{"id":142249,"date":"2025-04-02T05:39:36","date_gmt":"2025-04-02T08:39:36","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=142249"},"modified":"2025-04-02T05:39:39","modified_gmt":"2025-04-02T08:39:39","slug":"esto-es-todo-lo-que-hay-que-saber-antes-de-escriturar-una-propiedad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=142249","title":{"rendered":"Esto es todo lo que hay que saber antes de escriturar una propiedad"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/04\/el-proceso-de-escrituracion-es-obligatorio-para-OX4CGYTBEJFSDE3FCWL22ECIVE-1.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>El hecho de<strong> reunir el <\/strong><strong>dinero para comprar una propiedad <\/strong><strong>no es motivo suficiente para adquirirla<\/strong>. Existen aspectos importantes que deben tenerse en cuenta durante el <strong>proceso de compraventa <\/strong>y son <strong>esenciales para formalizar la operaci\u00f3n<\/strong>, como por ejemplo: <strong>la <\/strong><strong>escrituraci\u00f3n del inmueble<\/strong>.<\/p>\n<p>Se trata de un<strong> tr\u00e1mite necesario <\/strong>para asegurar que<strong> la propiedad le pertenece legalmente a una persona<\/strong>. Este documento brinda seguridad jur\u00eddica al propietario y es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con la<strong>posesi\u00f3n del inmueble<\/strong>. \u201cEs un proceso esencial y obligatorio para otorgar validez y seguridad jur\u00eddica\u201d, explica el escribano Mart\u00edn Gutman, de la escriban\u00eda que lleva su apellido.<\/p>\n<figure><figcaption>El tr\u00e1mite de escrituraci\u00f3n debe realizarse ante un escribanoShutterstock<\/figcaption><\/figure>\n<p>Este tr\u00e1mite<strong> se realiza por medio de un escribano<\/strong>, quien podr\u00e1 brindar informaci\u00f3n y asesoramiento antes de firmar cualquier documento y de avanzar con la operaci\u00f3n para evitar malentendidos y futuros conflictos. En todo proceso de compraventa surgen algunas <strong>dudas que se responden en estas nueve preguntas clave:<\/strong><\/p>\n<p>El escribano recomienda que \u201cal reservar una propiedad, se incluya el t\u00e9rmino \u2019<strong>ad refer\u00e9ndum\u00b4 del estudio de t\u00edtulos y verificaci\u00f3n de antecedentes a realizar por el escribano interviniente ya que este acceder\u00e1 a la<\/strong> copia del t\u00edtulo de propiedad para realizar el an\u00e1lisis respecto a la situaci\u00f3n jur\u00eddica del inmueble en cuesti\u00f3n\u201d, a\u00f1ade.<\/p>\n<p>Los <strong>vendedores deben entregar el t\u00edtulo de propiedad del inmueble vendido<\/strong>, adem\u00e1s de facilitarle al escribano toda la documentaci\u00f3n necesaria para que pueda verificar que el inmueble se vende con sus t\u00edtulos antecedentes en forma legal, libre de toda deuda de impuestos y tasas (en CABA: boletas de ABL, Aysa, expensas y m\u00e1s). Si quien vende es una persona jur\u00eddica, entonces debe entregarse al escribano el Estatuto o Contrato Social, y un acta emanada del \u00d3rgano de Gobierno (asamblea de socios o accionistas) en la cual se autoriza, con las mayor\u00edas que establezca el estatuto, la venta del inmueble.<\/p>\n<p>En ese proceso,Enrique Luis Abatti (h), titular del Estudio Abatti &amp; Rocca Abogados, enumera las<strong> trabas que pueden surgir para poder disponer libremente del inmueble y c\u00f3mo resolverlas<\/strong>:<\/p>\n<p>\u201c<strong>Todo esto se averigua mediante un pedido de informes de dominio y otro de inhibiciones<\/strong>, que deber\u00edan gestionarse cuando una propiedad se ofrece para la venta. De esta forma se evitan sorpresas al momento de comenzar el papeleo para escriturar, ya que los tr\u00e1mites judiciales pueden generar grandes demoras, e incluso frustrar la posibilidad de venta\u201d, agrega Abatti.