{"id":114265,"date":"2024-12-26T14:14:45","date_gmt":"2024-12-26T17:14:45","guid":{"rendered":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=114265"},"modified":"2024-12-26T14:15:01","modified_gmt":"2024-12-26T17:15:01","slug":"la-camara-federal-define-dos-presentaciones-de-alberto-fernandez-que-buscan-demorar-la-causa-de-violencia-de-genero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/?p=114265","title":{"rendered":"La C\u00e1mara Federal define dos presentaciones de Alberto Fern\u00e1ndez que buscan demorar la causa de violencia de g\u00e9nero"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/radioacuariofm.com.ar\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/7zTrgN0V7_2000x1500__1-7.jpg\"\/>   <\/p>\n<p>En la cuenta regresiva para el inicio de la feria judicial de verano,<strong> Alberto Fern\u00e1ndez aguarda dos decisiones por parte de la C\u00e1mara Federal porte\u00f1a<\/strong> en el marco de la causa en la que se encuentra imputado por hechos vinculados a la <strong>violencia de g\u00e9nero<\/strong>. Deb\u00eda declarar ante el juez federal Juli\u00e1n Ercolini, pero su abogada -Silvina Carreira-, realiz\u00f3 dos cuestionamientos que deben responderse antes de continuar con el caso. Por un lado, <strong>pidi\u00f3 que el expediente deje de tramitar en Comodoro Py y en segunda instancia, recus\u00f3 al magistrado.<\/strong><\/p>\n<p>Este jueves se fij\u00f3 una audiencia ante el juez Eduardo Farah, integrante de la C\u00e1mara federal porte\u00f1a, para que Alberto Fern\u00e1ndez y su abogada,<strong> expliquen los motivos de sus dos presentaciones con las cuales, lograron -por el momento- suspender la indagatoria en este caso que comenz\u00f3 con la denuncia penal de Fabiola Ya\u00f1ez.<\/strong><\/p>\n<p>Seg\u00fan pudo saber <strong>Clar\u00edn<\/strong> de fuentes judiciales, la defensa del ex presidente <strong>presentar\u00e1 escritos con lo cual no se requiere que se presenten en Comodoro Py.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Al ex presidente se le hab\u00edan fijado dos fechas para que brinde explicaciones ante el juez Ercolini, <\/strong>pero tras las presentaciones realizadas por su defensa las audiencias fueron suspendidas hasta que el camarista Eduardo Farah se pronuncie sobre los planteos. De esta manera, en caso de confirmar al magistrado, la indagatoria no se realizar\u00e1 sino hasta despu\u00e9s de febrero de 2025.<\/p>\n<p>A partir de las 10 se fij\u00f3 la audiencia para que Alberto Fern\u00e1ndez y su abogada se presenten en Comodoro Py para profundizar los argumentos en base a los cuales, decidieron recursar al magistrado y porqu\u00e9 entienden que el expediente vinculado a hechos de violencia de g\u00e9nero debe tramitar en el fuero Penal Contravencional y de Faltas de la Capital Federal.<\/p>\n<p>Todos los argumentos se formular\u00e1n mediante dos escritos que la abogada Carreira inform\u00f3 que presentar\u00e1 dos escritos ante el camarista Farah.<\/p>\n<p>Cuando la abogada defensora present\u00f3 el escrito, se\u00f1al\u00f3 que los hechos investigados se deben incluir \u201cen las contravenciones de Maltrato y Hostigamiento del C\u00f3digo Contravencional de dicha jurisdicci\u00f3n\u201d. Fuentes judiciales se\u00f1alaron a Clar\u00edn, que este pedido no suspende la indagatoria prevista.<\/p>\n<p><strong>La causa que inici\u00f3 hace m\u00e1s de tres meses,<\/strong> estuvo delegada en la fiscal\u00eda a cargo de Ramiro Gonz\u00e1lez quien le atribuy\u00f3 tres delitos puntuales que concursados representan una pena de 3 a 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Con el devenir de la pesquisa, tras una gran cantidad de medidas de prueba impulsadas y las declaraciones testimoniales de una veintena de personas, el fiscal sostuvo: \u201cHabiendo efectuado un pormenorizado an\u00e1lisis de los hechos investigados y las probanzas recopiladas a lo largo del tr\u00e1mite del expediente, entiendo que las conductas desplegadas por Alberto \u00c1ngel Fern\u00e1ndez, encuadran en los siguientes delitos: lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de g\u00e9nero y contra su pareja\u201d,<\/p>\n<p>Asimismo,<strong> se acus\u00f3 a Fern\u00e1ndez por los delitos de lesiones leves agravadas por \u201chaberse cometido en un contexto de violencia de g\u00e9nero y contra su pareja reiteradas en dos oportunidades;<\/strong> y amenazas coactivas\u201d, principalmente para que Fabiola Ya\u00f1ez no radique la denuncia penal ante el juez Ercolini.