{"id":123705,"date":"2025-01-17T00:30:09","date_gmt":"2025-01-17T03:30:09","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=123705"},"modified":"2025-01-17T00:30:17","modified_gmt":"2025-01-17T03:30:17","slug":"arca-habilito-hoy-el-tramite-de-recategorizacion-como-quedo-la-tabla-con-valores-actualizados-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=123705","title":{"rendered":"ARCA habilit\u00f3 hoy el tr\u00e1mite de recategorizaci\u00f3n: c\u00f3mo qued\u00f3 la tabla con valores actualizados"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/01\/la-recategorizacion-es-un-tramite-que-deben-hacer-JX7IPB4325H3HKBLQWQHONSYDM-2.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) habilit\u00f3 hoy <strong>el tr\u00e1mite de recategorizaci\u00f3n para los monotributistas. <\/strong>Para hacerlo, habr\u00e1 tiempo hasta el mi\u00e9rcoles <strong>5 de febrero <\/strong>y deber\u00e1n observarse<strong> los valores de la tabla <\/strong><strong>que fueron actualizados <\/strong>seg\u00fan la inflaci\u00f3n del segundo semestre de 2024.<\/p>\n<p>Tal como ya se inform\u00f3, tanto los ingresos topes para estar en cada categor\u00eda como los montos a pagar mensualmente, <strong>aumentaron un 21,14%, <\/strong>en l\u00ednea con la variaci\u00f3n que tuvo el \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC) entre junio y diciembre de 2024.<\/p>\n<p>De esta manera, cada contribuyente deber\u00e1 ver cu\u00e1nto factur\u00f3 entre enero y diciembre del a\u00f1o pasado. Y, al consignar esa cifra dentro del tr\u00e1mite que se hace <em>online <\/em>en www.afip.gob.ar <em>o bien <\/em>ingresando en la app ARCA M\u00f3vil,<strong> el sistema le indicar\u00e1 cu\u00e1l es la categor\u00eda en la que corresponde estar. <\/strong>La recategorizaci\u00f3n es tanto hacia arriba como hacia abajo.<\/p>\n<p>Seg\u00fan inform\u00f3 hoy el organismo de recaudaci\u00f3n, a partir de este per\u00edodo puso en marcha una <strong>modalidad simplificada,<\/strong> en la cual la facturaci\u00f3n anual ya est\u00e1 consignada al ingresar en el sistema, y <strong>el monotributista solo tiene que confirmarla o corregirla manualmente<\/strong> en caso de ser necesario. Esto es v\u00e1lido para quienes tienen declarados \u00fanicamente puntos de venta de facturaci\u00f3n electr\u00f3nica y al menos 12 meses en el sistema.<\/p>\n<figure><figcaption>El tr\u00e1mite de recategorizaci\u00f3n debe hacerse de manera online u utilizando la app de ARCAMattschwarz \u2013 Shutterstock<\/figcaption><\/figure>\n<p>Si para la actividad econ\u00f3mica se usa un local o establecimiento, tambi\u00e9n deben observarse otras variables, como la<strong> energ\u00eda el\u00e9ctrica consumida<\/strong> y el monto de los<strong> alquileres devengados. <\/strong>En esas variables rigen determinados topes para cada categor\u00eda.<\/p>\n<p>Quienes comenzaron su actividad econ\u00f3mica como monotributistas hace <strong>menos de seis meses, <\/strong>no deben hacer la recategorizaci\u00f3n. Y si pasaron m\u00e1s de seis meses pero <strong>no se lleg\u00f3 al a\u00f1o completo, <\/strong>entonces debe hacerse un c\u00e1lculo proporcional, aplicando la regla de tres simple. Por <strong>ejemplo,<\/strong> si se inici\u00f3 la actividad en mayo pasado, hasta diciembre hubo 8 meses; entonces, si la facturaci\u00f3n de ese per\u00edodo fue de $6 millones, entonces se deber\u00e1 dividir ese n\u00famero por 8 y (o por la cantidad de meses transcurridos desde la inscripci\u00f3n hasta diciembre de 2024) y multiplicar lo por 12. El resultado es $9.000.000 y, entonces, esa persona deber\u00eda ubicarse en la categor\u00eda B, que corresponde a quienes facturan hasta $11.447.046,44.<\/p>\n<p>Tras la actualizaci\u00f3n, que <strong>este mediod\u00eda oficializ\u00f3 ARCA,<\/strong> el monto tope de ingresos para estar en el sistema simplificado<strong> se elev\u00f3 de $68.000.000 a $82.370.281,28, <\/strong>en l\u00ednea con lo anticipado por LA NACION d\u00edas atr\u00e1s. Ese l\u00edmite es v\u00e1lido tanto para quienes se dedican al comercio como para quienes prestan servicios, ya que la diferenciaci\u00f3n por actividades fue eliminada por la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.<\/p>\n<p>La facturaci\u00f3n tope anual para estar en la<strong> categor\u00eda A, <\/strong>en tanto, subi\u00f3 de $6.450.000 a $7.813.063,35 y la de la<strong> categor\u00eda B, <\/strong>de $9.450.000 a $11.447.046,44, solo por citar algunos ejemplos.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se reajustaron en igual porcentaje los montos admitidos de <strong>alquiler <\/strong>de inmuebles asignados a la actividad econ\u00f3mica: el m\u00e1ximo anual para estar en el sistema pas\u00f3 de $4.500.000 a $5.450.974,50 y el <strong>precio m\u00e1ximo<\/strong> que puede cobrar un monotributista por un producto que comercializa se increment\u00f3 de $385.000 a $466.361,15.