{"id":167102,"date":"2025-05-28T20:52:33","date_gmt":"2025-05-28T23:52:33","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=167102"},"modified":"2025-05-28T20:52:35","modified_gmt":"2025-05-28T23:52:35","slug":"arca-posterga-los-vencimientos-de-ganancias-y-bienes-personales-quienes-deben-pagar-esta-vez-el-impuesto-al-patrimonio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=167102","title":{"rendered":"ARCA posterga los vencimientos de Ganancias y Bienes Personales: qui\u00e9nes deben pagar esta vez el impuesto al patrimonio"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) decidi\u00f3<strong> extender en unos d\u00edas el plazo para la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada y el pago de los impuestos a las ganancias y Bienes Personales. <\/strong>Con la novedad, que el organismo difundi\u00f3 esta tarde en su cuenta de la red social X y que se oficializar\u00e1 con una resoluci\u00f3n que se publicar\u00eda ma\u00f1ana en el Bolet\u00edn Oficial, habr\u00e1 tiempo hasta el <strong>23 de junio <\/strong>para hacer la declaraci\u00f3n, y hasta el <strong>24 de ese mismo mes <\/strong>para abonar el saldo resultante. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Los vencimientos se iban a producir entre el 11 y el 13 de junio, en el caso de la declaraci\u00f3n jurada, y entre el 12 y el 17 de junio para los pagos, dependiendo el d\u00eda exacto del n\u00famero en que finaliza el CUIT del contribuyente. Con el cambio, seg\u00fan puntualizaron fuentes de ARCA,<strong> las fechas ser\u00e1n las mismas para todos. <\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La extensi\u00f3n del plazo <strong>hab\u00eda sido pedida d\u00edas atr\u00e1s <\/strong>por el Consejo Profesional de Ciencias Econ\u00f3micas de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, que nuclea a los contadores de la jurisdicci\u00f3n. En un comunicado, la entidad explic\u00f3 ayer que hizo la solicitud dadas las tareas que tienen en estos d\u00edas los profesionales. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En el caso de Ganancias, el Gobierno anunci\u00f3 recientemente la creaci\u00f3n de <a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/economia\/impuesto-a-las-ganancias-dudas-sobre-quienes-podran-adherir-al-regimen-simplificado-nid23052025\/\" target=\"_self\" title=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/economia\/impuesto-a-las-ganancias-dudas-sobre-quienes-podran-adherir-al-regimen-simplificado-nid23052025\/\" class=\"com-link\" data-mrf-recirculation=\"n_link_parrafo\"><strong>un r\u00e9gimen opcional simplificado, <\/strong><\/a>que estar\u00e1 disponible, en principio, solamente para quienes obtengan la totalidad de sus ingresos dentro del pa\u00eds. Pero hay que tener en cuenta que <strong>esa decisi\u00f3n no impacta en las obligaciones cuyo vencimiento llegar\u00e1 el mes pr\u00f3ximo: <\/strong>en este caso, las presentaciones de quienes est\u00e1n inscriptos en el impuesto deber\u00e1n realizarse, sin opci\u00f3n, de acuerdo con lo que ya estaba previsto.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En lo referido a <strong>Bienes Personales,<\/strong> en tanto, los vencimientos pr\u00f3ximos est\u00e1n tambi\u00e9n referidos al tributo correspondiente a 2024. La carga fiscal alcanza a quienes al \u00faltimo d\u00eda de ese a\u00f1o ten\u00edan <strong>activos valuados en al menos $292.994.964,89,<\/strong> seg\u00fan la cifra que oficializ\u00f3 ARCA al publicarla en su p\u00e1gina, y<a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/economia\/bienes-personales-quienes-tendran-que-pagar-el-impuesto-por-sus-patrimonios-de-este-ano-nid14112024\/\" target=\"_self\" title=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/economia\/bienes-personales-quienes-tendran-que-pagar-el-impuesto-por-sus-patrimonios-de-este-ano-nid14112024\/\" class=\"com-link\" data-mrf-recirculation=\"n_link_parrafo\"> que anticip\u00f3 tiempo atr\u00e1s LA NACION.<\/a> La cifra surge de aplicar una <strong>actualizaci\u00f3n por inflaci\u00f3n <\/strong>al valor que rigi\u00f3 por los patrimonios que las personas ten\u00edan a fines de 2023. