{"id":204237,"date":"2025-09-19T21:50:06","date_gmt":"2025-09-20T00:50:06","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=204237"},"modified":"2025-09-19T21:50:10","modified_gmt":"2025-09-20T00:50:10","slug":"obligada-por-la-justicia-la-andis-restituye-pensiones-que-habia-suspendido-cuantas-y-de-que-lugar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=204237","title":{"rendered":"Obligada por la Justicia, la Andis restituye pensiones que hab\u00eda suspendido: cu\u00e1ntas y de qu\u00e9 lugar"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/09\/el-gobierno-debio-disponer-la-restitucion-de-BV45K3TYGRDE3KPFVGGKDNHMC4-2.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>Tras recibir una orden judicial, la <strong>Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) <\/strong>emiti\u00f3 una resoluci\u00f3n que deja sin efecto las suspensiones de alrededor de <strong>16.000 pensiones por invalidez laboral en la provincia de Formosa, <\/strong>que hab\u00edan sido dispuestas en los \u00faltimos meses. Para esos casos, se abrir\u00e1 ahora un <strong>plazo de 90 d\u00edas, <\/strong>en los que deber\u00e1 completarse una evaluaci\u00f3n que determine si corresponden o no las prestaciones.<\/p>\n<p>La medida administrativa lleg\u00f3 un mes despu\u00e9s de una resoluci\u00f3n dictada por el<strong> Juzgado Federal N\u00b0 2 de Formosa,<\/strong> a cargo de la jueza Mar\u00eda Bel\u00e9n L\u00f3pez Mac\u00e9. Esa sentencia, que dio lugar a la medida cautelar solicitada por los damnificados, fue dictada el 19 de agosto y confirmada en segunda instancia a principios de septiembre por la<strong> C\u00e1mara Federal de Resistencia <\/strong>(que tiene competencia sobre la provincia vecina). <\/p>\n<p>Concretamente, en la causa caratulada como <strong>\u201cDefensor\u00eda del Pueblo de la provincia de Formosa y otros c\/ Estado Nacional Agencia Nacional de Discapacidad s\/ medida cautelar\u201d, <\/strong>se le orden\u00f3 al Gobierno dejar sin efecto \u201cen el plazo de 24 horas\u201d<strong> la medida de \u201cretenci\u00f3n y\/o suspensi\u00f3n de las pensiones no contributivas por incapacidad laboral<\/strong> dispuestas en todo el territorio de la provincia de Formosa, liberando los fondos depositados en las entidades bancarias que se encuentran retenidos en las cuentas de los beneficiarios\u201d.<\/p>\n<p>La novedad de las \u00faltimas horas es que la dependencia oficial, hoy a cargo del interventor Alejandro Vilches, envi\u00f3 al juzgado <strong>una notificaci\u00f3n, con copia de la resoluci\u00f3n que dispone lo ordenado por la medida cautelar. <\/strong>La medida administrativa consta en el expediente de la causa, publicado en la p\u00e1gina oficial del Poder Judicial, y fue firmada por Vilches el jueves 18 de este mes. <\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n le encomienda a la Direcci\u00f3n de Asignaci\u00f3n de Apoyos Econ\u00f3micos y Liquidaci\u00f3n la tarea de<strong> informar a las personas sobre la restituci\u00f3n de los beneficios <\/strong>que, seg\u00fan la orden judicial, se seguir\u00e1n percibiendo en principio por tres meses. En ese lapso, <strong>deber\u00e1n hacerse los tr\u00e1mites requeridos y regularizar la situaci\u00f3n<\/strong> (es decir, cumplir con los controles dispuestos, para que se verifique si corresponde el cobro de cada prestaci\u00f3n). Adem\u00e1s, se resolvi\u00f3 comunicar la decisi\u00f3n a la Anses, para la reactivaci\u00f3n de los pagos.<\/p>\n<figure><figcaption>Alejandro Vilches, interventor de la Agencia Nacional de DiscapacidadSantiago oroz<\/figcaption><\/figure>\n<p>La nota remitida a la Justicia por la agencia estatal pide que, al cumplirse lo sentenciado, <strong>se revoquen las astreintes (multas) que, por $100.000 diarios, hab\u00edan sido establecidas por la mora. <\/strong>Adem\u00e1s de esa sanci\u00f3n, se hab\u00eda elevado una denuncia contra Vilches.