{"id":119779,"date":"2025-01-08T15:00:48","date_gmt":"2025-01-08T18:00:48","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=119779"},"modified":"2025-01-08T15:01:03","modified_gmt":"2025-01-08T18:01:03","slug":"la-justicia-de-entre-rios-libera-al-exgobernador-k-sergio-urribarri-condenado-por-corrupcion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=119779","title":{"rendered":"La Justicia de Entre R\u00edos libera al exgobernador K Sergio Urribarri, condenado por corrupci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/01\/TK0KNwTTe_2000x1500__1-1.jpg\"\/>   <\/p>\n<p>El Tribunal Superior de Justicia de Entre R\u00edos revoc\u00f3 este mi\u00e9rcoles la prisi\u00f3n preventiva del exgobernador K <strong>Sergio Urribarri y dispuso su libertad<\/strong> hasta que su condena a ocho a\u00f1os por corrupci\u00f3n quede firme. Le medida tambi\u00e9n recae sobre su cu\u00f1ado, Juan Pablo Aguilera.<\/p>\n<p>De esta forma, tanto Urribarri como Aguilera dejar\u00e1n en las pr\u00f3ximas horas la <strong>Unidad Penal N\u00famero 1 de Paran\u00e1<\/strong>, donde est\u00e1n detenidos desde el 19 de noviembre, en una causa por corrupci\u00f3n en la que hab\u00edan sido condenados en 2022, tras una investigaci\u00f3n de la exfiscal Cecilia Goyeneche. Urribarri fue el primer gobernador de Entre R\u00edos condenado y con prisi\u00f3n preventiva desde la restauraci\u00f3n de la democracia en 1983.<\/p>\n<p>El fallo de 41 p\u00e1ginas que se conoci\u00f3 este mi\u00e9rcoles, en plena feria judicial, los integrantes del Tribunal <strong>Leonardo Portela y Germ\u00e1n Carlomagno <\/strong>consideraron que no est\u00e1 acreditado el riesgo de fuga. En disidencia, <strong>Miguel Giorgio <\/strong>vot\u00f3 por el cumplimiento efectivo de la prisi\u00f3n preventiva en la Unidad Penal.<\/p>\n<p>Ante esto, el fallo arranc\u00f3: \u201cSe dispone hacer lugar al Recurso de Casaci\u00f3n interpuesto por el Ministerio P\u00fablico Fiscal, REVOCAR la resoluci\u00f3n de fecha 05\/09\/2024, dictada por el Tribunal de juicio y apelaciones de Paran\u00e1, y en consecuencia, disponer la prisi\u00f3n preventiva efectiva de los imputados Sergio D. Urribarri y Juan Pablo Aguilera, hasta que la sentencia condenatoria reca\u00edda en autos adquiera firmeza\u201d.<\/p>\n<p>\u201cSeg\u00fan los la prisi\u00f3n preventiva es la medida cautelar de coerci\u00f3n personal m\u00e1s severa posible y por ende reviste de car\u00e1cter excepcional\u201d, argumentaron desde el Tribunal Superior.<\/p>\n<p>El pedido de cumplimiento efectivo de la prisi\u00f3n hab\u00eda sido pedido por los fiscales entrerrianos Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ram\u00edrez Montrull, dijeron,<strong> \u201cfundada particularmente en el riesgo serio de fuga\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>La defensa del exgobernador kirchnerista hab\u00eda objetado la preventiva argumentando que el tribunal que la decisi\u00f3n en ning\u00fan momento expuso motivos concretos para fundamentarla. <\/p>\n<p>\u201cLa resoluci\u00f3n que dispuso la detenci\u00f3n del ex gobernador es descalificable con base en la doctrina de la arbitrariedad, toda vez que <strong>omiti\u00f3 el tratamiento de las cuestiones esenciales oportunamente planteadas<\/strong>, traduci\u00e9ndose ello en la falta de fundamentaci\u00f3n adecuada con la consiguiente afectaci\u00f3n de los derechos de defensa en juicio y del debido proceso legal\u201d, esgrimieron.<\/p>\n<p>  Juan Pablo Aguilera, cu\u00f1ado de Urribarri, detenido en Paran\u00e1.  <\/p>\n<p>En diferentes p\u00e1rrafos de su exposici\u00f3n, la <strong>defensa de Urribarri calific\u00f3 como excesiva la prisi\u00f3n preventiva<\/strong>, tanto que el fallo no est\u00e1 firme hasta que lo trate la Corte Suprema. Ese punto no es menor y podr\u00eda hacer que, a ra\u00edz de esta nueva resoluci\u00f3n judicial, el exgobernador no vuelva a pisar una c\u00e1rcel nunca m\u00e1s.<\/p>\n<p>Es as\u00ed porque, a pesar de estar condenado a ocho a\u00f1os de prisi\u00f3n por delitos contra la administraci\u00f3n p\u00fablica, el plazo para que la Corte trate su expediente podr\u00edan llevar a\u00f1os y <strong>ser\u00eda resuelto ya con el dirigente K habiendo superado los 70 a\u00f1os<\/strong>, edad en la que puede acceder a domiciliaria.<\/p>\n<p>Urribarri fue condenado por peculado y negociaciones incompatibles con el cargo el 7 de abril de 2022. Ese fallo fue confirmado por la C\u00e1mara el 31 de mayo de 2023 y su detenci\u00f3n fue dispuesta el 20 de noviembre pasado. <\/p>\n<p>\u201cLa posibilidad de una<strong> fuga evadiendo los controles fronterizos<\/strong>, adem\u00e1s de resultar una absoluta mera conjetura, puede enervarse con distintas y simples medidas asegurativas que pueden adoptarse, tal como lo efectu\u00f3 en su momento el Tribunal de Juicio\u201d, se\u00f1al\u00f3 uno de los jueces. \u201cQue Urribarri haya asistido de manera virtual a muchas de las audiencias que se han llevado a cabo en las distintas instancias,<strong> no implican ni autorizan en modo alguno una presunci\u00f3n<\/strong> de que el mismo intentar\u00e1 sustraerse al proceso\u201d, agreg\u00f3 en su voto Germ\u00e1n Carlomagno.