En un nuevo intento por ordenar y transparentar el mercado inmobiliario, el Registro de la Propiedad Inmueble (PIR) de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) publicó la Disposición 10/25, que reglamenta el procedimiento para dar de alta un proyecto constructivo. Es decir, “el propietario que quiera someter un proyecto constructivo o un proyecto futuro al régimen del decreto tiene que venir al registro a darlo de alta”, aclara Bernardo Mihura de Estrada, director del Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) de la Capital Federal dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación. Es la primera jurisdicción de Argentina que lo reglamenta.
Esta norma surge a menos de una semana después de que el Gobierno reglamentase la implementación de las hipotecas divisibles, luego de ocho meses de que saliera el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1017/2024, y constituye un paso fundamental para la implementación de las hipotecas divisibles, un esquema de créditos para la compra de propiedades en pozo…
Read more