<\/p>\n<p>Ante ese cuadro de acusaciones penales es que el juzgado cit\u00f3 a indagatoria al ex presidente de la Naci\u00f3n pero ante las presentaciones realizadas por la defensa, qued\u00f3 suspendida la audiencia.<\/p>\n<p>La discusi\u00f3n sobre la competencia del expediente se libr\u00f3 al inicio del caso. De hecho, Alberto Fern\u00e1ndez hab\u00eda pedido que todo tramite en el juzgado federal de San Isidro reduciendo el cuadro probatorio a los \u00faltimos cuatro a\u00f1os de su gesti\u00f3n presidencial y los hechos que habr\u00edan transcurrido exclusivamente, en la quinta de Olivos.<\/p>\n<p>El debate sobre este aspecto qued\u00f3 zanjado en Comodoro Py cuando la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n confirm\u00f3 al juez Juli\u00e1n Ercolini frente a la pesquisa. Ahora, el planteo de la abogada Carreiro refiere al fuero Contravencional y de Faltas de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires. De esta manera, buscar\u00eda evitar la acusaci\u00f3n atribuida por el fiscal Ramiro Gonz\u00e1lez ya que los tres delitos puntuales concursados representan una pena de 3 a 18 a\u00f1os de prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Pero, tambi\u00e9n, la defensa del ex Jefe de Estado sostiene que las imputaciones por las que ser\u00e1 indagado no son las mismas que se le hab\u00edan atribuido cuando en Comodoro Py se confirm\u00f3 que la causa deb\u00eda tramitar all\u00ed.<\/p>\n<p>\u201cEsta vez, se peticiona la incompetencia material dado que el fuero de excepci\u00f3n es restrictivo y la \u00fanica manera de sostenerlo ser\u00eda por la calidad del sujeto que ostent\u00f3 Alberto Fern\u00e1ndez en un tramo del hecho que se le imputa\u201d, explica el escrito.<\/p>\n<p>De esta manera, solicit\u00f3 la abogada \u201cdebe analizarse si las conductas enrostradas a Alberto Fernandez en el llamado a declaraci\u00f3n indagatoria fueron en el ejercicio de las funciones o por el contrario se dan en un contexto extra\u00f1o a esa responsabilidad y por ende deben ser investigadas en el fuero ordinario o local\u201d.<\/p>\n<p>Lo que est\u00e1 discutiendo la asesora letrada de Fern\u00e1ndez es el argumento del Ministerio P\u00fablico Fiscal que sustenta la citaci\u00f3n a declaraci\u00f3n indagatoria.<\/p>\n<p>El otro debate que debe resolverse es sobre si el juez Ercolini continuar\u00e1 o no frente al expediente. La defensa de Alberto Fern\u00e1ndez volvi\u00f3 a criticar el desarrollo de la investigaci\u00f3n y apel\u00f3 a la falta de confianza respecto al desempe\u00f1o del magistrado.<\/p>\n<p>En el expediente penal hay constancia de fotos, videos aportados por la querella y la defensa; registros de la actividad oficial del presidente y de la entonces primera dama: actos, conferencias, viajes oficiales. \u201cSe realiz\u00f3 un relevamiento de medios de donde se extrajeron otras tantas im\u00e1genes, videos y declaraciones p\u00fablicas de utilidad para la investigaci\u00f3n y se agregaron extensos informes psicol\u00f3gicos y psiqui\u00e1tricos productos de entrevistas de profesionales con Fabiola Y\u00e1\u00f1ez\u201d.<\/p>\n<p>El an\u00e1lisis de todas esas pruebas permiti\u00f3 al fiscal \u201cacreditar que el ex presidente Fern\u00e1ndez ejerci\u00f3 distintos tipos de violencia contra su pareja, pr\u00e1cticamente, desde el inicio de su relaci\u00f3n. De acuerdo a las definiciones de la ley 26.485 de Protecci\u00f3n Integral a la Mujer, se pudo detectar violencia psicol\u00f3gica, f\u00edsica y econ\u00f3mica\u201d.<\/p>\n<p>Esos sucesivos actos de violencia, consider\u00f3 Ram\u00edrez, ocurrieron durante \u201cla particular relaci\u00f3n asim\u00e9trica de poder con el agresor, por lo menos desde el a\u00f1o 2016 hasta que se formaliz\u00f3 la denuncia\u201d.<\/p>\n<p>La magnitud de la asimetr\u00eda que se pudo verificar, ampli\u00f3 la fiscal\u00eda, \u201csign\u00f3 el v\u00ednculo desde sus inicios y, de alguna manera, fue determinante para la configuraci\u00f3n de las distintas formas y tipos de violencia comprobados en la causa\u201d.<\/p>\n<p>Lo que se\u00f1al\u00f3 la acusaci\u00f3n fiscal es que Alberto Fern\u00e1ndez \u201cejerci\u00f3 de un modo sistem\u00e1tico violencia psicol\u00f3gica contra Fabiola Y\u00e1\u00f1ez bajo las formas de acosos, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilizaci\u00f3n, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la cuenta regresiva para el inicio de la feria judicial de verano, Alberto Fern\u00e1ndez aguarda dos decisiones por parte de la C\u00e1mara Federal porte\u00f1a en el marco de la causa en la que se encuentra imputado por hechos vinculados a la violencia de g\u00e9nero. 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