{"id":155643,"date":"2025-04-28T01:10:30","date_gmt":"2025-04-28T04:10:30","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=155643"},"modified":"2025-04-28T01:10:43","modified_gmt":"2025-04-28T04:10:43","slug":"para-dos-ex-ministros-de-defensa-que-los-militares-puedan-detener-civiles-choca-con-la-ley-de-seguridad-interior","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=155643","title":{"rendered":"Para dos ex ministros de Defensa, que los militares puedan detener civiles choca con la Ley de Seguridad Interior"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/04\/BSS_YlabI_2000x1500__1-1.jpg\"\/>   <\/p>\n<p>El ministro de Defensa, Luis Petri, <strong>polemiz\u00f3<\/strong> con sus antecesores Horacio Jaunarena y Ricardo L\u00f3pez Murphy sobre las \u201creglas de empe\u00f1amiento\u201d reservadas dadas por el primero a los militares que participan del \u201cOperativo Roca\u201d en las fronteras de Salta y Jujuy, junto a la Gendarmer\u00eda.<\/p>\n<p>Mientras Petri <strong>defendi\u00f3 la legalidad<\/strong> de la resoluci\u00f3n reservada que contienen esas \u00f3rdenes, el presidente de la comisi\u00f3n de Defensa, L\u00f3pez Murphy, dijo que pese a ella, las Fuerzas Armadas \u201c<strong>no tienen protecci\u00f3n jur\u00eddica suficiente<\/strong>, ya que la ley de Seguridad Interior impide el empleo de las Fuerzas Armadas en este tipo de misiones\u201d.<\/p>\n<p>Por su parte, Jaunarena opin\u00f3 que \u201ceste es un caso en donde claramente<strong> entran en conflicto las leyes vigentes <\/strong>con la posibilidad que los hombres de las Fuerzas Armadas procedan al arresto de personas en una funci\u00f3n claramente policial.<\/p>\n<p>Los tres contestaron preguntas de <strong>Clar\u00edn<\/strong> sobre este tema sensible que tiene como marco la anulaci\u00f3n de la llamada \u201cDoctrina Garr\u00e9\u201d para el uso limitado de las FF.AA. con las nuevas medidas de Petri.<\/p>\n<p>Las \u00f3rdenes reservadas que el Gobierno le dio a los militares que la semana pasada comenzaron a movilizarse para reforzar la vigilancia de las zonas de la frontera norte, junto a la Gendarmer\u00eda, en el marco del \u201cOperativo Roca\u201d, permiten que detengan civiles en forma transitoria que cometan delitos en flagrancia, entre otras medidas pol\u00e9micas.<\/p>\n<p>  Horacio Jaunarena y Ricardo L\u00f3pez Murphy, ex ministros de Defensa con reservas sobre la medida de Petri.  <\/p>\n<p>\u201cPodr\u00e1n proceder a la <strong>aprehensi\u00f3n transitoria<\/strong> de <strong>personas que se encuentren cometiendo delitos en flagrancia<\/strong>, informando inmediatamente de ello a las Fuerzas de Seguridad, al Juzgado correspondiente o al Ministerio P\u00fablico Fiscal, para que tomen la intervenci\u00f3n que les compete\u201d, dice uno de los art\u00edculos de la parte reservada de la resoluci\u00f3n 347 del ministro de Defensa, Luis Petri, seg\u00fan revelaron fuentes militares a <strong>Clar\u00edn<\/strong>.<\/p>\n<p>Se llaman \u201creglas de empe\u00f1amiento\u201d a las \u00f3rdenes que se le dan a las tropas siempre que se movilizan ante una amenaza.<\/p>\n<p>Estas normas ordenan desde al comportamiento en p\u00fablico de los efectivos ante un ataque de narcos, la detenci\u00f3n de civiles, el uso de las armas y c\u00f3mo responder en un enfrentamiento.<\/p>\n<p>Por su parte, Petri dijo a <strong>Clar\u00edn <\/strong>que \u201cla cobertura legal est\u00e1 dada<strong> por la ley de ministerios, la ley de defensa, el Decreto 1112\/24 y por las Reglas de Empe\u00f1amiento (RDE)<\/strong> que son de cumplimiento obligatorio y se emiten para regular el uso de la fuerza y guiar las acciones preventivas o reactivas necesarias. Se ajustan al Decreto 1112\/2024 habilita a darse su propia seguridad y protecci\u00f3n, repeliendo las agresiones que pongan en riesgo la vida del personal o afecten gravemente el material y equipo necesarios para la Defensa Nacional. En la Operaci\u00f3n Roca, las RDE son firmadas por el  Ministro de Defensa\u201d.