{"id":184160,"date":"2025-07-23T10:41:32","date_gmt":"2025-07-23T13:41:32","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=184160"},"modified":"2025-07-23T10:41:34","modified_gmt":"2025-07-23T13:41:34","slug":"estaba-desnudo-en-su-jardin-paso-el-auto-de-google-y-lo-inmortalizo-en-street-view-deberan-indemnizarlo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=184160","title":{"rendered":"Estaba desnudo en su jard\u00edn, pas\u00f3 el auto de Google y lo inmortaliz\u00f3 en Street View; deber\u00e1n indemnizarlo"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">La C\u00e1mara Nacional de Apelaciones en lo Civil orden\u00f3 a Google <strong>indemnizar con 3 millones de pesos a un hombre<\/strong> que apareci\u00f3 desnudo \u2014de espaldas\u2014 en una imagen capturada por la plataforma <strong>Street View dentro del patio de su casa en Bragado<\/strong>, en la provincia de Buenos Aires.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El afectado hab\u00eda <strong>denunciado en 2017 <\/strong>(tres a\u00f1os despu\u00e9s del debut del servicio en nuestro pa\u00eds)<strong> <\/strong>que se hab\u00eda tratado de<strong> una intromisi\u00f3n ileg\u00edtima en su intimidad<\/strong> y que la imagen, pese a que fue tomada desde la v\u00eda p\u00fablica, <strong>mostraba su cuerpo desnudo dentro del espacio de su vivienda, detr\u00e1s de una medianera de m\u00e1s de dos metros de altura<\/strong>, repitiendo un problema que <a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/tecnologia\/piden-que-se-frene-la-circulacion-de-los-autos-de-google-street-view-nid1625543\/\" target=\"_self\" title=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/tecnologia\/piden-que-se-frene-la-circulacion-de-los-autos-de-google-street-view-nid1625543\/\" class=\"com-link\" data-mrf-recirculation=\"n_link_parrafo\">gener\u00f3 quejas en Jap\u00f3n, donde las medianeras son m\u00e1s bajas que en otros pa\u00edses<\/a>, lo que deja el interior a merced de la altura de la c\u00e1mara del techo del auto de Google, o la demanda que le hizo un franc\u00e9s a la compa\u00f1\u00eda luego de que <a href=\"https:\/\/www.bbc.com\/mundo\/noticias\/2012\/03\/120302_street_view_hombre_orinando_il\" rel=\"nofollow\" target=\"_blank\" title=\"https:\/\/www.bbc.com\/mundo\/noticias\/2012\/03\/120302_street_view_hombre_orinando_il\" class=\"com-link\" data-mrf-recirculation=\"n_link_parrafo\">el auto lo retratara haciendo pis en el patio de su casa<\/a>. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El caso bragadense se hizo p\u00fablico a trav\u00e9s de medios locales, lo que \u2014seg\u00fan el demandante\u2014 <strong>lo expuso a burlas, afect\u00f3 su vida familiar y laboral<\/strong>, y lo llev\u00f3 a replegarse socialmente.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Esta persona hab\u00eda ido primero tanto contra el buscador como contra un medio period\u00edstico (online y TV) que hab\u00eda compilado <strong>Las perlitas bragadenses del Google Street View<\/strong>, con im\u00e1genes tomadas por el auto de Google mientras recorr\u00eda las calles de la ciudad para <a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/tecnologia\/ya-esta-online-el-google-street-view-de-las-calles-argentinas-nid1730286\/\" target=\"_self\" title=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/tecnologia\/ya-esta-online-el-google-street-view-de-las-calles-argentinas-nid1730286\/\" class=\"com-link\" data-mrf-recirculation=\"n_link_parrafo\">generar la visualizaci\u00f3n en 360 grados que permite la plataforma<\/a>, entre las cuales se encontraba \u00e9l. Incluso fue contra el cableoperador que transmiti\u00f3 el informe (Cablevisi\u00f3n). <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">De acuerdo a lo registrado en los expedientes judiciales, tras la difusi\u00f3n de la imagen esta persona comenz\u00f3 a ser <strong>objeto de burlas por parte de conocidos y vecinos, lo que pronto se extendi\u00f3 al conjunto de la