{"id":149269,"date":"2025-04-15T19:03:53","date_gmt":"2025-04-15T22:03:53","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=149269"},"modified":"2025-04-15T19:03:56","modified_gmt":"2025-04-15T22:03:56","slug":"estos-son-los-requisitos-para-no-pagar-el-monotributo-si-sos-dueno-de-una-propiedad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=149269","title":{"rendered":"Estos son los requisitos para no pagar el monotributo si sos due\u00f1o de una propiedad"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/04\/los-requisitos-para-no-pagar-monotributo-si-sos-AOFK664Y4BH6DHCEVX7PFOLJMQ-1.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>La <strong>Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA)<\/strong> establece que algunas personas, que cumplen con ciertas condiciones, pueden estar eximidas de pagar el monotributo.<\/p>\n<p>\u201cRecientemente, se incluy\u00f3 un beneficio que consiste en la exenci\u00f3n del pago del monotributo para aquellos contribuyentes que tengan ingresos en el r\u00e9gimen exclusivamente de la locaci\u00f3n de hasta dos inmuebles\u201d, comparte Sebasti\u00e1n Dom\u00ednguez, contador y CEO de SDC Asesores Tributarios.<\/p>\n<p>En otras palabras, quienes ofrecen una propiedad en alquiler, est\u00e1n exentos, desde el 2023, de pagar el monotributo en ciertos casos. Pero, \u00bfqu\u00e9 otras condiciones son necesarias para acceder a este beneficio?<\/p>\n<figure><figcaption>Los requisitos que deben cumplir los propietarios para no pagar monotributoCanva<\/figcaption><\/figure>\n<p>En primer lugar, <strong>para poder ser monotributista, es necesario cumplir con todas las condiciones del r\u00e9gimen simplificado<\/strong>. Por ejemplo, no se debe realizar m\u00e1s de tres actividades simult\u00e1neas o poseer m\u00e1s de tres unidades de explotaci\u00f3n. <\/p>\n<p>Como cuesti\u00f3n general, cada inmueble se considera una unidad de explotaci\u00f3n, por lo tanto, si un jubilado cuenta con cuatro inmuebles para alquilar (por ejemplo, un departamento y tres cocheras), en principio, no podr\u00eda ser monotributista. Sin embargo, si se registran los contratos, <strong>se considera a todos estos como una sola unidad de explotaci\u00f3n, independientemente de la cantidad de propiedades afectadas, puede ser monotributista.<\/strong><\/p>\n<p>Ahora bien, como se se\u00f1alaba antes, para gozar de este beneficio, <strong>solo aplicar\u00e1n quienes<\/strong> <strong>tengan ingresos <\/strong>en el r\u00e9gimen exclusivamente de la locaci\u00f3n <strong>de hasta dos inmuebles.<\/strong><\/p>\n<p>Para poder estar exentos del monotributo, tambi\u00e9n es necesario registrar los contratos de alquiler. <\/p>\n<p>Aunque en 2024 elGobierno nacional <strong>elimin\u00f3 esta obligaci\u00f3n en el caso de los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, es requisito hacer el tr\u00e1mite si los propietarios quieren acceder a beneficios fiscales<\/strong>. Estos se declaran <strong>en el servicio RELI<\/strong> de la web del organismo con clave fiscal.<\/p>\n<figure><figcaption>Uno de los requisitos para estar eximidos del pago de este impuesto es que no se debe participar en otras actividades dentro del monotributoFabian Marelli<\/figcaption><\/figure>\n<p>Otro de los requisitos para estar eximidos del pago de este impuesto es que <strong>no se debe participar en otras actividades dentro del monotributo<\/strong>. Es decir, la exenci\u00f3n rige para quienes su \u00fanica actividad registrada en el monotributo es el alquiler de inmuebles.<\/p>\n<p>Si est\u00e1s inscripto en Ganancias y ofrec\u00e9s tu propiedad en alquiler, pod\u00e9s deducir un porcentaje. <\/p>\n<p><strong>Cuando el propietario no es monotributista y est\u00e1 en el r\u00e9gimen general impositivo<\/strong> (inscripci\u00f3n de los contribuyentes, personas humanas o jur\u00eddicas, en impuestos nacionales tales como el IVA y el impuesto a las ganancias), <strong>debe pagar impuesto a las ganancias, con una al\u00edcuota que puede ir del 5% al 35%.<\/strong> \u201cEs f\u00e1cil llegar al nivel m\u00e1s alto\u201d, afirma Dom\u00ednguez y comparte la tabla de referencia. Aclara que esta se actualizar\u00e1 en julio, por la variaci\u00f3n del IPC del primer semestre.<\/p>\n<figure><figcaption>Tabla de referencia para el Impuesto a las GananciasARCA<\/figcaption><\/figure>\n<p>\u201cEntonces, si hablamos de un jubilado que compra un inmueble para alquilar y cobra $600.000 por mes, podr\u00e1 inscribirse en el r\u00e9gimen del monotributo. Si nos referimos a un empleado en relaci\u00f3n de dependencia que adquiere un inmueble para alquilar por ese valor, tambi\u00e9n. Pero si es un profesional inscripto en IVA y Ganancias, porque supera los par\u00e1metros del monotributo, debe incorporar la renta del alquiler a su declaraci\u00f3n jurada y<strong> puede terminar pagando el 35% de Ganancias sobre ese alquiler<\/strong>\u201d, agrega Dom\u00ednguez.<\/p>\n<p><strong>Tanto el propietario como el inquilino podr\u00e1n deducir en Ganancias el 10% del monto total anual de los alquileres de inmuebles<\/strong> con destino a casa habitaci\u00f3n. \u201cEsta deducci\u00f3n es adicional a la que puede aplicar el inquilino que consiste en el 40% del total del alquiler de inmuebles destinado a casa habitaci\u00f3n, con el tope del m\u00ednimo no imponible que rija cada a\u00f1o\u201d, agrega Dom\u00ednguez.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, \u201c<strong>se exime del impuesto a los cr\u00e9ditos y d\u00e9bitos en caja de ahorro o cuentas corrientes bancarias utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locaci\u00f3n de inmuebles con destino casa habitaci\u00f3n,<\/strong> cuyos contratos se encuentren debidamente registrados\u201d, explica Dom\u00ednguez. Es decir, que los que hacen transferencias vinculadas a pagos de inmuebles estar\u00e1n exentos de pagar la tasa que se cobra a los contribuyentes sobre los movimientos de los fondos cuando se hacen transferencias, pagos o dep\u00f3sitos.<\/p>\n<\/p>\n<p>LA NACION<\/p>\n<p>  Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) establece que algunas personas, que cumplen con ciertas condiciones, pueden estar eximidas de pagar el monotributo.<br \/>\n \u201cRecientemente, se incluy\u00f3 un beneficio que consiste en la exenci\u00f3n del pago del monotributo para aquellos contribuyentes que tengan ingresos en el r\u00e9gimen exclusivamente de la locaci\u00f3n de hasta dos inmuebles\u201d, comparte Sebasti\u00e1n Dom\u00ednguez, contador y CEO de SDC Asesores Tributarios.<br \/>\n En otras palabras, quienes ofrecen una propiedad en alquiler, est\u00e1n exentos, desde el 2023, de pagar el monotributo en ciertos casos. 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