{"id":143720,"date":"2025-04-04T17:43:21","date_gmt":"2025-04-04T20:43:21","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=143720"},"modified":"2025-04-04T17:43:28","modified_gmt":"2025-04-04T20:43:28","slug":"su-nombramiento-no-fue-constitucional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=143720","title":{"rendered":"Su nombramiento no fue constitucional"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/04\/wR1jDzz85_2000x1500__1-1.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>El juez <strong>Alejo Ramos Padilla<\/strong>, quien orden\u00f3 que el flamante juez de la Corte Suprema Manuel Garc\u00eda-Mansilla no intervenga durante 3 meses en ninguna causa radicada en el m\u00e1ximo tribunal, afirm\u00f3 que \u201csu <strong>nombramiento no fue constitucional\u201d<\/strong> y explic\u00f3 que dict\u00f3 la medida cautelar porque <strong>\u201chab\u00eda un problema de seguridad jur\u00eddica\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>\u201cLo que dispuse yo fue en el marco del procedimiento de jueces en comisi\u00f3n y se analiz\u00f3 todo en prima facie porque es una medida cautelar, despu\u00e9s tendremos que dictar una sentencia de fondo donde se analice eventualmente la validez o no de los actos dictados por un juez de este modo o la validez del nombramiento\u201d, indic\u00f3 Ramos Padilla en di\u00e1logo con radio <em>Mitre<\/em>.<\/p>\n<p>En ese marco, el juez detall\u00f3 los motivos de su fallo: \u201cLo que verificamos es que hab\u00eda un riesgo en la demora, que hab\u00eda verosimilitud  del derecho y que <strong>hab\u00eda un problema de seguridad jur\u00eddica<\/strong> tambi\u00e9n, porque todo esto de alg\u00fan modo u otro hac\u00eda <strong>necesario dictar esta medida urgente<\/strong>\u201c.<\/p>\n<p>Al d\u00eda siguiente de que el Senado rechaz\u00f3 los pliegos de Ariel Lijo y Manuel Garc\u00eda-Mansilla, el juez de La Plata argument\u00f3: \u201cLo que se dijo principalmente fue que el doctor <strong>Garc\u00eda Mansilla dec\u00eda que hab\u00eda una pr\u00e1ctica constitucional aceptada que le permit\u00eda nombrarlo<\/strong> de esa manera y no la encontramos\u201d. <\/p>\n<p>\u201cSinceramente, <strong>el precedente m\u00e1s cercano que ten\u00edamos era uno de 1962<\/strong>, cuando asumi\u00f3 (Jos\u00e9 Mar\u00eda) Guido, lo hab\u00edan derrocado a (Arturo) Frondizi y el propio Guido hab\u00eda dispuesto el cierre del Congreso. Guido jur\u00f3 ante la Corte y cuando renunci\u00f3 el presidente de la Corte, mand\u00f3 a un miembro designado en comisi\u00f3n. Cuando asumi\u00f3 no le dieron el acuerdo y volvi\u00f3 despu\u00e9s con Ongan\u00eda, cuando nuevamente no funcionaba el Congreso. <strong>No era un precedente v\u00e1lido a tener en cuenta\u201d<\/strong>, argument\u00f3.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el juez platense indic\u00f3 que en la reforma constitucional de 1994 se establecieron \u201cmecanismos especiales\u201d para la designaci\u00f3n de los magistrados: \u201cImplica una amplia participaci\u00f3n en el caso de los jueces inferiores, as\u00ed los denomina, del Consejo de la Magistratura pero tambi\u00e9n del Senado que es un \u00e1mbito federal. Y para los jueces de la Corte se incorpora esta caracter\u00edstica que es que ten\u00e9s que tener dos tercios (de los respaldos en la C\u00e1mara alta)\u201d.<\/p>\n<p>Respecto de la visi\u00f3n del flamante juez de la Corte, Ramos Padilla precis\u00f3: \u201cAmbos se presentaron, Garc\u00eda-Mansilla dio sus argumentos, incluso manifest\u00f3 que iba a continuar en el cargo a\u00fan cuando no se lo dieran por el procedimiento del art\u00edculo 99, inciso 4, con acuerdo del Senado, y <strong>entendi\u00f3 que solamente pod\u00eda ser removido por juicio pol\u00edtico<\/strong>\u201c.<\/p>\n<p>\u201cNo es una cuesti\u00f3n de nombres, ni de Garc\u00eda-Mansilla, ni de Lijo. Se trata de un procedimiento que est\u00e1 puesto bajo an\u00e1lisis del Poder Judicial en este expediente, que prima facie<strong> se considera contrario a ciertas normas de la Constituci\u00f3n y eso rige para todos<\/strong>, porque todos los que conocen esta decisi\u00f3n<strong> conocen que deben abstenerse de que el doctor Garc\u00eda-Mansilla tome conocimiento de los expedientes<\/strong>. Rige para todos, por eso fue notificado el presidente de la Corte, para que fuera notificado todo el cuerpo\u201d, subray\u00f3.