<\/p>\n<p>Ante las cr\u00edticas de Lopez Murphy y Jaunarena a la facultad que le dio a los militares de \u201caprehensi\u00f3n transitoria de personas\u201d, Petri contest\u00f3: \u201c<strong>de acuerdo al C\u00f3digo Procesal Penal de la Naci\u00f3n, la aprehensi\u00f3n en flagrancia puede ser realizada por la polic\u00eda, por cualquier otra autoridad o incluso por una persona com\u00fan.<\/strong> El aprehendido debe ser conducido a la brevedad posible ante autoridad competente para que se inicie la investigaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>\u201cAnte un grave delito \u00bfc\u00f3mo no van a poder aprehender a un delincuente en flagrancia quienes tienen la responsabilidad de defender los m\u00e1s altos intereses de la Naci\u00f3n mientras cumplen sus funciones asignadas por ley?\u201d, agreg\u00f3 el ministro de Defensa.<\/p>\n<p>Cuando se le coment\u00f3 que Jaunarena y Lopez Murphy apoyan el env\u00edo de tropas a la frontera pero piden una actualizaci\u00f3n de las Leyes de Defensa y Seguridad Interior, Petri dijo que \u201c<strong>el marco legal actual permite el despliegue. <\/strong>Caso contrario, bajo que normativa se hicieron los despliegues de los gobiernos anteriores. El proyecto presentado busca ampliar facultades frente a actos terroristas\u201d<\/p>\n<p>Al pregunt\u00e1rsele, si podr\u00e1 reunir 10 mil soldados en la frontera hasta diciembre, contest\u00f3 que \u201clo que interesa no es \u201cel n\u00famero de soldados\u201d, sino organizaciones militares.<strong> Son 3 brigadas del Ej\u00e9rcito que se encuentran involucradas y que van a actuar con presencia constante de no menos de 1300 efectivos<\/strong>, m\u00e1s radares, medios a\u00e9reos, drones y tecnolog\u00edas para vigilar zonas de monte y selva\u201d<\/p>\n<p>Sobre si las reglas de empe\u00f1amiento son suficientes para una defensa ante un ataque, Petri enfatiz\u00f3 \u201cS\u00ed, claro que s\u00ed.<strong> Son los principios que establecen la no punibilidad ante el cumplimiento del deber y la leg\u00edtima defensa<\/strong>. El art\u00edculo 34 del C\u00f3digo penal cuando se act\u00faa en cumplimiento de la ley en ejercicio del derecho de defensa para salvaguardar la vida\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLos 4 principios est\u00e1n contenidos en las RDE y que la Ley de Seguridad Interior (art 28) dice que un atentado a la jurisdicci\u00f3n militar constituye una obligaci\u00f3n primaria de la autoridad militar la preservaci\u00f3n de la fuerza armada y el restablecimiento del orden dentro de la aludida jurisdicci\u00f3n\u201d, destac\u00f3.<\/p>\n<p>Petri insisti\u00f3 en que los militares \u201c<strong>tienen protecci\u00f3n jur\u00eddica suficiente <\/strong>y todos los pa\u00edses de la Regi\u00f3n y el propio Presidente de EE.UU. al asumir contemplaron desplegar y movilizar fuerzas a las Fronteras. Argentina es el 8vo pa\u00eds en dimensiones con una amplia frontera que debe proteger. La protecci\u00f3n jur\u00eddica proviene de ley de Ministerios, Ley 23.554, Decreto 1112\/24\u201d.<\/p>\n<p>Record\u00f3 que \u201cla vigilancia y control de Fronteras es funci\u00f3n inherente a la Defensa Nacional \u2013 Ley 23.554 (Art 31)\u201d y se\u00f1al\u00f3 que \u201cley de Ministerios \u2013  Art 19, establece que el MD entiende en la elaboraci\u00f3n y propuesta de los planes tendientes al cumplimiento de los fines de la defensa nacional en las \u00e1reas de frontera, as\u00ed como su direcci\u00f3n y ejecuci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Los militares \u201cno se despliegan en apoyo de las FF.SS. sino que se coordinan zonas, se intercambia informaci\u00f3n y se complementan, donde ambos Ministerios tienen responsabilidades e incumbencias distintas\u201d. \u201cLas FFAA ser\u00e1n desplegadas en zonas alejadas de centros urbanos y de pasos oficiales. Est\u00e1n siendo adiestradas y equipadas para poder cumplir con su misi\u00f3n\u201d, finaliz\u00f3 Petri.