<\/p>\n<p>A su vez, aumentaron<strong> los montos que pagan mensualmente <\/strong>por los contribuyentes, tanto por el impuesto integrado como por los aportes para el sistema jubilatorio y la obra social. Los nuevos valores <strong>rigen a partir de la cuota que vencer\u00e1 el 20 de febrero. <\/strong>Este mes de enero el pago se sigue haciendo seg\u00fan los montos a\u00fan sin actualizar.<\/p>\n<figure><figcaption>El pago de la cuota del monotributo debe hacerse por medios electr\u00f3nicosKite_rin \u2013 Shutterstock<\/figcaption><\/figure>\n<p>En la categor\u00eda A, si se pagan los tres conceptos el importe aumenta<strong> de $26.600 a $32.221,32, <\/strong>en tanto que en la B se pasa <strong>de $30.280 a $36.679.<\/strong> En la \u00faltima categor\u00eda, la K, en la que estar\u00e1n quienes facturen entre $68.318.880,36 y $82.370.281,28 en el a\u00f1o, se pagar\u00e1 un importe total (por los tres \u00edtems) <strong>de $1.050.323,75 (prestadores de servicios) y de $456.773,19 (comercio).<\/strong><\/p>\n<p>En el caso en particular del<strong> impuesto integrado,<\/strong> los nuevos montos van desde $3633,98 en la categor\u00eda A, hasta montos de $890.325,83 (servicios) y $296.775,28 (comercio) en la categor\u00eda K, la m\u00e1s elevada. El <strong>aporte para la jubilaci\u00f3n<\/strong> se ubica entre los $11.871,01 (categor\u00eda A) y los $102.823,25 (categor\u00eda K, en ambas actividades). Y el <strong>pago a la obra social <\/strong>es de entre $16.716,32 en el escal\u00f3n m\u00e1s bajo, hasta los $57.174,67 en el m\u00e1s alto de la tabla.<\/p>\n<p>No todos los monotributistas est\u00e1n obligados a hacer los tres pagos. Quienes ya tienen aportes previsionales y a la salud por su condici\u00f3n de asalariados, por ejemplo, <strong>no abonan esos componentes<\/strong> (y s\u00ed pagan el impuesto); tampoco hacen esas contribuciones los menores de 18 a\u00f1os, ni quienes tienen como fuente de ingresos la locaci\u00f3n de bienes muebles o inmuebles. En el caso de los<strong> jubilados monotributistas <\/strong>no pagan ni aporte previsional ni aporte a la salud quienes obtuvieron su beneficio antes de julio de 1994, en tanto que todos est\u00e1n exceptuados de ingresar el importe para la obra social<\/p>\n<p>Respecto de la<strong> obra social,<\/strong> este a\u00f1o el Gobierno introdujo cambios en el r\u00e9gimen, por los que ahora los nuevos monotributistas (o los que quieran cambiar de entidad de salud) pueden elegir solo entre las entidades anotadas en un listado en el que, hasta ahora, hay 28 obras sociales y ninguna prepaga. Se dispuso, de todas formas, que quienes ya estaban en una entidad que ahora no es elegible, contin\u00faen con esa cobertura.<\/p>\n<p>Seg\u00fan establece la ya mencionada ley, a partir de ahora habr\u00e1 dos reajustes de la tabla cada a\u00f1o, <strong>uno en enero y otro en julio. <\/strong>En el primer caso, la actualizaci\u00f3n se hace en funci\u00f3n de la inflaci\u00f3n acumulada en el segundo semestre del a\u00f1o previo, en tanto que en el s\u00e9ptimo mes se considerar\u00e1 la suba de precios de la primera mitad del a\u00f1o en curso.<\/p>\n<p>  Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA) habilit\u00f3 hoy el tr\u00e1mite de recategorizaci\u00f3n para los monotributistas. Para hacerlo, habr\u00e1 tiempo hasta el mi\u00e9rcoles 5 de febrero y deber\u00e1n observarse los valores de la tabla que fueron actualizados seg\u00fan la inflaci\u00f3n del segundo semestre de 2024.<br \/>\n Tal como ya se inform\u00f3, tanto los ingresos topes para estar en cada categor\u00eda como los montos a pagar mensualmente, aumentaron un 21,14%, en l\u00ednea con la variaci\u00f3n que tuvo el \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC) entre junio y diciembre de 2024.<br \/>\n De esta manera, cada contribuyente deber\u00e1 ver cu\u00e1nto factur\u00f3 entre enero y diciembre del a\u00f1o pasado. Y, al consignar esa cifra dentro del tr\u00e1mite que se hace online en www.afip.gob.ar o bien ingresando en la app ARCA M\u00f3vil, el sistema le indicar\u00e1 cu\u00e1l es la categor\u00eda en la que corresponde estar. La recategorizaci\u00f3n es tanto hacia arriba como hacia abajo.<br \/>\n Seg\u00fan inform\u00f3 hoy el organismo de recaudaci\u00f3n, a partir de este per\u00edodo puso en marcha una mod..<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":123706,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-123705","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/123705","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=123705"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/123705\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":123708,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/123705\/revisions\/123708"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/123706"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=123705"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=123705"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=123705"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}