<\/p>\n<p>\u201c<strong>No existe peligro de entorpecimiento en la investigaci\u00f3n<\/strong>, ya que la etapa de investigaci\u00f3n est\u00e1 clausurada\u201d, marc\u00f3 y sostuvo que \u201cel \u2018peligro de fuga\u2019 que advierten los tribunales inferiores, no posee anclaje concreto en circunstancias de la causa\u201d.<\/p>\n<p>Miguel Giorgio, en tanto, apoy\u00f3 la confirmaci\u00f3n de la sentencia de Casaci\u00f3n que meti\u00f3 pres\u00f3 a Urribarri y esgrimi\u00f3 que no era un fundamento v\u00e1lido para revocar la domiciliaria el posible plazo que tome la Corte Suprema para tratar el recurso federal. <\/p>\n<p>\u201cEsta magistratura no desconoce que la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n emplea tiempos diferentes para abordar el recurso extraordinario federal desde su tratamiento hasta la resoluci\u00f3n final; tom\u00e1ndose plazos que suelen ser m\u00e1s dilatados, incluso prolongarse en a\u00f1os; pero ello<strong> no configura un motivo para deslegitimar o descartar la imposici\u00f3n de la prisi\u00f3n preventiva<\/strong> en el caso concreto, en la medida que puede revisarse y modificarse en cualquier momento como manifestaci\u00f3n de la intr\u00ednseca provisoriedad del instituto en cuesti\u00f3n\u201d, escribi\u00f3.<\/p>\n<p>En ese sentido, manifest\u00f3 que nada impide que las defensas reiteren el cese la prisi\u00f3n preventiva y\/o el reemplazo morigerador por otro tipo de instituci\u00f3n cautelar mientras el expediente llegue a la Corte. <\/p>\n<p>Por \u00faltimo, el juez Portella se sum\u00f3 a los argumentos de Carlomagno y se ataj\u00f3 antes posibles cr\u00edticas. \u201cDebido a la trascendencia p\u00fablica que tiene el resultado de este proceso y a que tanto en la prensa como en el voto que antecede se han volcado una suerte de apreciaciones que me afectan directamente, <strong>me veo en la necesidad de hacer una serie de aclaraciones<\/strong>\u201c, dijo.<\/p>\n<p>El magistrado rechaz\u00f3 la prisi\u00f3n preventiva porque, sostuvo, no hay posibilidad de entorpecimiento de la causa ni peligro de fuga. Y cuestion\u00f3 el pedido de los fiscales para mantener encerrado al exembajador argentino en Israel. \u201cResulta evidente que los argumentos brindados por el MPF para sostener su pedido y de la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n para resolver <strong>no superan el umbral de la mera hip\u00f3tesis<\/strong> y, como tales, no conforman argumentos s\u00f3lidos jur\u00eddicamente hablando\u201d.<\/p>\n<p>\u201cBasta recordar que Urribarri, por ejemplo, estaba en Israel como diplom\u00e1tico cuando<strong> fue citado y renunci\u00f3 a su cargo para presentarse<\/strong>. Ser\u00eda contrario a la l\u00f3gica, no digo imposible, que ahora pretenda fugarse sabiendo que su condena no est\u00e1 firme\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, Portella compar\u00f3 el caso Urribarri con dos expedientes de gran repercusi\u00f3n medi\u00e1tica, en los que los imputados -dice el juez- recibieron domiciliaria: el de Felicitas Alvite, m\u00e1s conocida como \u201cToretto\u201d, que atropell\u00f3 a un motociclista corriendo picadas; y el del piloto del avi\u00f3n de los \u201cvuelos de la muerte\u201d, Alejandro Domingo D\u2019Agostino, que tiene ese beneficio a pesar de las denuncias que marcan que viol\u00f3 la domiciliaria en reiteradas oportunidades. <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Tribunal Superior de Justicia de Entre R\u00edos revoc\u00f3 este mi\u00e9rcoles la prisi\u00f3n preventiva del exgobernador K Sergio Urribarri y dispuso su libertad hasta que su condena a ocho a\u00f1os por corrupci\u00f3n quede firme. Le medida tambi\u00e9n recae sobre su cu\u00f1ado, Juan Pablo Aguilera. De esta forma, tanto Urribarri como Aguilera dejar\u00e1n en las pr\u00f3ximas [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":119780,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[],"class_list":["post-119779","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-politica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/119779","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=119779"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/119779\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":119782,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/119779\/revisions\/119782"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/119780"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=119779"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=119779"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=119779"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}