<\/p>\n<p>Se adjunt\u00f3, adem\u00e1s, <strong>un anexo con 660 p\u00e1ginas, <\/strong>en las que constan datos de las personas con pensiones suspendidas. El recurso judicial hab\u00eda sido interpuesto por la Defensor\u00eda del Pueblo de Formosa y un grupo de pensionados. <\/p>\n<p>Con <strong>causas colectivas e individuales que se tramitan en diferentes otras jurisdicciones, <\/strong>las decisiones judiciales que se empiezan a conocer interfieren en los planes del Gobierno, que prev\u00e9 reducir el n\u00famero de prestaciones, tras un proceso de auditor\u00edas para detectar irregularidades, <strong>muy cuestionado<\/strong> por sus formas.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el proyecto de Presupuesto 2026, la intenci\u00f3n de las autoridades nacionales es que durante ese a\u00f1o se reduzca de <strong>1.133.549 a 977.943 el n\u00famero de prestaciones<\/strong>.<\/p>\n<p>Las pensiones no contributivas por invalidez equivalen al <strong>70% del haber m\u00ednimo <\/strong>del sistema previsional de la Anses. Este mes el importe es de $224.194, al que se suma el bono de $70.000 para totalizar <strong>$294.194. <\/strong><\/p>\n<figure><figcaption>Las pensiones no contributivas por invalidez laboral son este mes de $294.194, incluyendo el bono de $70.000G. Soler Tomasella \u2013 Shutterstock<\/figcaption><\/figure>\n<p>En el escrito con el cual habilit\u00f3 la medida cautelar a favor de la reanudaci\u00f3n de los pagos, la jueza L\u00f3pez Mac\u00e9 se\u00f1al\u00f3 que hubo <strong>\u201cirregularidades\u201d en la manera en que se hicieron las auditor\u00edas. <\/strong><\/p>\n<p>Describi\u00f3 que quienes no asistieron a las revisiones, \u201cya fuera por<strong> no haber recibido la citaci\u00f3n<\/strong> o por la<strong> imposibilidad material de concurrir<\/strong> en la fecha y hora asignadas\u201d, hicieron reiteradamente consultas sobre <strong>\u201cla eventual apertura de un segundo llamado\u201d<\/strong> para presentar la documentaci\u00f3n requerida. Esa segunda oportunidad, seg\u00fan la jueza, no fue otorgada. <\/p>\n<p>Seg\u00fan la sentencia, <strong>a partir de julio comenzaron a suspenderse los pagos,<\/strong> y los afectados se enteraban \u201c\u00fanicamente al<strong> intentar percibir el haber y constatar la inexistencia de fondos en sus cuentas,<\/strong> vi\u00e9ndose s\u00fabitamente privados de su sustento econ\u00f3mico diario\u201d. Tambi\u00e9n se indica que muchos fueron anoticiados de que deb\u00edan ir a una sucursal del Correo Argentino a retirar una carta documento, que estaba escrita con <strong>\u201cun lenguaje t\u00e9cnico jur\u00eddico inaccesible\u201d, <\/strong>algo que hace dif\u00edcil el derecho la defensa.<\/p>\n<p>Para justificar la decisi\u00f3n de ordenar la restituci\u00f3n provisoria de los beneficios, la Justicia de Formosa evalu\u00f3 que, dada la situaci\u00f3n descripta, <strong>se les puso a personas en situaci\u00f3n de vulnerabilidad \u201cuna carga desproporcionada <\/strong>para acceder a la informaci\u00f3n esencial vinculada con la continuidad de su sustento econ\u00f3mico\u201d. <\/p>\n<figure><figcaption>El articulado de la resoluci\u00f3n de la Andis que restituye el pago de pensiones en Formosa<\/figcaption><\/figure>\n<p>La decisi\u00f3n de primera instancia<strong> hab\u00eda sido apelada por la Andis, <\/strong>que justo por aquellos d\u00edas de agosto estaba en el medio de la tormenta, por la difusi\u00f3n de los audios en los que el extitular de la Agencia, Diego Spagnuolo, <strong>hablaba de supuestas coimas a funcionarios del Gobierno en los procesos de compra de medicamentos.<\/strong> De hecho, Spagnuolo dej\u00f3 el cargo del 20 de agosto.