<\/p>\n<p>Al momento de la firma de la escritura,<strong> el escribano ya habr\u00e1 revisado antecedentes del inmueble<\/strong>, chequeo la identidad de las personas a trav\u00e9s de la p\u00e1gina del Registro Nacional de las Personas (Renaper) y realizado una entrevista con el comprador para tener un perfil en funci\u00f3n de la normativa UIF vigente sobre origen de fondos, entre otros detalles.<\/p>\n<figure><figcaption>La preparaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n es clave al momento de comprar una propiedad <\/figcaption><\/figure>\n<p>Tanto<strong> el vendedor como el comprador deben afrontar gastos propios del proceso de escrituraci\u00f3n<\/strong>. El primero se encarga de abonar todos los gastos previos a la escritura, as\u00ed como los honorarios del escribano, mientras que el segundo paga los gastos posteriores. De acuerdo a un informe de la plataforma inmobiliaria Zonaprop,<strong> corroborados por el escribano Federico Leyria, miembro del Colegio de Escribanos<\/strong>,<strong> los gastos en 2025 que debe abonar cada parte son los siguientes<\/strong>:<\/p>\n<h3>Gastos del vendedor:<\/h3>\n<p><strong>Certificados<\/strong>: el vendedor debe asumir el costo, previo a la escritura de los documentos que habiliten la operaci\u00f3n, como el certificado de dominio o el informe de inhibiciones. El diligenciamiento de estos informes podr\u00eda alcanzar el 0,2% del precio del inmueble.<\/p>\n<p><strong>Impuesto de Sellos<\/strong>: este impuesto se aplica tanto en CABA como en las otras 23 provincias del pa\u00eds. Como presenta car\u00e1cter local, cada jurisdicci\u00f3n establece la base y el hecho imponible. En CABA la al\u00edcuota es del 3,5%, que se divide entre las partes; por lo que, el vendedor paga el 1,75%. Pero, \u201cen el caso de que la operaci\u00f3n se destine a la compra de \u00fanica propiedad para vivienda, no se paga el impuesto\u201d, explica el escribano.<\/p>\n<p><strong>Deudas<\/strong>: si existieran pagos de expensas pendientes o deuda de impuestos, como el ABL u otros impuestos relacionados con la propiedad, el vendedor debe abonarlas antes de escriturar.<\/p>\n<p><strong>Estudio de t\u00edtulos<\/strong>: el estudio de t\u00edtulos es una investigaci\u00f3n minuciosa acerca del estado jur\u00eddico del inmueble en la que un notario o abogado analiza los antecedentes de la propiedad, hasta 20 a\u00f1os hacia atr\u00e1s, principalmente con el objetivo de evitar fraudes. Esta verificaci\u00f3n genera un costo de 0,2% del precio de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Comisiones inmobiliarias<\/strong>: en CABA, la comisi\u00f3n que paga el vendedor a la inmobiliaria es del 1% o 2% del valor de la propiedad m\u00e1s IVA, aunque tiende a cobrarse antes de la firma de la escritura.<\/p>\n<p><strong>Otros gastos<\/strong>: algunos costos adicionales para el vendedor podr\u00edan incluir actualizaciones de planos, desocupaci\u00f3n del inmueble, etc.<\/p>\n<h3>Gastos del comprador:<\/h3>\n<p><strong>Impuesto de Sellos<\/strong>: de la misma manera que lo hace el vendedor, el comprador debe abonar el 1,75% teniendo como base el precio de la escritura. Si el inmueble adquirido es para vivienda \u00fanica, familiar y de ocupaci\u00f3n permanente, este impuesto se reduce.<\/p>\n<p><strong>Tasas registrales<\/strong>: consiste en una tasa variable que se paga a ra\u00edz del derecho de inscribir el inmueble en el Registro de Propiedad. Una novedad positiva del 2024 fue la baja de esta tasa a trav\u00e9s del Decreto 902\/2024, que reduce la tasa del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) a casi la mitad de su valor, llegando, en algunos casos, a ser de solamente el 0,3\u2030.<\/p>\n<p><strong>Honorarios profesionales<\/strong>: el comprador de la propiedad debe pagar el 2% de los honorarios profesionales, m\u00e1s IVA. Se puede pagar en pesos o en d\u00f3lares al valor del MEP.<\/p>\n<p><strong>Comisi\u00f3n inmobiliaria<\/strong>: el comprador paga entre el 3% y el 4%. Los honorarios inmobiliarios est\u00e1n regulados por Ley y por el Colegio Profesional Inmobiliario. Al igual que en el caso del vendedor, este gasto suele abonarse previo a la firma de la escritura.