{"id":124958,"date":"2025-01-20T00:15:39","date_gmt":"2025-01-20T03:15:39","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=124958"},"modified":"2025-01-20T00:15:43","modified_gmt":"2025-01-20T03:15:43","slug":"el-gobierno-desperto-la-polemica-por-un-proyecto-en-el-que-no-se-hace-cargo-de-la-inflacion-anterior-a-su-gestion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=124958","title":{"rendered":"El Gobierno despert\u00f3 la pol\u00e9mica por un proyecto en el que no se hace cargo de la inflaci\u00f3n anterior a su gesti\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<div>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>Entre los pocos temas previstos para las sesiones extraordinarias, el Gobierno present\u00f3 un proyecto para modificar la ley de Impuesto a las Ganancias y disponer la actualizaci\u00f3n de los quebrantos impositivos.<\/strong> Seg\u00fan el texto se admite el ajuste por el <strong>\u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC)<\/strong>, pero solo para ejercicios fiscales desde el 1\u00b0 de enero de este a\u00f1o. Hacia atr\u00e1s no permiten la actualizaci\u00f3n, en l\u00ednea con el dictamen de la <strong>Direcci\u00f3n Nacional de Impuestos<\/strong> de diciembre pasado que estableci\u00f3 que las normas legales vigentes no permit\u00edan el ajuste. Los quebrantos (<strong>p\u00e9rdidas fiscales<\/strong>) se pueden computar por cinco a\u00f1os y si no se actualizan solo se pueden deducir a valores nominales lo que hace que se pague m\u00e1s impuesto.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">De acuerdo con esto, una parte de los tributaristas sostiene que no aceptar la actualizaci\u00f3n, sobre todo para per\u00edodos de alta inflaci\u00f3n, es un abuso por parte del Estado. <strong>Pagar impuestos sobre ese \u201cno reconocimiento\u201d es un avasallamiento de la capacidad contributiva, en muchos casos, es confiscatorio y afecta el derecho a la propiedad privada.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><strong>C\u00e9sar Litvin<\/strong>, CEO del estudio <strong>Lisicki, Litvin &amp; Asociados<\/strong>, dijo que habr\u00eda una interpretaci\u00f3n err\u00f3nea de la <strong>Direcci\u00f3n Nacional de Impuestos (DNI)<\/strong>, ya que la mayor\u00eda de los tributaristas entiende que los <a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/opinion\/los-quebrantos-impositivos-acumulados-se-derriten-como-un-helado-en-la-mano-nid18012025\/\" target=\"_self\" title=\"quebrantos\" class=\"com-link\">quebrantos<\/a> se actualizan desde los ejercicios fiscales 2018 por el <strong>\u00cdndice de Precios Mayoristas (IPIM)<\/strong>, de acuerdo con la <strong>Ley 27.430<\/strong>.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Por otro lado, se\u00f1al\u00f3 que hay un tema de constitucionalidad porque entre un ejercicio fiscal con los quebrantos sin actualizar y uno con los quebrantos actualizados puede haber una diferencia muy importante que haga que el impuesto que se aplique resulte confiscatorio. <strong>\u201cLa Corte Suprema ha establecido en la causa <\/strong><a href=\"https:\/\/www.lanacion.com.ar\/politica\/la-corte-ordeno-a-la-afip-devolverle-una-suma-millonaria-a-telefonica-nid27102022\/\" target=\"_self\" title=\"Telef\u00f3nica\" class=\"com-link\"><strong>Telef\u00f3nica<\/strong><\/a><strong> que el impedimento de considerar la inflaci\u00f3n en el Impuesto a las Ganancias produce un efecto confiscatorio y por ende afecta el derecho constitucional de propiedad\u201d<\/strong>, agreg\u00f3 en referencia al fallo que consigui\u00f3 esa empresa en 2022 contra la ex <strong>Administraci\u00f3n Federal de Ingresos P\u00fablicos (AFIP)<\/strong> por el cual se le ten\u00edan que restituir unos <strong>$400 millones<\/strong> del a\u00f1o 2009 pagados en exceso.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En el mismo sentido, <strong>Sebasti\u00e1n Dom\u00ednguez<\/strong>, socio de <strong>SDC Asesores Tributarios<\/strong>, dijo que no comparte lo que estableci\u00f3 la <strong>DNI<\/strong> y el proyecto, en cuanto a que los quebrantos no se actualizan y que el ajuste por <strong>IPC<\/strong> deber\u00eda haber sido de aplicaci\u00f3n retroactiva sin ning\u00fan tipo de condicionante.\u201dEsto va a generar reclamos judiciales porque en muchos casos se va a poder verificar la afectaci\u00f3n del principio de <strong>no confiscatoriedad<\/strong> y el principio de <strong>capacidad contributiva<\/strong> por ejemplo, si se utiliza un quebranto de 2021 en la declaraci\u00f3n jurada de 2025 para una empresa que cierra ejercicio el 31 de diciembre de 2025 y solo se actualiza desde el 1 enero de 2025\u2033, detall\u00f3.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En tanto, la contadora tributarista <strong>Elisabet Piacentini<\/strong> dijo que ya hay muchos juicios en curso, pero que el proyecto de ley tambi\u00e9n establece que las empresas que actualizaron sus quebrantos pueden adherirse a un plan de pagos de hasta <strong>36 cuotas<\/strong> sin pagar intereses ni multas, con lo cual las compa\u00f1\u00edas deber\u00e1n elegir si mantienen los litigios defendiendo que pod\u00edan actualizar o si se acogen a este plan de pagos que resultar\u00eda muy beneficioso.