{"id":132555,"date":"2025-02-06T02:42:10","date_gmt":"2025-02-06T05:42:10","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=132555"},"modified":"2025-02-06T02:42:18","modified_gmt":"2025-02-06T05:42:18","slug":"por-que-hay-devoluciones-del-impuesto-y-como-aliviar-los-montos-por-los-ingresos-de-2024-y-2025","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=132555","title":{"rendered":"Por qu\u00e9 hay devoluciones del impuesto y c\u00f3mo aliviar los montos por los ingresos de 2024 y 2025"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/02\/el-esquema-del-impuesto-que-pesa-sobre-los-KAME3G5E4VEXVKJ4PADKL2HOHQ-1.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>A partir de los ingresos percibidos en enero, el impuesto a las ganancias alcanza a los empleados con <strong>salarios brutos superiores a $2.280.558 \u2013cifra equivale a un sueldo neto de $1.892.863\u2013<\/strong> si no tienen familiares a cargo ni gastos deducibles declarados. Si se informan c\u00f3nyuge, hijos o ciertas erogaciones, el piso para tributar es m\u00e1s elevado, seg\u00fan se consignar\u00e1, con varios ejemplos, m\u00e1s adelante en esta nota.<\/p>\n<p>La cifra mencionada surge del <strong>cuadro actualizado de deducciones<\/strong> que ARCA public\u00f3 en su p\u00e1gina d\u00edas atr\u00e1s. El reajuste de los montos que antes estaban vigentes se hizo seg\u00fan lo establecido por la ley 27.743 y sus normas reglamentarias.<\/p>\n<p>Para determinar el porcentaje de incremento de las variables que definen qui\u00e9nes y cu\u00e1nto pagan, <strong>se us\u00f3 el \u00edndice de inflaci\u00f3n de septiembre a diciembre de 2024, que fue de 11,78%. <\/strong>La actualizaci\u00f3n abarca los valores de la tabla de al\u00edcuotas, por lo cual hay <strong>un alivio en la carga fiscal respecto de los meses anteriores.<\/strong> En la pr\u00e1ctica, el impacto del cambio depende de la variaci\u00f3n que haya tenido en cada caso la remuneraci\u00f3n.<\/p>\n<p>El esquema vigente para calcular el impuesto rige para<strong> los ingresos percibidos en el actual semestre, incluyendo enero. <\/strong>Por eso, y como el esquema reajustado se conoci\u00f3 de manera tard\u00eda (el cambio fue oficializado por ARCA el 23 del mes pasado), en la liquidaci\u00f3n de los sueldos de enero <strong>probablemente se haya recalculado a la baja lo que se hab\u00eda descontado por los salarios de diciembre<\/strong> (si es que se percibieron cuando ya hab\u00eda empezado 2025).<\/p>\n<p>El \u201cprobablemente\u201d responde a que puede haber empleadores que, al momento conocerse las novedades -el 23 de enero- ya hab\u00edan hecho las liquidaciones y que, por tanto, <strong>apliquen el nuevo cuadro cuando liquiden los ingresos de febrero, a cobrar en marzo. <\/strong>En este caso deber\u00e1n compensar parte de lo descontado por los sueldos de diciembre y tambi\u00e9n de enero.<\/p>\n<figure><figcaption>En el actual semestre, Ganancias alcanza a quienes tienen remuneraciones brutas mensuales de al menos $2,28 millones, si no declaran familiares que est\u00e9n econ\u00f3micamente a su cargoShutterstock<\/figcaption><\/figure>\n<p>\u201cPor lo general, las liquidaciones de n\u00f3minas grandes <strong>se practican a mediados de mes<\/strong> \u2013explica Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Econ\u00f3micas de la Ciudad de Buenos Aires\u2013. Es probable que algunos empleadores hayan usado la nueva tabla, pero<strong> otros habr\u00e1n aplicado la anterior y reajustar\u00e1n con las remuneraciones de febrero. <\/strong>Esto implica que el efecto en el bolsillo de los trabajadores impactar\u00e1n a fines de febrero o primeros d\u00edas de marzo\u201d.