{"id":117784,"date":"2025-01-03T18:11:02","date_gmt":"2025-01-03T21:11:02","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=117784"},"modified":"2025-01-03T18:11:11","modified_gmt":"2025-01-03T21:11:11","slug":"quienes-pagarian-ganancias-y-como-quedaria-el-monotributo-tras-la-actualizacion-que-hara-este-mes-el-gobierno","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=117784","title":{"rendered":"Qui\u00e9nes pagar\u00edan Ganancias y c\u00f3mo quedar\u00eda el monotributo, tras la actualizaci\u00f3n que har\u00e1 este mes el Gobierno"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2025\/01\/los-esquemas-de-ganancias-y-del-monotributo-UUKAZAW3NNC7LAZONC3HLRI2M4-1.jpg\"\/>  <\/p>\n<p>Los esquemas del monotributo y el impuesto a las ganancias tendr\u00e1n este mes una actualizaci\u00f3n, que se calcular\u00e1 considerando la inflaci\u00f3n acumulada en determinados per\u00edodos. Las reglas referidas a c\u00f3mo son los reajustes a partir del actual 2025 fueron establecidas por la<strong> ley 27.743, de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes,<\/strong> y por sus normas reglamentarias, como el decreto 652.<\/p>\n<p>Seg\u00fan es posible estimar utilizando los datos por ahora disponibles, la facturaci\u00f3n anual tope para ser monotributista <strong>podr\u00eda pasar de <\/strong><strong>$68 millones<\/strong><strong> a aproximadamente $82 millones,<\/strong> en tanto que la menor remuneraci\u00f3n bruta alcanzada por Ganancias subir\u00eda de $2.040.300 <strong>a alrededor de $2.270.000, <\/strong>si se trata de un empleado sin deducciones ni por familiares a cargo (hijos menores o con discapacidad, o c\u00f3nyuge que pr\u00e1cticamente no tenga ingresos propios), ni por determinados gastos.<\/p>\n<p>Pese a que los par\u00e1metros ya reajustados rigen desde el inicio del a\u00f1o, lo cierto es que<strong> todav\u00eda no se conoce cu\u00e1les son.<\/strong> Y esto es as\u00ed porque la normativa dispuso que, para definir el porcentaje del reajuste, <strong>se debe tomar en cuenta<\/strong><strong> la inflaci\u00f3n de diciembre,<\/strong> adem\u00e1s de la de otros meses. Y el dato del \u00faltimo mes de 2024 <strong>reci\u00e9n ser\u00e1 difundido por el Indec el martes 14 de enero.<\/strong><\/p>\n<p>La manera <strong>tard\u00eda <\/strong>en que se har\u00e1 la actualizaci\u00f3n trae como consecuencia que, en el caso de Ganancias, <strong>los empleadores deber\u00e1n corregir, en la pr\u00f3xima liquidaci\u00f3n de salarios, los importes descontados de los ingresos percibidos este mes.<\/strong><\/p>\n<p>En el caso del r\u00e9gimen impositivo simplificado (monotributo) el \u00edndice de actualizaci\u00f3n ser\u00e1 equivalente a<strong> la variaci\u00f3n del \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC) del per\u00edodo de julio a diciembre. <\/strong>Concretamente, la ley dice que la readecuaci\u00f3n se har\u00e1 seg\u00fan la inflaci\u00f3n del \u201csemestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualizaci\u00f3n que se realice\u201d.<\/p>\n<figure><figcaption>El Congreso aprob\u00f3 a mediados de 2024 la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que incluy\u00f3 cambios en el monotributo y en el impuesto a las gananciasricardo-pristupluk-11511<\/figcaption><\/figure>\n<p>Habr\u00e1 dos reajustes cada a\u00f1o,<strong> en enero y en julio. <\/strong>En el primer caso se observar\u00e1 la inflaci\u00f3n del segundo semestre del a\u00f1o previo, y en el segundo caso, la del per\u00edodo extendido entre enero y junio.<\/p>\n<p>En estos primeros d\u00edas de 2025, el dato que se conoce es que la suba general de precios <strong>entre julio y noviembre fue de 17,95%. <\/strong>De acuerdo con las estimaciones de varios economistas, <strong>en diciembre la inflaci\u00f3n habr\u00eda sido de un porcentaje similar al de noviembre (2,4%). <\/strong>Si eso se confirma, entonces el dato de variaci\u00f3n del IPC en los cuatro meses a considerar para el reajuste ser\u00e1 de <strong>alrededor de 20% o 21%.<\/strong><\/p>\n<p>La actualizaci\u00f3n abarca <strong>los montos de ingresos m\u00ednimo y m\u00e1ximo para estar en <\/strong><strong>cada categor\u00eda <\/strong>del r\u00e9gimen del monotributo, los valores topes de los <strong>alquileres <\/strong>de inmuebles afectados a la actividad, y tambi\u00e9n <strong>los importes a pagar por los contribuyentes, <\/strong>tanto por el impuesto integrado como por los aportes a los sistemas jubilatorio y de salud.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el cuadro de valores que rigi\u00f3 entre agosto y diciembre de 2024, la obligaci\u00f3n mensual, contando todos los conceptos en la categor\u00eda A, la m\u00e1s baja, fue de $26.600. Si se confirma que el reajuste de las variables implicar\u00e1 una suba de 21%, esa cifra <strong>pasar\u00e1 a ser de alrededor de $32.000.