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La<strong> vivienda<\/strong> est\u00e1 exenta hasta los <strong>$1.025.482.377,13. <\/strong>Esto significa que si el inmueble tiene un valor de hasta ese monto \u2013seg\u00fan las reglas de valuaci\u00f3n del esquema de este tributo\u2013, no queda alcanzado por la carga fiscal, en tanto que si la cifra es superior, la imposici\u00f3n se aplica sobre el excedente.<\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">La vivienda est\u00e1 exenta de Bienes Personales hasta un determinado valor que se actualiza cada a\u00f1o<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Daniel Basualdo<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El menor patrimonio alcanzado por el impuesto a los Bienes Personales es una cifra que se actualiza seg\u00fan la <strong>variaci\u00f3n interanual del \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC) a octubre. <\/strong>Entre ese mes de 2023 y de 2024, la inflaci\u00f3n fue de<strong> 192,99%.<\/strong> En consecuencia, ese fue el porcentaje aplicado para reajustar los valores del esquema impositivo. Por el a\u00f1o previo hab\u00edan quedado alcanzados quienes ten\u00edan bienes por al menos $100 millones.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Dado lo establecido por la ley, <strong>tambi\u00e9n subieron los importes expresados en el cuadro de al\u00edcuotas, <\/strong>algo que influye a la baja en los montos a pagar por quienes quedan incluidos en la obligaci\u00f3n fiscal. Adem\u00e1s, por la vigencia de una reforma incluida en la Ley de Medidas Fiscales Relevantes y Paliativas aprobada el a\u00f1o pasado, para calcular el impuesto correspondiente a 2024 <strong>se elimin\u00f3 la al\u00edcuota m\u00e1s alta <\/strong>que hab\u00eda estado<strong> <\/strong>vigente en el ejercicio fiscal anterior.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">De esa manera, si el valor de los bienes gravados se excede del monto no gravado (es decir, de los casi $293 millones) en hasta $40.107.213,86, se abonar\u00e1 el tributo que resulte de aplicar una al\u00edcuota de 0,5% sobre el monto que supere lo no imponible. Si el patrimonio que excede lo exento se ubica entre los $40.107.213,86 y los $86.898.963,43, la carga a abonar tendr\u00e1 dos componentes: un monto fijo de $200.536,07 y otro equivalente al 0,75% de una cifra resultante de restarle $40.107.213,86 al valor de los bienes (previamente descontado lo no imponible). Por ejemplo, <strong>con bienes totales sujetos al impuesto valuados en $350 millones, el tributo ser\u00e1 de alrededor de $327.270.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Si lo gravado est\u00e1 valuado en un monto de entre $86.898.963,43 y $240.643.283,28, el tributo ser\u00e1 de $551.474,19 m\u00e1s el 1% calculado sobre el valor del patrimonio (descontado lo exento) que exceda los $86.898.963,43. Por \u00faltimo, si se superan los $240.643.283,28, la carga ser\u00e1 de un monto fijo de $2.088.917,39 m\u00e1s el 1,25% del importe resultante de restarle $240.643.283,28 al valor total de los bienes (ya descontado lo exento). <strong>Si se tiene, por ejemplo, un patrimonio valuado en $1000 millones, se tributar\u00e1 un importe de $7.918.439.<\/strong><\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">El impuesto a los Bienes Personales se rige seg\u00fan las reglas votadas por el Congreso en 2024<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">ricardo-pristupluk-11511<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Seg\u00fan los \u00faltimos cambios aprobados para el esquema de imposici\u00f3n, <strong>a\u00f1o a a\u00f1o se reduce la cantidad de al\u00edcuotas, <\/strong>hasta llegar al tributo correspondiente al ejercicio <strong>2027.<\/strong> Para ese entonces habr\u00e1 una \u00fanica tasa, \u201cde 0,25% sobre el valor total de los bienes que exceda el m\u00ednimo no imponible\u201d.