{"id":170245,"date":"2025-06-06T12:50:06","date_gmt":"2025-06-06T15:50:06","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=170245"},"modified":"2025-06-06T12:50:11","modified_gmt":"2025-06-06T15:50:11","slug":"quien-es-evasor-cuanto-suben-las-multas-y-para-quienes-es-el-nuevo-regimen-de-ganancias-segun-el-proyecto-del-gobierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=170245","title":{"rendered":"Qui\u00e9n es evasor, cu\u00e1nto suben las multas y para qui\u00e9nes es el nuevo r\u00e9gimen de Ganancias, seg\u00fan el proyecto del Gobierno"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/06\/el-gobierno-busca-incentivar-el-uso-de-dolares-no-7QKBR3JZDRAGBCJLILBQ4CT42E-2.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>Para que haya <strong>\u201cevasi\u00f3n simple\u201d<\/strong> sujeta a un castigo seg\u00fan el r\u00e9gimen penal tributario, el monto m\u00ednimo involucrado por impuesto y por ejercicio anual ya no ser\u00eda de $1,5 millones, sino de <strong>$100 millones.<\/strong> Y para que la conducta sea considerada como de<strong> \u201cevasi\u00f3n agravada\u201d,<\/strong> con mayores penas previstas, la cifra deber\u00eda ser de por lo menos<strong> $1000 millones,<\/strong> y ya no m\u00e1s de $15 millones. <\/p>\n<p>Adem\u00e1s, para adherir al <strong>r\u00e9gimen simplificado del<\/strong><strong> impuesto a las Ganancias <\/strong>(en el cual ARCA ya no mirar\u00e1 los consumos ni las variaciones patrimoniales del contribuyente) habr\u00eda un tope patrimonial y de ingresos percibidos por el contribuyente.<\/p>\n<p>Y, en un cambio contradictorio con el relajamiento de los controles fiscales que decidi\u00f3 el Gobierno de Javier Milei, <strong>presentar una declaraci\u00f3n jurada fuera del plazo establecido <\/strong>dejar\u00eda de generar una multa \u201csimb\u00f3lica\u201d de $200 o $400, seg\u00fan el caso, e implicar\u00eda tener que asumir una sanci\u00f3n significativa, de <strong>$220.000 o $440.000, <\/strong>incluso cuando no haya un da\u00f1o cuantitativo para el fisco. Es decir, se busca multiplicar la multa por una falta administrativa menor. <\/p>\n<p>Esos cambios est\u00e1n contenidos, entre otros, en el texto del proyecto de ley que, en el marco del plan para incentivar el <strong>uso de ahorros no declarados (los \u201cd\u00f3lares del colch\u00f3n\u201d),<\/strong> el Poder Ejecutivo busca que apruebe el Congreso Nacional. <\/p>\n<p>A diferencia de lo dispuesto en los \u00faltimos a\u00f1os por leyes de blanqueo de capitales, el plan del Gobierno para el uso de dinero que no fue declarado <strong>no prev\u00e9 ninguna compensaci\u00f3n para los ciudadanos que s\u00ed cumplieron con las obligaciones tributarias <\/strong>por sus ingresos y sus bienes, quienes, de esta manera, quedan en una situaci\u00f3n de desigualdad.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s de elevar los montos mencionados en el primer p\u00e1rrafo, se propone aumentar los de otros delitos especificados en la ley del r\u00e9gimen penal tributario. Por ejemplo, para determinar que la existencia de una <strong>apropiaci\u00f3n indebida de tributos, <\/strong>se subir\u00eda a $10.000.000 el importe actual involucrado de $100.000 mensuales.<\/p>\n<p>\u201cEs una<strong> actualizaci\u00f3n indispensable; <\/strong>sin embargo, los montos deber\u00edan ser a\u00fan m\u00e1s altos y contar con un <strong>mecanismo autom\u00e1tico de ajuste,<\/strong> especialmente en un contexto inflacionario\u201d, consider\u00f3 el abogado tributarista Diego Fraga, quien sostuvo tambi\u00e9n que las ya citadas subas de las multas por incumplimientos formales (presentar tarde una declaraci\u00f3n jurada, por caso, sin que exista muchas veces un perjuicio para el fisco) son en algunos casos <strong>desproporcionadas,<\/strong> algo \u201cespecialmente grave en un contexto donde <strong>el propio fisco demora en publicar aplicativos<\/strong> y los contadores deben operar sin herramientas\u201d. <\/p>\n<p>Seg\u00fan analiz\u00f3 el abogado Alberto Tarsitano, profesor de Derecho Tributario y Financiero en la UBA y la UCA, la propuesta \u201crestablece los umbrales de punibilidad originarios\u201d y su aprobaci\u00f3n implicar\u00eda una adecuaci\u00f3n \u201crespetuosa del principio de relevancia penal\u201d. Conllevar\u00eda, seg\u00fan consider\u00f3, \u201cuna<strong> asignaci\u00f3n m\u00e1s eficiente de los recursos p\u00fablicos,<\/strong> evitando la persecuci\u00f3n penal de conductas cuya investigaci\u00f3n y enjuiciamiento demanda esfuerzos desproporcionados en relaci\u00f3n con su lesividad\u201d.