comunidad<\/strong>. Esa exposici\u00f3n p\u00fablica, dijo, le gener\u00f3 un fuerte impacto emocional. El propio damnificado explic\u00f3 que, por tratarse de una ciudad peque\u00f1a y <strong>por su condici\u00f3n de polic\u00eda, era una figura reconocida localmente<\/strong>, lo que lo convirti\u00f3 en un \u201cblanco f\u00e1cil\u201d en su entorno social, familiar y laboral. As\u00ed, el actor interpuso la demanda y fund\u00f3 su planteo en el derecho a la imagen y al honor, en los t\u00e9rminos del C\u00f3digo Civil y Comercial (CCyC) -art\u00edculo 53-, y pidi\u00f3 una indemnizaci\u00f3n por los da\u00f1os ps\u00edquicos ocurridos en consecuencia. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Sin embargo, <strong>el fallo de primera instancia, del Juzgado Nacional en lo Civil N\u00b0 32, declin\u00f3 el pedido<\/strong> y benefici\u00f3 a los demandados. En su decisi\u00f3n, la Justicia cuestion\u00f3 duramente al demandante y sostuvo que no era posible identificar con claridad a la persona en la imagen, ni tampoco probar que efectivamente se trataba de \u00e9l. \u201c<strong>El \u00fanico que pod\u00eda saber qui\u00e9n era esa persona que estaba desnuda en la fotograf\u00eda era el propio actor<\/strong>\u201d, escribi\u00f3 el magistrado a cargo de la causa. E incluso sugiri\u00f3 que el da\u00f1o se potenci\u00f3 por la conducta del propio demandante: \u201cFue la actitud imp\u00fadica del actor la que lo llev\u00f3 a la situaci\u00f3n que luego aconteci\u00f3\u201d.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En una l\u00ednea particularmente cr\u00edtica, el juez cuestion\u00f3 que se hubiera mostrado desnudo en un espacio que pod\u00eda ser observado por los vecinos, y cerr\u00f3 con una frase que gener\u00f3 pol\u00e9mica: \u201cEl polic\u00eda se dispar\u00f3 en el pie\u201d. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201cPor ello, lo que tenemos hasta el momento es, una fotograf\u00eda con <strong>una persona indeterminable, pues se halla de espaldas y desnuda<\/strong>, y porque se encuentra en un lugar que tampoco es identificable, ya que se trata de una parte del frente de su casa que no puede ser vista a ojos de los transe\u00fantes en virtud del port\u00f3n delantero de la vivienda\u201d, argumenta el juez. \u201c&#8230; Destaco que nada de esto hubiese sucedido si el actor mismo no se colocaba en esa situaci\u00f3n de exposici\u00f3n y en un \u00e1mbito que no es el de la esfera constitucional privada (dentro del per\u00edmetro interno de la construcci\u00f3n), puesto que <strong>se encontraba en un patio delantero descubierto a partir de cierta altura<\/strong> y que pod\u00eda ser f\u00e1cilmente advertido u observado por cualquier vecino, e incluso por personas menores de edad. Es decir, las verdaderas \u2018v\u00edctimas\u2019 de ese acto imp\u00fadico en detrimento del \u00e1mbito social y moral, eran sus propios vecinos\u201d.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201cUna <strong>intromisi\u00f3n arbitraria a la intimidad<\/strong>\u201d, sentenci\u00f3 la Sala H de la C\u00e1mara Civil \u2014integrada por los jueces Jos\u00e9 Benito Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper\u2014, que revoc\u00f3 la decisi\u00f3n por estos d\u00edas. Determin\u00f3 que s\u00ed existi\u00f3 una invasi\u00f3n a la privacidad y <strong>conden\u00f3 a Google Argentina SRL y Google LLC a pagar $3 millones por da\u00f1o moral<\/strong>. \u201cSe trata de la imagen de una persona que no fue captada en la v\u00eda p\u00fablica, sino dentro de los l\u00edmites de su casa, detr\u00e1s de una cerca de una altura superior a una persona de estatura media. La invasi\u00f3n a la privacidad e intimidad es flagrante\u201d, se\u00f1ala el fallo.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Los camaristas remarcaron que la imagen se encontraba accesible desde Google Maps \u2014incluso al momento del fallo\u2014 y que, <strong>aunque no se viera el rostro del hombre, s\u00ed pod\u00eda identificarse el domicilio por la numeraci\u00f3n visible en la imagen.