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201dLo que creemos es que la <strong>Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA)<\/strong> permite actualizar desde ahora en adelante porque la inflaci\u00f3n va a ser mucho m\u00e1s baja y no quieren hacerse cargo de la inflaci\u00f3n anterior y que las empresas se tomen esos quebrantos actualizados con \u00edndices tan altos. Por lo tanto, la medida es meramente recaudatoria. No quieren hacerse cargo ahora de toda la inflaci\u00f3n pasada y que afecte la recaudaci\u00f3n\u201d, opin\u00f3.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En este sentido, el tributarista y socio de <strong>Auren<\/strong>, <strong>Guillermo Poch<\/strong> apunt\u00f3 que en <strong>2023<\/strong> la inflaci\u00f3n fue tan grande que la mayor\u00eda de las empresas dieron quebrantos derivados \u2013principalmente\u2013 del ajuste por inflaci\u00f3n (<strong>est\u00e1tico<\/strong>) y si las compa\u00f1\u00edas los computaran actualizados en la posici\u00f3n del ejercicio <strong>2024<\/strong>, este a\u00f1o no pagar\u00edan impuesto a las ganancias. \u201cEn efecto, dar\u00eda la impresi\u00f3n que emiten el dictamen para robustecer la posici\u00f3n fiscal de no actualizaci\u00f3n y de esa manera hacer hincapi\u00e9 m\u00e1s en la recaudaci\u00f3n que en la equidad, pues tendr\u00edan una fuerte ca\u00edda en el ingreso de este gravamen\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Por otro lado, el exdirector general de <strong>Aduanas<\/strong>, <strong>Guillermo Michel<\/strong>, opin\u00f3 en sentido contrario que el proyecto de ley del Ejecutivo, supuestamente, beneficia a las empresas con quebrantos impositivos que no ser\u00edan pymes sino un peque\u00f1o grupo con inversi\u00f3n intensiva en bienes de capital.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">De acuerdo con lo que puso en su cuenta de la red social <strong>X<\/strong>, el poder actualizar los quebrantos por <strong>IPC<\/strong> desde enero de <strong>2025<\/strong> tendr\u00eda un costo para el fisco de <strong>$1,5 billones<\/strong>, equivalentes a <strong>0,25 puntos del PBI<\/strong>, costo que ser\u00eda pagado tambi\u00e9n por las provincias porque el impuesto se coparticipa.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Al respecto, el tributarista <strong>Diego Fraga<\/strong>, se\u00f1al\u00f3 que no se est\u00e1 beneficiando a un selecto grupo de empresas sino que de ahora en m\u00e1s se pueda actualizar por <strong>IPC<\/strong> es aplicar el criterio de la <strong>Corte Suprema<\/strong> y de la <strong>Constituci\u00f3n Nacional<\/strong>.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">\u201dLos gobiernos anteriores, al no reconocer la actualizaci\u00f3n de estos quebrantos, hac\u00edan que todas las empresas pagaran sobre ganancias que eran inexistentes. Es decir, no hab\u00eda capacidad contributiva, se afectaba el derecho de propiedad. Entonces lo que est\u00e1 haciendo esta gesti\u00f3n es restablecer, arreglar un impuesto que se fue distorsionando y que por obra y gracia de la inflaci\u00f3n que los mismos gobiernos provocaban, hac\u00edan que se pague sobre ganancias ficticias, es decir, le estaban metiendo la mano en el bolsillo a las empresas. Es lo mismo que el Estado te licu\u00e9 un cr\u00e9dito, pero agravado porque se trata de empresas que no estaban en la mejor situaci\u00f3n porque si ten\u00edan quebrantos es porque no les hab\u00eda ido bien. Se va a tardar mucho tiempo en arreglar el sistema tributario que destroz\u00f3 el gobierno anterior, pero se est\u00e1n dando pasos en el sentido correcto\u201d, concluy\u00f3.<\/p>\n<section class=\"border border-bottom border-thin border-neutral-light-100 py-24 mb-32\">\n<div class=\"w-100 flex flex-column gap-4\"><span class=\"text ln-text text-12\">Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/span><\/div>\n<\/section>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre los pocos temas previstos para las sesiones extraordinarias, el Gobierno present\u00f3 un proyecto para modificar la ley de Impuesto a las Ganancias y disponer la actualizaci\u00f3n de los quebrantos impositivos. Seg\u00fan el texto se admite el ajuste por el \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC), pero solo para ejercicios fiscales desde el 1\u00b0 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":124959,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-124958","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/124958","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=124958"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/124958\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":124960,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/124958\/revisions\/124960"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/124959"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=124958"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=124958"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=124958"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}