<\/p>\n<p>El contador Mart\u00edn Caranta, del estudio Lisicki, Litvin &amp; Asociados, especific\u00f3 que el reajuste de los montos m\u00ednimos para que haya delitos de evasi\u00f3n lleva las cifras, en t\u00e9rminos de d\u00f3lares, a <strong>las que fueron definidas por ley en 2017. <\/strong>La evasi\u00f3n simple, explic\u00f3, ser\u00eda a partir de alrededor de US$100.000, un monto que estaba en l\u00ednea en aquel a\u00f1o con los $1,5 millones que dice la ley actual, y que ahora estar\u00eda acorde con los $100 millones propuestos por el Gobierno. \u201cEn l\u00edneas generales, lo veo muy bien, pero <strong>preocupa que no se prevea la actualizaci\u00f3n autom\u00e1tica\u201d<\/strong> de los valores, dijo.<\/p>\n<p>Otro aspecto de la iniciativa est\u00e1 vinculado con <strong>las causales que tiene ARCA para no hacer una denuncia penal. <\/strong>Se mantienen, entre esos motivos, las diferencias de criterio t\u00e9cnico o interpretativo (entre contribuyentes y el organismo de recaudaci\u00f3n) y los ajustes fundados en presunciones, y se agrega, por ejemplo, el hecho de que <strong>haya una presentaci\u00f3n t\u00e9cnica ante ARCA del criterio usado para determinar la cifra de la obligaci\u00f3n tributaria.<\/strong> Lo planteado en este punto proyecta, seg\u00fan Tarsitano, \u201cun criterio de razonabilidad y equidad\u201d, porque se prevendr\u00edan \u201ceventuales desviaciones de poder\u201d o aplicaciones \u201cindebidas del sistema penal como herramienta de presi\u00f3n fiscal\u201d.<\/p>\n<p>El plazo de prescripci\u00f3n de las obligaciones con el fisco, en tanto, <strong>se reducir\u00eda de 5 a 3 a\u00f1os<\/strong> para contribuyentes inscriptos cumplidores que no tengan una diferencia \u201csignificativa\u201d entre la determinaci\u00f3n propia del monto de los impuestos y la cifra seg\u00fan el c\u00e1lculo de ARCA. Fraga afirm\u00f3 que un punto a observar es que<strong> no se define qu\u00e9 se entiende por algo \u201csignificativo\u201d.<\/strong> <\/p>\n<p>El proyecto especifica que la reducci\u00f3n del plazo tendr\u00e1 lugar para quienes hayan ingresado a t\u00e9rmino su declaraci\u00f3n jurada, y<strong> busca delegar en el Poder Ejecutivo la determinaci\u00f3n de cu\u00e1nto es \u201csignificativo\u201d. <\/strong>Es decir, deja un grado de discrecionalidad a favor de los gobiernos de turno.<\/p>\n<p>La baja del plazo de prescripci\u00f3n es un punto que hab\u00eda sido anticipado por el Gobierno, ya que se busca <strong>\u201cblindar\u201d a quienes utilicen recursos que no hab\u00edan sido debidamente declarados,<\/strong> de posibles reclamos puedan llegar en el futuro.<\/p>\n<p>Tarsitano analiz\u00f3 que \u201cresulta <strong>anacr\u00f3nico mantener los t\u00e9rminos establecidos hace m\u00e1s de un siglo,<\/strong> cuando los medios de control y procesamiento de la informaci\u00f3n por parte de la administraci\u00f3n tributaria eran notoriamente m\u00e1s rudimentarios\u201d. Y agreg\u00f3 que \u201cser\u00eda deseable que el legislador precise <strong>de manera cuantitativa<\/strong> el concepto de diferencias significativas\u201d.<\/p>\n<p>La iniciativa de ley revela, por otra parte, la intenci\u00f3n oficial de respaldar con una ley el <strong>R\u00e9gimen de Declaraci\u00f3n Jurada Simplificada de Ganancias,<\/strong> ya dispuesto, en rigor, por el decreto 353 y reglamentado por la resoluci\u00f3n 5704 de ARCA.<\/p>\n<p>La iniciativa de ley incluye l\u00edmites para este sistema, por el que podr\u00edan optar quienes, al 31 de diciembre del a\u00f1o anterior a ejercerse la opci\u00f3n, tengan <strong>un patrimonio total (en el pa\u00eds o fuera del pa\u00eds, y gravado o no gravado) no mayor a $10.000 millones <\/strong>y, a la vez, no hayan obtenido \u201cdurante los dos a\u00f1os fiscales anteriores\u201d <strong>ingresos totales (alcanzados o no por Ganancias) superiores a $1000 millones. <\/strong>M\u00e1s all\u00e1 de que ahora se propondr\u00eda disponer esto por ley, lo cierto es que seg\u00fan lo establecido por ARCA, la posibilidad de adherir ya est\u00e1 abierta, sin que se indiquen esas limitaciones.