<\/p>\n<h2>La opini\u00f3n de Ricardo L\u00f3pez Murphy<\/h2>\n<p><strong>\u2013 \u00bfQu\u00e9 opina de las reglas de empe\u00f1amiento que el ministro de Defensa Luis Petri dispuso a trav\u00e9s de una resoluci\u00f3n para la \u201cOperaci\u00f3n Roca\u201d en el norte del pa\u00eds?<\/strong><\/p>\n<p>-No conozco el contenido de las reglas de empe\u00f1amiento ya que oficialmente no se han hecho p\u00fablicas.<\/p>\n<p>  <img decoding=\"async\" alt=\"El ex ministro de Defensa, Ricardo L\u00f3pez Murphy, en un evento en Mendoza.\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/04\/kENFN63ej_720x0__1.jpg\"\/>El ex ministro de Defensa, Ricardo L\u00f3pez Murphy, en un evento en Mendoza.  <\/p>\n<p><strong>\u2013 Este nuevo marco legal, a su criterio, \u00bfprotege a los militares que participan de la Operaci\u00f3n Roca, frente a eventuales juicios en la justicia civil?<\/strong><\/p>\n<p>-En mi opini\u00f3n no tienen protecci\u00f3n jur\u00eddica suficiente, ya que la ley de Seguridad Interior impide el empleo de las Fuerzas Armadas en este tipo de misiones. Una ley tiene jerarqu\u00eda superior a un decreto y a una resoluci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u2013 Una de las normas dispone que se \u201cPodr\u00e1n proceder a la aprehensi\u00f3n transitoria de personas que se encuentren cometiendo delitos en flagrancia, informando inmediatamente de ello a las Fuerzas de Seguridad, al Juzgado correspondiente o al Ministerio P\u00fablico Fiscal, para que tomen la intervenci\u00f3n que les compete\u201d. \u00bfEst\u00e1 de acuerdo con esta orden?<\/strong><\/p>\n<p> -En el marco de la respuesta anterior, queda claro que las Fuerzas Armadas no tienen autoridad para llevar a cabo esta acci\u00f3n ya que no tienen funci\u00f3n policial. Adem\u00e1s estamos sustrayendo a las fuerzas del cumplimiento de su misi\u00f3n espec\u00edfica.<\/p>\n<p><strong>\u2013 \u00bfConsidera que es necesario movilizar militares a las \u201czonas de seguridad de frontera\u201d donde no hay puestos de control?<\/strong><\/p>\n<p>-Absolutamente innecesario. La Rep\u00fablica Argentina es uno de los pa\u00edses que cuenta con mayor cantidad de personal de seguridad en relaci\u00f3n con la poblaci\u00f3n. Hablamos de alrededor de 8 personas de seguridad cada 1000 habitantes. Deber\u00edamos poner la casa en orden y destinar a cada fuerza a su misi\u00f3n especifica y, en este sentido, organizarla, equiparla y adiestrarla.<\/p>\n<p><strong>\u2013 \u00bfCu\u00e1l ser\u00eda a su criterio el marco legal necesario para movilizar tropas militares a custodiar la frontera?<\/strong><\/p>\n<p>-La Rep\u00fablica Argentina dispone de una fuerza de seguridad militarizada la Gendarmer\u00eda Nacional creada con la finalidad principal de custodiar las fronteras Una ley del Congreso de la Naci\u00f3n sancionada con el mayor consenso<\/p>\n<h2>La postura de Horacio Jaunarena<\/h2>\n<p>Las misma preguntas que L\u00f3pez Murphy fueron respondidas por Horacio Jaunarena.<\/p>\n<p>\u2013 Las reglas de empe\u00f1amiento que el Ministro dispuso, son directivas que marcan las circunstancias, las limitaciones y el grado de fuerza que pueden emplear sus subordinados para cumplir con la misi\u00f3n encomendada, en este caso, para el personal que se destine al Operativo Roca, y el cumplimiento de las directivas, protege al personal que, frente a determinadas situaciones, <strong>su conducta pueda ser juzgada como delictiva por ser contrarias a lo estipulado por las Leyes de Defensa y Seguridad Interior.<\/strong> Que, en otro orden, cabe mencionar que, con m\u00e1s de cuarenta a\u00f1os de vigencia han quedado desactualizadas y requieren una urgente modernizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>  <img decoding=\"async\" alt=\"Horacio Jaunarena, ex ministro de defensa. Foto Guillermo Rodr\u00edguez Adami \" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/04\/Hyl199lbf_720x0.jpg\"\/>Horacio Jaunarena, ex ministro de defensa.