<\/p>\n<p>Cuando los valores del esquema de Ganancias se modifiquen nuevamente -eso ocurrir\u00e1 en julio pr\u00f3ximo-,<strong> volver\u00e1 a ocurrir lo mismo. <\/strong>Porque al hacerse la liquidaci\u00f3n de los sueldos de junio a cobrar ya iniciado el mes siguiente, no se conocer\u00e1 a\u00fan el \u00edndice de inflaci\u00f3n del sexto mes del a\u00f1o. Y la ley establece que el reajuste se haga en ese momento del a\u00f1o <strong>seg\u00fan la variaci\u00f3n que haya tenido el \u00edndice de precios al consumidor en el primer semestre del a\u00f1o.<\/strong><\/p>\n<p>De todo ello se desprende que el cuadro para hacer el c\u00e1lculo del tributo<strong> se oficializar\u00e1 alrededor de mediados de julio. <\/strong>As\u00ed, al hacerse la liquidaci\u00f3n de las remuneraciones de ese s\u00e9ptimo mes del a\u00f1o, surgir\u00e1 alguna compensaci\u00f3n por lo descontado en el mes previo (si esos sueldos de junio se cobran ya durante julio).<\/p>\n<p>La ley y sus normas reglamentarias tambi\u00e9n establecen que los valores actualizados en julio ser\u00e1n los que se utilizar\u00e1n para el c\u00e1lculo definitivo del <strong>impuesto correspondiente a los ingresos percibidos durante todo 2025, <\/strong>incluyendo los de esta primera parte del a\u00f1o. Pero la aplicaci\u00f3n de esa tabla reajustada se har\u00e1 <strong>cuando se haga la liquidaci\u00f3n total del tributo del a\u00f1o,<\/strong> algo que ocurrir\u00e1 con los sueldos de abril de 2026.<\/p>\n<p>De igual modo, cuando se haga <strong>la liquidaci\u00f3n anual o definitiva del impuesto de 2024, <\/strong>lo cual pasar\u00e1 en abril pr\u00f3ximo, se considerar\u00e1 <strong>la tabla que fue actualizada en septiembre del a\u00f1o pasado.<\/strong> En ese noveno mes se hizo un reajuste de los valores del esquema seg\u00fan la inflaci\u00f3n de junio, julio y agosto, y los efectos a\u00fan no fueron aplicados en su totalidad. De esto se deriva que con los sueldos del cuarto mes de 2025 <strong>surgir\u00e1n compensaciones por sumas descontadas por Ganancias durante el a\u00f1o pasado.<\/strong><\/p>\n<figure><figcaption>Hasta el 31 de marzo podr\u00e1n cargarse datos de gastos deducibles en el Siradig-Trabajador, al que se accede tras ingresar con clave fiscal en la p\u00e1gina web de ARCAShutterstock<\/figcaption><\/figure>\n<p>Una derivaci\u00f3n de que el impuesto de 2024 no tiene hecha su cuenta definitiva es que <strong>a\u00fan hay tiempo para declarar deducciones. <\/strong>Se trata de determinados gastos, por los cuales se descuentan montos del ingreso sobre el cual se calcula el impuesto (por lo tanto, su efecto es el de aliviar la carga fiscal).<\/p>\n<p>El tr\u00e1mite se hace en la p\u00e1gina www.arca.gob.ar, ingresando con clave fiscal y clikeando, entre los servicios interactivos, en la opci\u00f3n<strong> Siradig-Trabajador. <\/strong>Para informar datos correspondientes a 2024 de familiares a cargo, gastos deducibles, pedidos de devoluci\u00f3n de percepciones que se toman como pagos a cuenta, y de pluriempleo, <strong>hay tiempo hasta el 31 de marzo pr\u00f3ximo. <\/strong>El formulario por 2025, en tanto, seguir\u00e1 a disposici\u00f3n despu\u00e9s de marzo.