{"id":165626,"date":"2025-05-24T09:09:43","date_gmt":"2025-05-24T12:09:43","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=165626"},"modified":"2025-05-24T09:09:47","modified_gmt":"2025-05-24T12:09:47","slug":"dolares-del-colchon-las-reformas-a-los-regimenes-penal-tributario-y-penal-cambiario-que-ya-habian-sido-propuestas-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=165626","title":{"rendered":"D\u00f3lares del colch\u00f3n: las reformas a los reg\u00edmenes Penal Tributario y Penal Cambiario que ya hab\u00edan sido propuestas"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/05\/pila-de-dinero-con-billetes-de-100-5YNOVMCCTFFYRKBDJW6MWAYYKQ-2.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>El Gobierno Nacional acaba de anunciar un paquete de medidas con el declamado objetivo de <strong>facilitar la canalizaci\u00f3n de los ahorros de los argentinos<\/strong> al sistema formal. <\/p>\n<p>Entre las medidas anunciadas, se anticip\u00f3 el env\u00edo al Congreso de la Naci\u00f3n de proyectos de ley que buscar\u00edan suprimir el R\u00e9gimen Penal Cambiario y modificar el R\u00e9gimen Penal Tributario. <\/p>\n<p>Creemos necesario advertir sobre ambas materias, ya que existen propuestas legislativas concretas, elaboradas con sustento t\u00e9cnico y, en el caso del R\u00e9gimen Penal Tributario, con dictamen un\u00e1nime de comisi\u00f3n. De eso hablaremos.<\/p>\n<p><strong>1. R\u00e9gimen Penal Cambiario: una norma obsoleta que debe ser derogada<\/strong><\/p>\n<p>En el proyecto 2413-D-2025 (L\u00f3pez Murphy) se propone la derogaci\u00f3n total de la Ley 19.359 y del Decreto 480\/1995, que configuran el llamado R\u00e9gimen Penal Cambiario, por considerarlo una normativa anacr\u00f3nica, innecesaria y contraria a los principios modernos del derecho penal. Esta legislaci\u00f3n,<strong> sancionada durante un gobierno de facto en 1971<\/strong>, nunca fue debatida ni ratificada por el Congreso Nacional, lo que la vuelve jur\u00eddicamente cuestionable desde el punto de vista constitucional.<\/p>\n<p>Uno de los ejes centrales de la iniciativa es la eliminaci\u00f3n de la superposici\u00f3n de reg\u00edmenes sancionatorios, ya que actualmente<strong> el Banco Central posee amplias facultades para fiscalizar y sancionar administrativamente infracciones cambiarias a trav\u00e9s de su Carta Org\u00e1nica<\/strong> (Ley 24.144), la Ley de Entidades Financieras (21.526) y la Ley de Casas de Cambio (18.924). Esta duplicaci\u00f3n normativa no solo genera inseguridad jur\u00eddica, sino tambi\u00e9n un dispendio institucional que satura al Poder Judicial sin traducirse en sanciones efectivas.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el <strong>R\u00e9gimen Penal Cambiario<\/strong> vigente contiene disposiciones que vulneran principios b\u00e1sicos del derecho penal, como la aplicaci\u00f3n de penas privativas de libertad por meras infracciones formales, la inhabilitaci\u00f3n del principio de ley penal m\u00e1s benigna, la ampliaci\u00f3n injustificada de los plazos de prescripci\u00f3n y el rol simult\u00e1neo del Banco Central como acusador e instructor. Este enfoque punitivo contrasta con los est\u00e1ndares actuales, tanto en pa\u00edses desarrollados como en la regi\u00f3n, donde los incumplimientos cambiarios se abordan con sanciones administrativas y no penales.<\/p>\n<p>Por estas razones, el proyecto propone unificar la respuesta sancionatoria exclusivamente en el plano administrativo, bajo supervisi\u00f3n del BCRA, eliminando un r\u00e9gimen penal que resulta desproporcionado, costoso e ineficaz. Se busca as\u00ed modernizar el marco legal, dotarlo de mayor coherencia, y alinearlo con una l\u00f3gica institucional m\u00e1s eficiente y respetuosa del debido proceso.<\/p>\n<p><strong>2. R\u00e9gimen Penal Tributario: actualizaci\u00f3n t\u00e9cnica, proporcionalidad y certeza jur\u00eddica<\/strong><\/p>\n<p>En paralelo, los proyectos de ley 3689-D-2024 (L\u00f3pez Murphy) y 3.698-D.