<br \/>Foto Guillermo Rodr\u00edguez Adami   <\/p>\n<p>\u2013 Una resoluci\u00f3n ministerial, como en este caso, <strong>no es suficiente para modificar el texto de una ley,<\/strong> si ella determina algunas prescripciones, por m\u00e1s que las intenciones sean buenas y que la ley est\u00e9 obsoleta. Lo que corresponde es que nuestro gobierno, junto con los legisladores, sean oficialistas u opositores, se aboquen a modernizar le plexo normativo, mediante los consensos necesarios para procurar, entre otras necesidades, un adecuado control y vigilancia de nuestras fronteras, con una clara definici\u00f3n de los roles y misiones que tengan las Fuerzas Armadas y de Seguridad.<\/p>\n<p>\u2013 Este es un caso en <strong>donde claramente entran en conflicto las leyes vigentes con la posibilidad que los hombres de las Fuerzas Armadas procedan al arresto de personas<\/strong> en una funci\u00f3n claramente policial. De manera tal que el personal militar que realice un acto de esta naturaleza, se interna en un espacio de inseguridad pues ignora como resolver\u00e1 su conducta, el Juez que intervenga en la emergencia.<\/p>\n<p>\u2013 La realidad es que en este momento, y desde hace mucho tiempo,<strong> nuestras fronteras est\u00e1n desprotegidas<\/strong> y son un campo propicio para que crezca el tr\u00e1fico de droga y la trata de personas, entre otros delitos que, como el contrabando, tambi\u00e9n se cometen con manifiesta impunidad. Este abandono, se debe a un problema muy complejo que tiene que ver, entre otras circunstancias, con la obsolescencia de nuestra legislaci\u00f3n vigente, con decisiones pol\u00edticas incorrectas, y, adem\u00e1s, con que parte importante del personal de la Gendarmer\u00eda, que es la Fuerza que primariamente tiene la responsabilidad, est\u00e9 realizando tareas policiales, que no se corresponden con las razones de su creaci\u00f3n, en el gran Buenos Aires, gran Rosario y gran C\u00f3rdoba y, que, adem\u00e1s, no se los puede retirar de esos lugares, dada la ineficacia de las polic\u00edas provinciales para dar seguridad a sus habitantes. Sobre esto, los gobiernos provinciales tienen mucho que hacer. La nueva ley que se sancione, deber\u00e1 tener la flexibilidad necesaria como para que podamos utilizar el elemento m\u00e1s adecuado, sea Policial, de Defensa o de Seguridad, para reforzar el control que se necesita.<\/p>\n<p>\u2013 Creo que uno de los puntos de modificaci\u00f3n legal del plexo normativo, <strong>debe ser terminar con la concepci\u00f3n seg\u00fan la cual se dividen de manera absoluta y sin ninguna relaci\u00f3n compatible, a las funciones de las Fuerzas Armadas<\/strong> y las de Seguridad, cuando la realidad nos indica que ellas tienen que actuar de manera complementaria, definiendo la legislaci\u00f3n el que, el c\u00f3mo, y en que supuestos puede darse el empleo, individual o en conjunto de ellas, considerando que, actualmente, los conflictos que debemos enfrentar no tienen nada que ver con los que se visualizaban cuando estas leyes se sancionaron. Tambi\u00e9n deber\u00e1 dejarse en claro qui\u00e9n manda en caso que las Fuerzas act\u00faen en conjunto y dotarlas a cada una de la instrucci\u00f3n, equipamiento y presupuesto para que puedan cumplir con la misi\u00f3n que determina la ley. El nuevo plexo legal debe contemplar todos estos temas, y, asimismo, las necesidades que se desprenden del sistema de Defensa, en funci\u00f3n del nuevo espacio cibern\u00e9tico, y frente al desarrollo, por ahora sin l\u00edmites ni control, de la Inteligencia Artificial.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El ministro de Defensa, Luis Petri, polemiz\u00f3 con sus antecesores Horacio Jaunarena y Ricardo L\u00f3pez Murphy sobre las \u201creglas de empe\u00f1amiento\u201d reservadas dadas por el primero a los militares que participan del \u201cOperativo Roca\u201d en las fronteras de Salta y Jujuy, junto a la Gendarmer\u00eda. 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