estado de actuar con la debida diligencia para <strong>eliminar barreras<\/strong> al acceso a derechos de este grupo vulnerable\u00bb.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan el juez, se hizo lugar al pedido de la cautelar extendida, pedida por la APDH, porque se verificaron tres cosas: la existencia de \u201c<strong>una conducta institucional que impacta de forma uniforme sobre el colectivo de los afilados\u201d; <\/strong>la pretensi\u00f3n de que cese \u201cun da\u00f1o com\u00fan\u201d <strong>mediante \u201cla restituci\u00f3n del programa \u2018Vivir Mejor\u2019<\/strong> y la normativa previa\u201d (advierte, en otra parte del escrito, sobre posibles consecuencias irreparables de la eventual interrupci\u00f3n o demora en la provisi\u00f3n de medicamentos), y <strong>la imposibilidad de que los reclamos se puedan canalizar de manera eficaz si se hacen de manera individual,<\/strong> y no a trav\u00e9s de una entidad representativa. <\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">Las resoluciones del PAMI establecen la vigencia de un tr\u00e1mite para el acceso a la cobertura de medicamentos que, seg\u00fan un juez, rompe con el principio de eficiencia que debe tener el Estado<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Freepik<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Sobre el tercer punto, el escrito se\u00f1ala que la <strong>legitimaci\u00f3n activa <\/strong>de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos \u201cse halla debidamente acreditada y se justifica en su objeto estatutario, su actuaci\u00f3n institucional y su estructura representativa en todo el territorio nacional\u201d. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan un comunicado de la APDH, <strong>el organismo -fundado en 1975- tiene 35 regionales en todo el pa\u00eds. <\/strong>\u201cComo organismo con amplia trayectoria en defensa de los derechos humanos, celebramos la decisi\u00f3n judicial como un paso fundamental para frenar el retroceso en materia de derechos\u201d, expres\u00f3 la entidad.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Las medidas que se hab\u00edan dado hasta ahora haciendo extensivo lo dispuesto inicialmente para <strong>Mendoza <\/strong>a pedido de Jubypen, respondieron a pedidos de otras instituciones: la Asociaci\u00f3n Civil Red de Defensa al Consumidor y Usuario en el caso de <strong>Tucum\u00e1n;<\/strong> la Asociaci\u00f3n Civil Centro de Jubilados y Pensionados 21 de septiembre la ya mencionada APDH respecto de<strong> Salta y C\u00f3rdoba;<\/strong> la Asociaci\u00f3n Civil Bahiense de Adultos Mayores y Jubilados Independientes, por los afiliados de la <strong>provincia de Buenos Aires;<\/strong> la Asociaci\u00f3n Civil Centro de Jubilados VDP 27 de Abril, por la <strong>Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires (CABA); <\/strong>la Federaci\u00f3n Entrerriana de Sindicatos de Trabajadores Municipales y la Asociaci\u00f3n del Personal del Instituto Nacional de Tecnolog\u00eda, por los afiliados de <strong>Entre R\u00edos,<\/strong> y la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina y la<strong> Central de Trabajadores Argentinos (CTA) Aut\u00f3noma, <\/strong>por sus representados, y la Defensor\u00eda P\u00fablica de <strong>Tandil,<\/strong> por los afiliados al PAMI domiciliados en esa localidad, todo seg\u00fan datos que surgen del fallo de Quir\u00f3s.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Todas las causas son tratadas en Mendoza, en virtud de lo dispuesto por la Corte Suprema en <strong>una acordada sobre acciones colectivas,<\/strong> seg\u00fan explic\u00f3 a LA NACION el juez Manuel Pizarro, de la C\u00e1mara Federal de Mendoza, quien agreg\u00f3 que, por falta de cumplimiento del PAMI a las medidas cautelares, hay establecidas astreintes -seg\u00fan el caso, de $100.000 o de $300.000 por d\u00eda- tanto a funcionarios como a la obra social, y tambi\u00e9n denuncias penales por desobediencia judicial. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El PAMI, por su parte, hizo en su momento presentaciones ante la Justicia exponiendo interpretaciones seg\u00fan las cuales se cumpli\u00f3 con la medida cautelar dictada en diciembre de 2024. Seg\u00fan surge de los expedientes judiciales, los representantes de la obra social explicaron que, en su interpretaci\u00f3n, <strong>la manda judicial implicaba volver a lo establecido por una disposici\u00f3n de 2017,<\/strong> en la cual se fijaban condiciones para la cobertura total. <\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">El PAMI es la obra social de los jubilados y tiene unos 5 millones de afiliados<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Shutterstock<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">M\u00e1s all\u00e1 de esas argumentaciones, el juez Quir\u00f3s<strong> no dio por acatada la orden.<\/strong> Seg\u00fan cita un escrito de los camaristas, la medida dictada en diciembre de 2024 \u201corden\u00f3 a la demandada que procediera a la suspensi\u00f3n de la resoluci\u00f3n 2431\/2024 y su modificatoria 2537\/2024, dictadas por el Director Ejecutivo,<strong> y restituyera la cobertura de medicamentos incluidos en el \u201dVadem\u00e9cum de Medicamentos Esenciales\u00bb en el marco del programa \u201cVivir Mejor\u201d, <\/strong>creado por resoluci\u00f3n 12\/2020, al los afiliados jubilados y pensionados de PAMI\u201c. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Como no se acredit\u00f3 la restituci\u00f3n de ese vadem\u00e9cum en las jurisdicciones para las que se dict\u00f3 la medida cautelar antes de su reciente ampliaci\u00f3n a todo el pa\u00eds, la Justicia de Mendoza impuso astreintes, que fueron ratificadas en segunda instancia, ya que la C\u00e1mara consider\u00f3, a inicios de este mes, que \u201cla parte demandada ha fallado en producir fehacientemente prueba del cumplimiento alegado\u201d de la cautelar.<\/p>\n<section class=\"container-center-100 mb-40 border border-bottom border-thin border-neutral-light-700\">\n<hr\/>\n<\/section>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una resoluci\u00f3n judicial dictada en Mendoza le ordena al PAMI suspender a todo el pa\u00eds la aplicaci\u00f3n de dos resoluciones emitidas el a\u00f1o pasado, a trav\u00e9s de las cuales se estableci\u00f3 una serie de requisitos y se dispuso la vigencia de un tr\u00e1mite administrativo para que los afiliados puedan acceder a la cobertura de medicamentos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":213303,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-213302","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/213302","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=213302"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/213302\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":213304,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/213302\/revisions\/213304"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/213303"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=213302"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=213302"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=213302"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}