El mercado de capitales está en las puertas de lo que bautizan internamente como el “Big Bang argentino”. Con el objetivo de que los directores Financieros de las compañías puedan aprovechar el timing del mercado para salir con nuevos instrumentos financieros, la Comisión Nacional de Valores (CNV) impulsa un paquete de iniciativas que busca agilizar la emisión de obligaciones negociables, acciones, fideicomisos financieros (FF) y fondos comunes de inversión (FCI).
El objetivo, indican en el organismo, es agilizar los cuellos de botella burocráticos. Hasta ahora, la CNV exigía que se presentara un prospecto para emitir ciertos instrumentos, un trámite que podía extenderse durante meses, lo que paralizaba la capacidad de las empresas para aprovechar las ventanas de oportunidad ante determinadas condiciones de mercado. Aunque en los últimos años se flexibilizaron ciertos esquemas, a partir de ahora la mayoría de los procesos se harán mediante un régimen de autorización automática.
El corazón de esta reforma se materializa en la Resolución General 1132, que crea el nuevo Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática por su Mediano Impacto Ampliado. Esta norma permitirá a las empresas emisoras acceder a montos superiores de financiamiento sin la necesidad de transitar los procedimientos de revisión previa, aunque manteniendo la obligación de cumplir con los estándares de información y transparencia a posteriori.
Si bien la norma de la CNV ya está completa, el esquema será sometido a consulta pública por los próximos 15 días hábiles. Luego de ese plazo, y de no mediar observaciones, se publicará en el Boletín oficial para su entrada en vigencia formal.
“Este cambio marca un verdadero ‘Big Bang’ en el mercado de capitales argentino. Así como el término remite al origen del universo, en la jerga financiera evoca la histórica desregulación del mercado bursátil de Londres que tuvo lugar en 1986. En esa misma línea, reemplazamos el sistema de aprobación previa por un modelo basado en la presentación de información: ya no se pide autorización previa para emitir, simplemente se informa y se obtiene la autorización automática de oferta pública. Tampoco habrá revisiones aprobatorias ex post, sin perjuicio de las facultades de fiscalización de la CNV”, dijo Roberto Silva, presidente de la CNV.
Si una compañía busca emitir una obligación negociable por debajo del techo de 100 millones de UVAs (unidad de medida que ajusta por inflación), equivalente a unos US$138 millones a hoy, podrá hacerlo mediante una autorización automática. En caso de que supere esos valores, pero la colocación esté dirigida de forma exclusiva a inversores calificados, la autorización también será libre y automática. Si supera el umbral, pero quiere que también esté dirigida para los inversores minoristas, se tendrá que hacer el trámite de aprobación previa.
La onda expansiva de la desregulación también llegará hasta la industria de los fideicomisos financieros. A través de la Resolución General 1133, la CNV replicó la misma lógica y dispuso un Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática para los Valores Negociables Fiduciarios de Mediano Impacto Ampliado.
Con esto, la categoría de Mediano Impacto sube. Además, el régimen de autorización automática también aplicará para los emisores frecuentes, considerados a partir de ahora como aquellos que hayan emitido cinco fideicomisos financieros en su historia y dos de ellos en el año.
El universo de los Fondos Comunes de Inversión (FCI) también quedó incluido en la simplificación normativa. Las Resoluciones Generales 1134 y 1135 determinan que, a partir de ahora, todos los trámites de constitución y modificación de los FCI Abiertos contarán con autorización automática. En el caso de los FCI Cerrados, incluidos los del sector inmobiliario, se habilitó un esquema similar de vía rápida para aquellos vehículos destinados a inversores calificados o cuyo monto de emisión no supere un límite de 100 millones de UVA.
“Proponemos una desregulación muy profunda en las áreas de Emisoras, FFs y FCIs, transformando una gran parte de los procedimientos de autorización previa en esquemas de autorización automática de oferta pública”, agregó Silva.
Con esto, una compañía podrá lanzar una obligación negociable según el momento del mercado, sin tener que esperar entre dos y cuatro meses que demoraba el trámite en la CNV. En la práctica, esto generaba que incluso haya emisores que pidieran la autorización “por las dudas”, lo que generaba cuellos de botella.
En la CNV insisten en que con esta medida no se desprotege a los inversores. Al eliminarse la red de contención que significaba la revisión previa los emisores, los estudios jurídicos y los agentes colocadores tendrán que ser cuidadosos en no cometer errores con los prospectos.
En caso de que el prospecto de la emisión esté mal hecha, la empresa podría tener un riesgo administrativo (sumario por parte del organismo), riesgo civil (juicio por parte de un inversor por haber tenido pérdidas) o riesgo penal (en caso de una situación dolosa).