<\/p>\n<p>El r\u00e9gimen simplificado contempla que ARCA predeterminar\u00e1 cada a\u00f1o el impuesto a ingresar, bas\u00e1ndose en la facturaci\u00f3n y en los gastos deducibles, y <strong>sin observar cu\u00e1les fueron los consumos ni las variaciones patrimoniales del per\u00edodo en cuesti\u00f3n<\/strong> (no se cruzar\u00e1n datos para intentar detectar si hay inconsistencias entre los ingresos declarados y las compras).<\/p>\n<p>\u201cEn la pr\u00e1ctica, eso implica un <strong>\u2018bloqueo fiscal\u2019<\/strong> sobre los bienes adquiridos o consumidos\u201d, opin\u00f3 Fraga, porque no se mirar\u00e1 de d\u00f3nde provinieron los recursos. De todas formas, como ya se se\u00f1al\u00f3 desde el Gobierno, esos activos s\u00ed estar\u00e1n sujetos en el futuro, de corresponder, al impuesto sobre los Bienes Personales. <\/p>\n<p>El texto no menciona la situaci\u00f3n de los<strong> contribuyentes con ingresos originados en el exterior. <\/strong>El decreto 353 los excluye de la opci\u00f3n por el r\u00e9gimen simplificado, algo que se explica por el hecho de que <strong>ARCA no tiene la informaci\u00f3n sobre esas rentas, <\/strong>como s\u00ed las tiene en el caso de las originadas dentro del pa\u00eds. Desde el organismo dijeron que se trabaja en resolver esa cuesti\u00f3n.<\/p>\n<p>Para el contador Marcelo Rodr\u00edguez, si efectivamente se excluye a un grupo de contribuyentes, <strong>se deja de cumplir con el principio de equidad.<\/strong> Por eso, estim\u00f3, la soluci\u00f3n podr\u00eda ser un sistema mixto, en el cual ARCA determine el impuesto por los ingresos de fuente local, y <strong>se declaren por otro lado los de origen extranjero. <\/strong><\/p>\n<p>\u201cSi alguien tiene una inversi\u00f3n de US$10.000 o de menos en Cedear, por ejemplo, no por eso deber\u00eda quedar fuera del r\u00e9gimen simplificado y sus beneficios\u201d, afirm\u00f3, porque no habr\u00eda igualdad.<\/p>\n<p>La entrada Qui\u00e9n es evasor, cu\u00e1nto suben las multas y para qui\u00e9nes es el nuevo r\u00e9gimen de Ganancias, seg\u00fan el proyecto del Gobierno se public\u00f3 primero en DIARIO DIGITAL MORENO MEDIOS.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para que haya \u201cevasi\u00f3n simple\u201d sujeta a un castigo seg\u00fan el r\u00e9gimen penal tributario, el monto m\u00ednimo involucrado por impuesto y por ejercicio anual ya no ser\u00eda de $1,5 millones, sino de $100 millones. Y para que la conducta sea considerada como de \u201cevasi\u00f3n agravada\u201d, con mayores penas previstas, la cifra deber\u00eda ser de por lo menos $1000 millones, y ya no m\u00e1s de $15 millones.<br \/>\n Adem\u00e1s, para adherir al r\u00e9gimen simplificado del impuesto a las Ganancias (en el cual ARCA ya no mirar\u00e1 los consumos ni las variaciones patrimoniales del contribuyente) habr\u00eda un tope patrimonial y de ingresos percibidos por el contribuyente.<br \/>\n Y, en un cambio contradictorio con el relajamiento de los controles fiscales que decidi\u00f3 el Gobierno de Javier Milei, presentar una declaraci\u00f3n jurada fuera del plazo establecido dejar\u00eda de generar una multa \u201csimb\u00f3lica\u201d de $200 o $400, seg\u00fan el caso, e implicar\u00eda tener que asumir una sanci\u00f3n significativa, de $220.000 o $440.000, incluso cuando no haya un da\u00f1o cuantitativ..<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":170246,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-170245","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/170245","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=170245"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/170245\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":170248,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/170245\/revisions\/170248"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/170246"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=170245"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=170245"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=170245"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}