-2023. (Agost Carre\u00f1o) \u2014que ya cuentan con dictamen favorable y un\u00e1nime de la Comisi\u00f3n de Legislaci\u00f3n Penal\u2014 proponen una reforma integral al R\u00e9gimen Penal Tributario (Ley 24.769), con tres grandes virtudes:<\/p>\n<p><strong>a) Tipificaci\u00f3n m\u00e1s precisa y t\u00e9cnica de las figuras penales<\/strong><\/p>\n<p>El proyecto redefine los pisos econ\u00f3micos de las figuras penales del R\u00e9gimen para enfocarse en las conductas de mayor gravedad. Esta mejora t\u00e9cnica permite al Estado concentrar sus recursos en los casos donde el fraude fiscal verdaderamente puede tener impacto significativo en el erario p\u00fablico<\/p>\n<p><strong>b) Actualizaci\u00f3n autom\u00e1tica y proporcional de los umbrales econ\u00f3micos que tipifican los delitos<\/strong><\/p>\n<p>Una de las principales fortalezas del proyecto radica en la introducci\u00f3n de montos m\u00ednimos de punibilidad graduados en salarios m\u00ednimos vitales y m\u00f3viles (\u201cSMVM\u201d). Esto permite que los umbrales penales se ajusten autom\u00e1ticamente a la realidad econ\u00f3mica sin necesidad de reformas constantes, lo que brinda estabilidad y racionalidad al sistema. Por ejemplo, la evasi\u00f3n simple requiere que el monto evadido <strong>supere los 345 SMVM<\/strong> por cada tributo y ejercicio fiscal. Al valor del SMVM de junio de 2025 ($313.400) esto supone un piso de punibilidad de $ 1.081.230.000.<\/p>\n<p>Este sistema garantiza proporcionalidad en la respuesta penal y evita criminalizar infracciones menores o administrativas, reservando la herramienta penal para las verdaderas maniobras de evasi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>c) Mayor seguridad jur\u00eddica para contribuyentes y operadores<\/strong><\/p>\n<p>Con montos definidos en t\u00e9rminos objetivos (SMVM) y un sistema autom\u00e1tico de actualizaci\u00f3n, se garantiza mayor previsibilidad para todos los actores econ\u00f3micos: contribuyentes, asesores fiscales, organismos recaudadores y Poder Judicial. <\/p>\n<h3>Conclusi\u00f3n<\/h3>\n<p>Celebramos que el Poder Ejecutivo reconozca la necesidad de suprimir el R\u00e9gimen Penal Cambiario y reformar el Penal Tributario. Pero insistimos en que <strong>ya existen propuestas legislativas t\u00e9cnicamente robustas y adaptadas a los tiempos actuales<\/strong>. No hay raz\u00f3n para comenzar de cero.<\/p>\n<p>La derogaci\u00f3n del R\u00e9gimen Penal Cambiario y la actualizaci\u00f3n integral del R\u00e9gimen Penal Tributario, tal como lo proponen los proyectos que hemos presentado, representan un camino m\u00e1s racional, moderno y eficiente.<\/p>\n<p>Invitamos al Congreso y al Poder Ejecutivo a retomar estos proyectos y avanzar en su tratamiento. Porque una legislaci\u00f3n represiva tributaria y cambiaria bien dise\u00f1ada no solo mejoran el cumplimiento fiscal: tambi\u00e9n fortalece el Estado de Derecho.<\/p>\n<p>La entrada D\u00f3lares del colch\u00f3n: las reformas a los reg\u00edmenes Penal Tributario y Penal Cambiario que ya hab\u00edan sido propuestas se public\u00f3 primero en DIARIO DIGITAL MORENO MEDIOS.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Gobierno Nacional acaba de anunciar un paquete de medidas con el declamado objetivo de facilitar la canalizaci\u00f3n de los ahorros de los argentinos al sistema formal.<br \/>\n Entre las medidas anunciadas, se anticip\u00f3 el env\u00edo al Congreso de la Naci\u00f3n de proyectos de ley que buscar\u00edan suprimir el R\u00e9gimen Penal Cambiario y modificar el R\u00e9gimen Penal Tributario.<br \/>\n Creemos necesario advertir sobre ambas materias, ya que existen propuestas legislativas concretas, elaboradas con sustento t\u00e9cnico y, en el caso del R\u00e9gimen Penal Tributario, con dictamen un\u00e1nime de comisi\u00f3n. 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