<\/p>\n<p>Pero el recurso oficial no tuvo respuesta favorable: la C\u00e1mara Federal de Resistencia ratific\u00f3 el fallo. La sentencia en este caso eval\u00faa que en el reclamo hay <strong>\u201cuna cuesti\u00f3n especial de salud involucrada\u201d<\/strong>. <\/p>\n<p>\u201cEl cobro del beneficio previsional suspendido constituir\u00eda para los actores <strong>su medio de subsistencia destinado a alimentaci\u00f3n, compra de medicamentos y dem\u00e1s gastos generales<\/strong> que hacen a una \u2018vida digna\u2019, la cual se va actualmente menoscabada\u201d ante la imposibilidad de acceder a los fondos, concluyen las juezas. <\/p>\n<p>Adem\u00e1s del caso de Formosa, en <strong>Catamarca <\/strong>hubo d\u00edas atr\u00e1s un fallo de primera instancia que ordena una restituci\u00f3n de las prestaciones suspendidas para quienes viven en esa provincia. <\/p>\n<p>En la causa <strong>\u201cDefensor del Pueblo y otros c. Andis s\/ Amparo Ley 16.986 c\/ Cautelar\u201d, <\/strong>el Juzgado Federal N\u00b02 de la provincia, a cargo de Guillermo D\u00edaz Mart\u00ednez, le indic\u00f3 una semana atr\u00e1s a la Andis que en 24 horas deb\u00eda restablecer \u201cla totalidad de las pensiones\u201d y pagar \u201cel importe de los haberes de pensi\u00f3n retenidos a la fecha\u201d, a la vez que le ordena <strong>abstenerse de continuar con las auditor\u00edas <\/strong>hasta que haya sentencia definitiva. <\/p>\n<p>Seg\u00fan el exjuez previsional y expresidente de la C\u00e1mara Federal de la Seguridad Social, Luis Herrero, ese fallo sigue los lineamientos de la <strong>sentencia emitida por la Sala 2 de la mencionada c\u00e1mara<\/strong> -que \u00e9l integr\u00f3-, en la demanda hecha en su momento por la Red Argentina por los Derechos de las Personas con Discapacidad (REDI). Ese fallo, de 2019, suspendi\u00f3 v\u00eda una medida cautelar una decisi\u00f3n de la entonces ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, de anular pensiones por invalidez. <\/p>\n<p>En aquella sentencia, cuyo expediente <strong>espera resoluci\u00f3n final en la Corte Suprema desde 2020,<\/strong> se hab\u00eda enfatizado que los controles deben ser <strong>\u201cindividuales y con respeto del derecho de defensa de los beneficiarios\u201d, <\/strong>seg\u00fan record\u00f3 Herrero.<\/p>\n<p>En la causa REDI se declar\u00f3 la inconstitucionalidad de una resoluci\u00f3n de 2018, <strong>por las cargas que les impon\u00edan a los titulares de pensiones no contributivas por invalidez, <\/strong>respecto de las gestiones a realizar para no perder los beneficios. Adem\u00e1s, el citado fallo declar\u00f3 inconstitucionales algunas disposiciones del decreto 432 de 1997, referidas a condiciones para los cobros. Como la Corte a\u00fan no se pronunci\u00f3, sostiene Herrero, la Andis \u201cno puede suspender ni quitar prestaciones\u201d sobre la base de esa norma. <\/p>\n<p>La entrada Obligada por la Justicia, la Andis restituye pensiones que hab\u00eda suspendido: cu\u00e1ntas y de qu\u00e9 lugar se public\u00f3 primero en DIARIO DIGITAL MORENO MEDIOS.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras recibir una orden judicial, la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) emiti\u00f3 una resoluci\u00f3n que deja sin efecto las suspensiones de alrededor de 16.000 pensiones por invalidez laboral en la provincia de Formosa, que hab\u00edan sido dispuestas en los \u00faltimos meses. Para esos casos, se abrir\u00e1 ahora un plazo de 90 d\u00edas, en los que deber\u00e1 completarse una evaluaci\u00f3n que determine si corresponden o no las prestaciones.<br \/>\n La medida administrativa lleg\u00f3 un mes despu\u00e9s de una resoluci\u00f3n dictada por el Juzgado Federal N\u00b0 2 de Formosa, a cargo de la jueza Mar\u00eda Bel\u00e9n L\u00f3pez Mac\u00e9. 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