<\/p>\n<p>Lo que sucede es que la situaci\u00f3n de Garc\u00eda-Mansilla es distinta a la de Lijo ya que, a diferencia del otro juez propuesto por el Poder Ejecutivo, el catedr\u00e1tico firm\u00f3 varias resoluciones y prest\u00f3 juramento como nuevo integrante del tribunal al d\u00eda siguiente de que el presidente Javier Milei lo nombr\u00f3 en comisi\u00f3n y a trav\u00e9s del Decreto 137\/2025, publicado en el Bolet\u00edn Oficial el pasado 26 de febrero. En tanto, Lijo prefiri\u00f3 mantenerse en el juzgado federal que integra actualmente a la espera de una definici\u00f3n del Congreso.<\/p>\n<p>Previamente, Ramos Padilla record\u00f3 que \u201cal d\u00eda siguiente de que salieron los derechos de designaci\u00f3n en comisi\u00f3n\u201d se present\u00f3 una medida cautelar interina para que el Garc\u00eda-Mansilla no jurara como magistrado, tras el decreto de Milei, pero indic\u00f3 que en ese momento no pudo hacer lugar al pedido porque el catedr\u00e1tico ya hab\u00eda jurado como miembro del m\u00e1ximo tribunal.<\/p>\n<p>Consultado acerca de si Garc\u00eda-Mansilla se puede negar a cumplir con la cautelar, respondi\u00f3: \u201cEsta es una causa que est\u00e1 en el marco de un proceso judicial. Es una decisi\u00f3n jurisdiccional, no es una decisi\u00f3n administrativa. Hemos sido lo suficientemente claros\u201d.<\/p>\n<p>\u201cHay muchas veces que no se respetan las decisiones de los jueces y hay mecanismos, que prev\u00e9 tanto el C\u00f3digo Civil como otras normas, para hacer efectivo. Ac\u00e1 la orden que se le dio no es solamente al doctor Garc\u00eda-Mansilla sino a toda la Corte Suprema, a todos los colegas que est\u00e1n con \u00e9l, a todos los secretarios, de que todos se abstengan de que \u00e9l pueda participar de este proceso hasta que haya una sentencia definitiva en el asunto\u201d, concluy\u00f3.<\/p>\n<p>Ante la consulta puntual acerca de si considera que <strong>Garc\u00eda-Mansilla deber\u00eda renunciar<\/strong>, el juez evit\u00f3 dar una respuesta concreta: \u201cNo voy a opinar sobre eso porque precisamente tengo que resolver sobre este asunto. Hay antecedentes antiguos, incluso anteriores a la reforma y a la recuperaci\u00f3n democr\u00e1tica, donde ha ocurrido eso.Son hechos de la historia y \u00e9l <strong>tomar\u00e1 su determinaci\u00f3n<\/strong>\u201c.<\/p>\n<p>\u201cLo que<strong> dijo en el expediente es que \u00e9l se iba a mantener en el cargo hasta el final del a\u00f1o parlamentario o hasta el pr\u00f3ximo a\u00f1o parlamentario<\/strong> y solamente pod\u00eda ser removido por juicio pol\u00edtico\u201d, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>A modo de cierre, Ramos Padilla destac\u00f3: \u201cLo que tiene que quedar claro es que el Congreso ayer analiz\u00f3 la idoneidad, los pliegos y los nombres de Garc\u00eda-Mansilla y Ariel Lijo. <strong>Lo que nosotros analizamos es el procedimiento de selecci\u00f3n de estos jueces<\/strong>, que podr\u00eda ser aplicado para miembros de la Corte como para el 30% de las vacantes que hay en el Poder Judicial\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El juez Alejo Ramos Padilla, quien orden\u00f3 que el flamante juez de la Corte Suprema Manuel Garc\u00eda-Mansilla no intervenga durante 3 meses en ninguna causa radicada en el m\u00e1ximo tribunal, afirm\u00f3 que \u201csu nombramiento no fue constitucional\u201d y explic\u00f3 que dict\u00f3 la medida cautelar porque \u201chab\u00eda un problema de seguridad jur\u00eddica\u201d. \u201cLo que dispuse yo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":143721,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[],"class_list":["post-143720","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/143720","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=143720"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/143720\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":143723,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/143720\/revisions\/143723"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/143721"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=143720"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=143720"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=143720"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}