<\/strong> Adem\u00e1s, destacaron que fue la difusi\u00f3n posterior por parte de medios lo que amplific\u00f3 el da\u00f1o.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El tribunal entendi\u00f3 que la actividad de Google Street View es riesgosa en los t\u00e9rminos del C\u00f3digo Civil y Comercial, y que la empresa no adopt\u00f3 las medidas necesarias para evitar ese da\u00f1o. Record\u00f3 que <strong>Google difumina rostros y patentes, y que tambi\u00e9n debi\u00f3 haber evitado mostrar un cuerpo desnudo<\/strong>, especialmente al tratarse de una imagen obtenida dentro del \u00e1mbito privado de una persona.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Y especifica: \u201cEn la aplicaci\u00f3n, cuando se muestra el frente de la casa, se puede leer f\u00e1cilmente la numeraci\u00f3n de la calle. Moviendo el cursor se puede elevar la imagen desde la calle y tambi\u00e9n ampliar, de modo que se puede ver dentro de la casa y alcanzar a divisar detr\u00e1s de la cerca un patio \/jard\u00edn frontal, y al fondo, cerca de la pared de la casa, la imagen de una persona de espaldas y desnuda\u201d. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Agrega luego: \u201cQueda claro que en este caso no fue su cara la que se ve\u00eda, sino que era el cuerpo entero desnudo, cuya imagen debi\u00f3 tambi\u00e9n evitarse\u201d. En la sentencia, <strong>ordenaron eliminar la imagen bajo multa de 100 mil pesos diarios<\/strong>. El medio period\u00edstico y el cableoperador quedaron absueltos. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Ante la consulta de LA NACION, desde la empresa sostuvieron que \u201cpara proteger la privacidad de las personas, difuminamos autom\u00e1ticamente los rostros y las patentes de los veh\u00edculos antes de su publicaci\u00f3n. Adem\u00e1s, <a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/tecnologia\/como-hacer-que-el-frente-de-tu-casa-o-tu-auto-dejen-de-verse-en-google-street-view-nid11082022\/\" target=\"_self\" title=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/tecnologia\/como-hacer-que-el-frente-de-tu-casa-o-tu-auto-dejen-de-verse-en-google-street-view-nid11082022\/\" class=\"com-link\" data-mrf-recirculation=\"n_link_parrafo\">ofrecemos herramientas gratuitas y accesibles para que cualquier usuario<\/a> pueda solicitar el difuminado de su rostro, cuerpo completo, casa o autom\u00f3vil si fuera necesario\u201d. Pero desde la C\u00e1mara se\u00f1alaron en su fallo que \u201ca pesar de cierta eliminaci\u00f3n o borroneo, esas im\u00e1genes ya se capturaron, almacenaron, procesaron y volvieron a almacenarse, permaneciendo on line, pudiendo estar en cualquier sitio, en cualquier computadora, o tan solo en la nube. El borrado no evita la conservaci\u00f3n de las im\u00e1genes originales, no habiendo opci\u00f3n para suprimirlas\u201d.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201cEn este caso se trataba de una imagen desenfocada de una persona de espaldas y ubicada en el patio delantero de una vivienda, captada desde la v\u00eda p\u00fablica. Tal como se le inform\u00f3 al denunciante en 2015, se procedi\u00f3 a difuminar la foto en la plataforma\u201d, argumentaron desde Google. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Sin embargo, el fallo de C\u00e1mara qued\u00f3 firme en mayo \u00faltimo y Google tendr\u00e1 que pagarle 3 millones de pesos al hombre de Bragado. <\/p>\n<section class=\"container-center-100 mb-40 border border-bottom border-thin border-neutral-light-700\">\n<hr\/>\n<\/section>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Nacional de Apelaciones en lo Civil orden\u00f3 a Google indemnizar con 3 millones de pesos a un hombre que apareci\u00f3 desnudo \u2014de espaldas\u2014 en una imagen capturada por la plataforma Street View dentro del patio de su casa en Bragado, en la provincia de Buenos Aires. 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