<\/strong><\/p>\n<p>En cuanto al impuesto a las ganancias que pesa sobre los ingresos de un grupo de personas (asalariados, jubilados y aut\u00f3nomos), la actualizaci\u00f3n abarca <strong>tanto las variables que definen qu\u00e9 ingresos quedan alcanzados, como los valores de la tabla de al\u00edcuotas <\/strong>que determina cu\u00e1nto se paga. El reajuste se har\u00e1 tambi\u00e9n dos veces cada a\u00f1o, en <strong>enero y en julio, <\/strong>y seg\u00fan la inflaci\u00f3n acumulada en los respectivos semestres previos.<\/p>\n<figure><figcaption>El esquema del impuesto a las ganancias se actualizar\u00e1 por inflaci\u00f3n dos veces al a\u00f1oFreepik<\/figcaption><\/figure>\n<p>Sin embargo, para definir el esquema que regir\u00e1 para los ingresos percibidos entre el actual mes de enero y junio de 2025 se tomar\u00e1, por excepci\u00f3n, <strong>solo la variaci\u00f3n del IPC entre septiembre y diciembre. <\/strong>As\u00ed lo dispuso el Gobierno, con <strong>el argumento de que en 2024 <\/strong><strong>hubo un reajuste<\/strong>del esquema para los ingresos cobrados a partir del noveno mes (ese reajuste, como se explic\u00f3 en notas anteriores, se aplic\u00f3 durante los \u00faltimos meses solo de manera parcial, en tanto que los efectos se terminar\u00e1n de ver cuando se cobren los sueldos de abril pr\u00f3ximo).<\/p>\n<p>De esta manera, y de acuerdo con las estimaciones referidas al IPC de diciembre, el reajuste de Ganancias no ser\u00eda de aproximadamente el 20% o 21% (como en el monotributo), sino de <strong>alrededor de 11,5%. <\/strong>Y, entonces, un empleado sin deducciones por familiares o por gastos tendr\u00e1 descuentos a partir de una remuneraci\u00f3n de alrededor de $2,27 millones. La cifra ser\u00e1 m\u00e1s alta, claro, si se declaran c\u00f3nyuge y\/o hijos a cargo.<\/p>\n<p>Tal como inform\u00f3 LA NACION d\u00edas atr\u00e1s y seg\u00fan datos aportados por la Agencia de Recaudaci\u00f3n y Control Aduanero (ARCA), en octubre \u00faltimo <strong>640.837 empleados bajo relaci\u00f3n de dependencia y 96.747 jubilados tuvieron descuentos de sus ingresos por el<\/strong><strong> impuesto a las ganancias.<\/strong> El n\u00famero de casos, en total<strong> 737.584,<\/strong> supera <strong>en<\/strong> <strong>171.316 al de julio,<\/strong> el \u00faltimo mes en el que rigi\u00f3 la ley aprobada en la campa\u00f1a electoral de 2023 y derogada en 2024. Aquella norma hab\u00eda subido significativamente los pisos de ingresos para empezar a pagar, adem\u00e1s de cambiar la modalidad de c\u00e1lculo y el nombre del tributo.<\/p>\n<p>En comparaci\u00f3n con enero, en octubre fueron <strong>550.530 m\u00e1s las personas cuyos ingresos tuvieron retenciones. <\/strong>Antes del cambio de reglas concretado por la ley de medidas fiscales que se vot\u00f3 este a\u00f1o a pedido del Poder Ejecutivo (la ley que baj\u00f3 el salario m\u00e1s bajo alcanzado por Ganancias), <strong>ya se hab\u00eda incrementado significativamente la cantidad de personas alcanzadas por la carga. <\/strong>Eso fue as\u00ed porque durante siete meses el esquema se mantuvo sin cambios y, mientras tanto, <strong>la inflaci\u00f3n acumulada fue de 86,9%<\/strong> (lo que determin\u00f3 que los salarios tuvieran subas nominales, tratando de alcanzar ese aumento de precios).<\/p>\n<p>Con el cambio de reglas que hubo a mediados de este a\u00f1o para el impuesto, <strong>volvieron a permitirse las deducciones<\/strong><strong> por c\u00f3nyuge y por hijos, y tambi\u00e9n -con l\u00edmites predefinidos- se habilitaron deducciones por <\/strong><strong>varios gastos,<\/strong> como los de prestaciones m\u00e9dicas o los de educaci\u00f3n. En el esquema que rigi\u00f3 durante los primeros meses de este a\u00f1o, eso no era posible. Y esta modificaci\u00f3n puede haber provocado una <strong>amortiguaci\u00f3n del efecto de la baja del piso de ingresos para tributar, <\/strong>ya que el n\u00famero de personas con retenciones es inferior al que, durante el debate del tema en el Congreso, se hab\u00eda estimado que habr\u00eda.<\/p>\n<p>  Conforme a <strong> los criterios de<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los esquemas del monotributo y el impuesto a las ganancias tendr\u00e1n este mes una actualizaci\u00f3n, que se calcular\u00e1 considerando la inflaci\u00f3n acumulada en determinados per\u00edodos. Las reglas referidas a c\u00f3mo son los reajustes a partir del actual 2025 fueron establecidas por la ley 27.743, de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, y por sus normas reglamentarias, como el decreto 652.<br \/>\n Seg\u00fan es posible estimar utilizando los datos por ahora disponibles, la facturaci\u00f3n anual tope para ser monotributista podr\u00eda pasar de $68 millones a aproximadamente $82 millones, en tanto que la menor remuneraci\u00f3n bruta alcanzada por Ganancias subir\u00eda de $2.040.300 a alrededor de $2.270.000, si se trata de un empleado sin deducciones ni por familiares a cargo (hijos menores o con discapacidad, o c\u00f3nyuge que pr\u00e1cticamente no tenga ingresos propios), ni por determinados gastos.<br \/>\n Pese a que los par\u00e1metros ya reajustados rigen desde el inicio del a\u00f1o, lo cierto es que todav\u00eda no se conoce cu\u00e1les son. 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