Tras leer el artículo de Jorge Errecalde, presidente de la Academia de Agronomía y Veterinaria, referido al llamado de atención en cuidar las regulaciones farmacéuticas, vuelvo a este tema. Hay mucha incertidumbre respecto a la firma de la resolución complementaria que emitiría el Senasa en estos próximos días respecto con la importación de productos veterinarios. Sería muy bueno que, a través de la misma, el Senasa pueda corregir los riesgos que provocarían las resoluciones 333/25 y 338/25, respectivamente.
Si se debilita el sistema de registro de productos veterinarios, podemos tener en circulación productos ineficaces o inseguros, lo que pone en riesgo no sólo la salud de los animales, sino también la salud pública. Las zoonosis, como la rabia, la brucelosis, entre muchas otras, requieren controles estrictos. Un producto mal evaluado podría comprometer años de trabajo en erradicación o control.
Entre los efectos concretos que tendría la Argentina al permitir el ingreso de productos sin reevaluación local y que implicaría distintos riesgos con potencial impacto sanitario serían:
Respecto a las exportaciones, existiría un riesgo latente de que podría comprometer las exportaciones de nuestras carnes. Las diferencias entre los Límites Máximos de Residuos (LMR) establecidos por distintas autoridades pueden tener impactos regulatorios, comerciales y sanitarios significativos, especialmente en esquemas de registro por equivalencia, como los contemplados por Senasa de la Argentina.
Las autoridades regulatorias de los diferentes países o regiones —por ejemplo, la UE (EMA), EE.UU. (FDA), Brasil (MAPA) o Argentina (Senasa) — pueden establecer diferentes valores de LMR para el mismo principio activo, e incluso diferir en:
Aceptar un producto con LMR establecidos por otra autoridad, sin la debida validación técnica y análisis de riesgo, puede poner en riesgo la salud pública y comprometer las exportaciones agroalimentarias, dado que Argentina es un país exportador relevante y debe garantizar el cumplimiento de los estándares internacionales.
Las diferencias en los LMR entre países deben ser consideradas de forma prioritaria en los procesos de registro de productos veterinarios, especialmente en los registros por equivalencia, de modo de asegurar que los productos aprobados en la Argentina cumplan con estándares adecuados de inocuidad, y no comprometan ni la salud del consumidor ni las exportaciones de productos de origen animal.
Ojalá en esta oportunidad, y a la hora de firmar la resolución complementaria, se tomen en cuenta las opiniones de los técnicos de Senasa, tanto del laboratorio como de Sanidad Animal, quienes seguramente estén analizando todas estas situaciones y riesgos con vasta experiencia en la materia. Y ojalá el Gobierno escuche las observaciones, y deje de escuchar a quienes seguramente están mal asesorando en este tema, el INTA e INASE, y no comentan errores que luego sería difícil remontar.
El autor fue vicepresidente del Senasa