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">La suba del menor patrimonio alcanzado por Bienes Personales y la actualizaci\u00f3n de todo el esquema de c\u00e1lculo es de un porcentaje superior a la inflaci\u00f3n que hubo en 2024, si se mira el a\u00f1o de punta a punta. Esto es as\u00ed porque, seg\u00fan la lo establecido por ley, para el reajuste de los valores se utiliza <strong>la variaci\u00f3n interanual del IPC a octubre, que fue de 192,99%,<\/strong> y no a diciembre, que <strong>result\u00f3 bastante inferior, de 117,8%,<\/strong> ya que la inflaci\u00f3n estuvo a la baja en los \u00faltimos meses del a\u00f1o pasado. <strong>Eso favorece a los contribuyentes. <\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Las obligaciones por Bienes Personales rigen para<strong> todos los que est\u00e1n inscriptos en el impuesto, <\/strong>m\u00e1s all\u00e1 de cu\u00e1l haya sido el valor de sus activos el a\u00f1o pasado. Es decir, si por sus patrimonios de 2023 estuvieron dentro del tributo y por sus tenencias en 2024 ahora no lo est\u00e1n, pero no se dieron de baja, deber\u00e1n presentar la declaraci\u00f3n jurada. <\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Sin embargo, no est\u00e1n alcanzados por el impuesto quienes hayan adherido al<strong> R\u00e9gimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP),<\/strong> establecido en la reforma tributaria del a\u00f1o pasado y que implic\u00f3 el pago por anticipado de varios a\u00f1os de este impuesto.<\/p>\n<h3 class=\"com-title --font-primary --l --font-extra\">Bienes gravados y bienes exentos<\/h3>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Entre los <strong>activos alcanzados por Bienes Personales <\/strong>est\u00e1n los inmuebles (con la ya mencionada exenci\u00f3n para la vivienda), los autom\u00f3viles (que quedan liberados de la carga despu\u00e9s de 5 a\u00f1os de su ingreso al patrimonio), los ahorros en billetes, los bienes muebles registrables, los saldos de cuentas corrientes bancarias, los t\u00edtulos, acciones, cuotas o participaciones sociales, las criptomonedas, los saldos de billeteras virtuales, los patrimonios de empresas o explotaciones unipersonales, los cr\u00e9ditos y los bienes y dep\u00f3sitos en el exterior.<\/p>\n<div class=\"content-media\">\n<section role=\"button\" class=\"mod-media   \">\n<figure role=\"button\" class=\"mod-figure \"><figcaption class=\"mod-figcaption\"><span class=\"com-text --caption --twoxs\">La tenencia de billetes, en moneda nacional o extranjera, est\u00e1 alcanzada por Bienes Personales<\/span><span class=\"com-text --credit --twoxs\">Unsplash<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/section>\n<\/div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Est\u00e1n<strong> libres de esta carga <\/strong>los saldos de dep\u00f3sitos a plazo fijo y de cajas de ahorro, las cuentas individuales de seguro de retiro, las cuotas sociales de cooperativas, los inmuebles rurales, los t\u00edtulos y bonos emitidos por el Estado y las obligaciones negociables y cuotapartes de fondos comunes de inversi\u00f3n que cumplan con ciertas condiciones.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">El valor a declarar por los <strong>inmuebles <\/strong>es el mayor de dos: el de adquisici\u00f3n o ingreso al patrimonio tras descontarse una amortizaci\u00f3n (un porcentaje) anual, o el fiscal (para el cual debe observarse el monto informado para fines de 2017 por la jurisdicci\u00f3n en la que est\u00e1 ubicada la propiedad, y debe ajustarse esa cifra por la inflaci\u00f3n acumulada hasta el 31 de diciembre de 2024).<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En cuanto a las tenencias de <strong>moneda extranjera,<\/strong> para la conversi\u00f3n a pesos se considera el valor del tipo de cambio que publica la AFIP para este impuesto, que se corresponde con el precio tipo comprador del Banco Naci\u00f3n al 31 de diciembre del a\u00f1o al que corresponde el tributo. En el caso de ciertas<strong> inversiones alcanzadas por el impuesto <\/strong>y de los <strong>veh\u00edculos<\/strong>, deben observarse los valores que informa la AFIP en su p\u00e1gina.<\/p>\n<section class=\"container-center-100 mb-40\">\n<hr\/>\n<\/section>\n<hr class=\"border border-bottom border-thin border-neutral-light-700 mb-32\"\/><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) decidi\u00f3 extender en unos d\u00edas el plazo para la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n jurada y el pago de los impuestos a las ganancias y Bienes Personales. 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