<\/p>\n<p><strong>Aporte notarial<\/strong>: tiende a ser del 0,1% como m\u00e1ximo.<\/p>\n<p>La diferencia entre escriturar un<strong> inmueble a estrenar y uno usado <\/strong>no es tan significativa, pero en el primer caso los costos son m\u00e1s elevados porque se deben abonar gastos que est\u00e1n asociados a la primera escritura. Adem\u00e1s, en este caso, \u201clas escrituras se realizan ante el escribano designado por la constructora o la empresa desarrollista, lo que en muchos casos no permite que las partes negocien los honorarios\u201d, agrega Abatti.<\/p>\n<p><strong>\u201cSi, puede abonarse la totalidad de la compra antes del tr\u00e1mite de escrituraci\u00f3n, aunque no es lo recomendable<\/strong>\u201d, explica Abatti. Y agrega que lo habitual es que se firme un boleto de compraventa donde se abone alrededor del 30%, y el saldo se termine de liquidar con la escrituraci\u00f3n. En el caso de que las partes acuerden que el saldo restante se cancele en cuotas, \u201clo que se hace es escriturar y constituir una hipoteca sobre el inmueble para asegurar el pago\u201d.<\/p>\n<p>Aunque tambi\u00e9n, puede darse el caso en el que el<strong> comprador entregue una se\u00f1a <\/strong>por el inmueble por un importe m\u00ednimo, \u201cpara confirmar la operaci\u00f3n y sacar el inmueble del mercado\u201d, aclara la escribana. Luego, las partes acuerdan si firman una se\u00f1a, un boleto o se escritura directamente, abonando al momento de la firma el total del valor.<\/p>\n<figure><figcaption>La posesi\u00f3n del inmueble siempre se debe entregar al momento de la firma de la escritura.Foto de Tierra Mallorca en Unsplash<\/figcaption><\/figure>\n<p>El escribano Mart\u00edn Gutman se\u00f1ala los puntos esenciales que deben estar en la escritura y en el acto de la firma:<\/p>\n<p>La <strong>duraci\u00f3n del proceso de escrituraci\u00f3n puede variar <\/strong>de acuerdo a diversos factores, tales como: la complejidad de la operaci\u00f3n, la existencia de deudas pendientes, entre otros. Pero \u201cen una operaci\u00f3n relativamente normal, el plazo de escrituraci\u00f3n se establece dentro de los 30 d\u00edas de reservada la propiedad\u201d, concluye Gutman.<\/p>\n<h3>9) \u00bfCu\u00e1ndo se realiza la posesi\u00f3n del inmueble?<\/h3>\n<p>De acuerdo a la secretaria del Colegio de Escribanos de CABA, <strong>la posesi\u00f3n siempre se debe entregar al momento de la firma de la escritura<\/strong>. \u201cSi por alg\u00fan motivo los vendedores necesitan quedarse unos d\u00edas en el inmueble, se firma un comodato por los d\u00edas necesarios, y los vendedores se quedar\u00e1n en el inmueble con la tenencia del mismo, pero la posesi\u00f3n ya ser\u00e1 de los compradores\u201d, informa.<\/p>\n<\/p>\n<p>LA NACION<\/p>\n<p>  Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El hecho de reunir el dinero para comprar una propiedad no es motivo suficiente para adquirirla. Existen aspectos importantes que deben tenerse en cuenta durante el proceso de compraventa y son esenciales para formalizar la operaci\u00f3n, como por ejemplo: la escrituraci\u00f3n del inmueble.<br \/>\n Se trata de un tr\u00e1mite necesario para asegurar que la propiedad le pertenece legalmente a una persona. Este documento brinda seguridad jur\u00eddica al propietario y es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con laposesi\u00f3n del inmueble. \u201cEs un proceso esencial y obligatorio para otorgar validez y seguridad jur\u00eddica\u201d, explica el escribano Mart\u00edn Gutman, de la escriban\u00eda que lleva su apellido.<br \/>\n El tr\u00e1mite de escrituraci\u00f3n debe realizarse ante un escribanoShutterstock Este tr\u00e1mite se realiza por medio de un escribano, quien podr\u00e1 brindar informaci\u00f3n y asesoramiento antes de firmar cualquier documento y de avanzar con la operaci\u00f3n para evitar malentendidos y futuros conflictos. 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