<\/p>\n<p>Los <strong>principales gastos deducibles<\/strong> son los de salarios y contribuciones del r\u00e9gimen de servicio dom\u00e9stico, alquiler de la vivienda, cuotas de medicina prepaga, honorarios m\u00e9dicos, educaci\u00f3n de los hijos y seguros de vida y retiro.<\/p>\n<p>Los <strong>pisos de ingresos<\/strong> para empezar a tributar que<strong> rigen en el actual semestre <\/strong>son los siguientes (se consignan ejemplos, ya que la situaci\u00f3n var\u00eda seg\u00fan la cantidad de familiares a cargo y seg\u00fan si los hijos son menores o est\u00e1n incapacitados).<\/p>\n<p><strong>\u2022 Empleado sin deducciones por familiares ni gastos:<\/strong> salario bruto de $2.280.558 (neto de $1.892.863,14).<\/p>\n<p>\u2022<strong> Empleado con un hijo menor de 18 a\u00f1os: <\/strong>salario bruto de $2.467.309 (neto de $2.047.867).<\/p>\n<p><strong>\u2022 Empleado con dos hijos menores:<\/strong> salario bruto de $2.654.060 (neto de $2.202.870).<\/p>\n<p><strong>\u2022 Empleado con c\u00f3nyuge y dos hijos menores a cargo:<\/strong> salario bruto de $3.018.389 (neto de $2.510.232), seg\u00fan lo vigente en febrero. En este caso el sueldo bruto supera al tope para calcular los aportes a la seguridad social; eso influye en el c\u00e1lculo, porque el descuento se deduce autom\u00e1ticamente del ingreso imponible.<\/p>\n<p><strong>\u2022 Empleado con un hijo menor y otro incapacitado:<\/strong> salario bruto de $2.840.812 (neto de $2.357.874).<\/p>\n<p><strong>\u2022 Empleado sin familia a cargo, con deducci\u00f3n tope por servicio dom\u00e9stico: <\/strong>$2.673.757 (neto de $2.219.219).<\/p>\n<p><strong>\u2022 Aut\u00f3nomo del sistema general, sin familia a cargo: <\/strong>$1.537.275 de ingreso mensual promedio, considerando como deducci\u00f3n el aporte previsional de la categor\u00eda II, seg\u00fan su valor a febrero y sin tener en cuenta deducciones por gastos.<\/p>\n<p><strong>\u2022 Aut\u00f3nomo del sistema de \u201cnuevos profesionales y emprendedores\u201d, sin familia a cargo: <\/strong>$1.700.452 de ingreso mensual promedio, considerando como deducci\u00f3n el aporte previsional de la categor\u00eda II, seg\u00fan su valor a febrero y sin tener en cuenta deducciones por gastos.<\/p>\n<p><strong>\u2022 Jubilados: <\/strong>si cumplen con determinados requisitos dispuestos por ley, rige una deducci\u00f3n espec\u00edfica, equivalente al haber m\u00ednimo de la Anses multiplicado por ocho; en febrero eso equivale a $2.184.692. Ese es el ingreso neto a partir del cual este mes se descontar\u00e1 Ganancias.<\/p>\n<p>  Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A partir de los ingresos percibidos en enero, el impuesto a las ganancias alcanza a los empleados con salarios brutos superiores a $2.280.558 \u2013cifra equivale a un sueldo neto de $1.892.863\u2013 si no tienen familiares a cargo ni gastos deducibles declarados. Si se informan c\u00f3nyuge, hijos o ciertas erogaciones, el piso para tributar es m\u00e1s elevado, seg\u00fan se consignar\u00e1, con varios ejemplos, m\u00e1s adelante en esta nota.<br \/>\n La cifra mencionada surge del cuadro actualizado de deducciones que ARCA public\u00f3 en su p\u00e1gina d\u00edas atr\u00e1s. 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